Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2005 (31/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 2005

pondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 13308 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 348-2005-EF/10 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio Nº 1140-2005-PP-EF/16 del Procurador Adjunto, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de queja, contra el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA -SAT-, por vicios en el procedimiento de cobranza coactiva relacionado con los Arbitrios Municipales de los anos 1999 a 2003, respecto del inmueble sito en Av. MORDAZA Nº 935, Cercado de Lima; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 062285-2004 del 25 de agosto de 2004, se solicito al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que, en un plazo no mayor de diez dias habiles, remitiese un informe sobre lo siguiente: a) si la deuda que tiene el quejoso por concepto de arbitrios municipales de los anos 1999 a 2003 se encuentra en cobranza coactiva; b) el estado de los recursos de reclamacion interpuestos por el quejoso; y , c) si se ha imputado a alguna deuda los pagos por consignacion efectuados por el quejoso a los cuales hace referencia en su queja y en todo caso, cual es el estado de los escritos que presento por tales conceptos, ordenandose la suspension temporal del procedimiento de cobranza coactiva; Que, dado que la Administracion no cumplio con lo solicitado en la resolucion mencionada en el parrafo precedente, se emitio la Resolucion Nº 08026-5-2004 del 20 de octubre de 2004, requiriendosele por MORDAZA y MORDAZA vez que remitiera lo solicitado en un plazo de diez (10) dias habiles, manteniendo la suspension temporal del procedimiento, bajo apercibimiento de formular denuncia penal; Que, no obstante los referidos requerimientos de informacion, y habiendo transcurrido en exceso el plazo dispuesto en la citada resolucion, la Administracion no cumplio con enviar lo solicitado, por lo que se dicto la Resolucion Nº 09244-5-2004 del 25 de noviembre de 2004, declarandose Fundada la queja interpuesta en el extremo referido al procedimiento de cobranza coactiva iniciado contra el quejoso, debiendo dejarse sin efecto este y levantarse las medidas cautelares que se hubieren trabado en su contra e Improcedente en lo demas que contiene, y, se ordeno remitir MORDAZA de dicha resolucion al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para sus efectos, dado el reiterado incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fiscal; Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; Que, el incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en

los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias; Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del MORDAZA penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil; Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de la comision de los delitos contra la Administracion Publica - Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 13309 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 349-2005-EF/10 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio Nº 1143-2005-PP-EF/16 del Procurador Adjunto, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA Rodillo interpuso recurso de queja, contra el Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA -SAT-, por vicios en el procedimiento de cobranza coactiva relacionado con los Arbitrios Municipales de los anos 1999 a 2003, respecto del inmueble sito en MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Nº 720, Cercado de Lima; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 056665-2004 del 11 de agosto de 2004, reiterada mediante Resolucion Nº 08027-5-2004 del 20 de octubre de 2004, el Tribunal Fiscal requirio al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que, en un plazo no mayor de diez dias habiles, remitiese un informe sobre lo siguiente: a) si la deuda que tiene el quejoso por concepto de arbitrios municipales de los anos 1999 a 2003 se encuentra en cobranza coactiva; b) el estado de los recursos de reclamacion interpuestos por el quejoso; c) si se ha imputado a alguna deuda los pagos por consignacion efectuados por el quejoso a los cuales hace referencia en su queja y en todo caso, cual es el estado de los escritos que presento por tales conceptos, ordenandose la suspension del procedimiento de cobranza coactiva iniciado por los arbitrios de los cuatro trimestres de los anos 1999, 2000, 2002 y del

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