Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2005 (20/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 20 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Vistos, los Informes Nºs. 335-2005-EF/43.50 y 20652005-EF/60 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion del supuesto de servicios personalisimos previsto en el inciso f) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; CONSIDERANDO: Que, segun el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, asimismo, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas, se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, los Gobiernos del Peru y de los Estados Unidos de Norteamerica se encuentran actualmente negociando un Tratado de Libre Comercio ­ TLC, en forma conjunta con los gobiernos de Ecuador y Colombia, teniendo a Bolivia en calidad de observador; Que, en el transcurso de tales negociaciones, el Representante Comercial de los Estados Unidos de Norteamerica (USTR), se ha pronunciado en diversas oportunidades sobre la necesidad que se respete los principios del debido MORDAZA en la solucion de las controversias existentes entre el Estado Peruano y algunas empresas privadas de capitales norteamericanos; asimismo, un numero importante de Congresistas muy influyentes de dicho MORDAZA ha asumido una posicion de apoyo a las quejas de dichas empresas, manifestando su abierta oposicion a los intereses comerciales del Peru, lo que MORDAZA considerablemente la posibilidad de que el TLC Peru Estados Unidos sea aprobado por el Congreso norteamericano; Que, con el objeto de contrarrestar tales posiciones, mediante Resolucion Ministerial Nº 316-2005-EF/43 el Ministerio de Economia y Finanzas autorizo la contratacion de Lex Asesores S.A.C. como servicios personalisimos suscribiendose el contrato, con fecha 18 de MORDAZA de 2005, para la prestacion de los servicios de coordinacion nacional para la evaluacion y tratamiento bilateral de las controversias en el MORDAZA de la revision de beneficios de la ATPDEA y negociacion del TLC con Estados Unidos de MORDAZA, por un periodo de tres (3) meses; Que, por Nota Nº 156-2005-EF/10-GA, de fecha 09 de noviembre de 2005, el Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de Economia y Finanzas, manifesto que la contratacion de Lex Asesores S.A.C. ha sido sumamente beneficiosa para apoyar en la resolucion de las controversias surgidas con empresas americanas, con el objeto de coadyuvar a la suscripcion del Tratado de Libre Comercio entre los Gobiernos del Peru y de los Estados Unidos de MORDAZA, habiendose logrado concluir, entre otros, el caso de Luz del Sur, y que atendiendo a la importancia de las negociaciones del TLC consideradas dentro de la politica general del gobierno, a la necesidad de garantizar que las mismas se realicen de la manera mas conveniente para el Peru, a los optimos resultados obtenidos en la labor realizada por Lex Asesores S.A.C resulta indispensable seguir contando con dichos servicios por el periodo de cuatro (4) meses, que incluye la obligacion para que el propio Dr. MORDAZA MORDAZA Loret de Mola Bohme preste de modo directo los servicios objeto de dicha contratacion; Que, mediante Nota Nº 008-2005-EF/10 de fecha 9 de noviembre de 2005 el senor Ministro de Economia y Finanzas, solicito nuevamente la contratacion de Lex Asesores S.A.C., quien prestara el servicio indicado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, de conformidad con lo senalado en la Nota Nº 156-2005-EF/ 10-GA del Jefe de Gabinete de Asesores; Que, el Estudio Lex Asesores S.A.C. cuenta con un equipo de profesionales para brindar un servicio integral de asesoramiento y MORDAZA al Ministerio de Economia y Finanzas, siendo el socio ejecutivo principal el Dr. MORDAZA MORDAZA Loret de Mola Bohme, abogado con estudios de Maestria en Derecho Empresarial, amplia experiencia en la actividad publica peruana, Congresista de la Republica, Presidente de COFIDE, Ministro de Estado, Representante

del Peru ante la Comision de Arbitraje de la Camara de Comercio Internacional en MORDAZA, Asociado Internacional de North American Institutional Brokers (NAIB), Miembro del Instituto Peruano de Derecho Mercantil, entre otros; Que, las caracteristicas particulares asi como la trayectoria profesional del Dr. MORDAZA MORDAZA Loret de Mola Bohme, los resultados positivos obtenidos en la labor realizada por el Estudio Lex Asesores S.A.C., en el apoyo de la solucion de controversias con las empresas norteamericanas, llevado a cabo en merito a los contratos celebrados con el MINCETUR y el Ministerio de Economia y Finanzas, hacen viable la contratacion de dicho Estudio mediante la causal de servicio personalisimo, ya que cumple de manera objetiva con las caracteristicas y experiencia profesionales necesarias para la atencion de servicio solicitado por Despacho Ministerial; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion, mediante Memorando Nº 14342005-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la mencionada contratacion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 685-2005-EF/ 43.01 del 11 de noviembre de 2005 se incluyo en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economia y Finanzas para el Ejercicio Fiscal 2005, el MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion de los servicios indicados, al MORDAZA del requerimiento del Despacho Ministerial; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar los Servicios de Coordinacion Nacional para la evaluacion y tratamiento Bilateral de las Controversias iniciadas por empresas estadounidenses ante autoridades peruanas, consultadas al Gobierno del Peru por el Representante Comercial de los Estados Unidos de Norteamerica (USTR) en el MORDAZA de la revision de los beneficios de la Ley de Promocion Comercial MORDAZA y Erradicacion de las Drogas ­ ATPDEA, asi como de la negociacion del TLC Peru ­ Estados Unidos, como servicios personalisimos, de conformidad con el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economia y Finanzas del Concurso Publico para la contratacion de los servicios indicados en articulo 1º de la presente resolucion y autorizar su contratacion con el Estudio Lex Asesores S.A.C. Articulo 3º.- La contratacion a la que se refieren los articulos precedentes sera por un periodo de cuatro (4) meses y por el importe de S/. 290 883.00 (Doscientos Noventa Mil Ochocientos Ochenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles), incluyendo el Impuesto General a las Ventas y los gastos de representacion, cuando corresponda, con cargo al Presupuesto del Pliego 009 Ministerio de Economia y Finanzas. La realizacion de las acciones inmediatas correspondientes estara a cargo de un Comite Especial que seguira el procedimiento dispuesto por el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial asi como los Informes Nºs. 335-2005-EF/43.50 y 2065-2005-EF/60 de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, seran remitidos a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Disponer, que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion remita la informacion de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 19753

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