Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2005 (20/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, MORDAZA 20 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Ley Nº 28382 se amplio hasta S/. 50'000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Linea de Credito se destinaran para realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico, brindar una respuesta oportuna a la poblacion, ejecutar acciones de rehabilitacion de la infraestructura publica para recuperar los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperacion de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, los recursos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno" provenientes de la Linea de Credito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para la incorporacion de los recursos a que se refiere la Ley Nº 28382, Ley que amplia el monto de la linea de credito otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI", aprobada por Resolucion Ministerial Nº 510-2005EF/10, senala que los recursos provenientes de la mencionada linea de credito podran financiar gastos temporales de emergencia que no MORDAZA destinados a proyectos y que tengan por finalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico y brindar una respuesta oportuna a la poblacion y cuenten con el Informe de Evaluacion de Danos correspondiente, aprobado por el INDECI, para lo cual el INDECI debe cumplir con presentar un Informe Tecnico a la Direccion General sustentando la necesidad de financiar estos gastos con recursos provenientes de la linea de credito, recibido el Informe Tecnico favorable del INDECI, la DGPM propone la incorporacion de los recursos; Que, como consecuencia del sismo ocurrido con fecha 25.SET.2005 en el nororiente del MORDAZA se produjo, entre otros, la destruccion y deterioro de viviendas y de parte de la infraestructura de servicios publicos, ocasionando graves perjuicios a la poblacion, siendo afectadas, entre otras zonas, las provincias de Lamas, San MORDAZA, El MORDAZA, Moyabamba, Huallaga, Picota, Mariscal MORDAZA, Bellavista, Tocache y MORDAZA del departamento de San Martin; Que, mediante Oficio Nº 1541-P/E-4 b./23.15 del 18.OCT.2005, el Cuartel General del Ejercito remite la Ficha Tecnica para la ejecucion de actividades de demolicion, limpieza y remocion de escombros en las provincias de Lamas, San MORDAZA, El MORDAZA, Moyabamba, Picota, Bellavista y MORDAZA del departamento de San MORDAZA, como consecuencia del sismo producido en dicho departamento, por un monto de S/. 1' 531, 688. 10; Que, mediante Oficio Nº 8877-2005-INDECI/4.0 del 28.OCT.2005, se remitio a la DGPM el Informe Tecnico Nº 001-2005-DNPE-JAL del 28.OCT.2005 emitido por la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI donde se concluye que resulta necesario desarrollar la actividad "Demolicion, Limpieza y Remocion de Escombros" detallada en la Ficha Tecnica elaborada por el Cuartel General del Ejercito por corresponder a un gasto temporal de emergencia no destinado a proyecto que permite brindar una respuesta oportuna al evento sismico que afecto principalmente la region San MORDAZA, por lo que se solicito la incorporacion de los recursos correspondientes de la mencionada linea de credito; Que, mediante Decreto Supremo Nº 147-2005-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 148-2005-EF, se incorporo via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Pliego 006 INDECI, la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1' 531, 689.00), correspondiente a la Fuente

de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno, provenientes del credito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Linea de Credito; Que, mediante Ley Nº 28500 de fecha 26.ABR.2005, se modifico el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referido a las Transferencias Financieras entre entidades del Sector Publico, senalandose que son consideradas tambien transferencias financieras las que realizan, entre otros, el INDECI, el cual en el MORDAZA de sus funciones y fines establecidos por su MORDAZA de creacion o regulacion, transfiere fondos publicos a otras entidades del Sector P u b lic o , a p r o b a n d o la s r e fe r id a s tr a n s fe r e n c ia s financieras mediante Resolucion del Titular del Pliego, que seran obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Que, asimismo se senala que estas transferencias seran financiadas, entre otros, con cargo a los recursos incorporados conforme a lo que senala la Ley Anual de Equilibrio Financiero del Sector Publico, por lo que habiendose incorporado mediante Decreto Supremo Nº 147-2005-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 1482005-EF, recursos suficientes de la Linea de Credito, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos provenientes del credito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, hasta por el monto de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OC H EN TA Y N U EVE Y 0 0 /1 0 0 N U EVO S SO L ES (S/. 1' 531, 689.00), para la ejecucion de la actividad senalada en el Anexo 01 adjunto; Con las visaciones de las Oficinas de Asesoria Juridica, Planificacion y Presupuesto y Administracion y Direccion Nacional de Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 28562, Ley Nº 28500, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Ley 28426 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Ley Nº 28382, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE Articulo Primero.- Aprobar, por las razones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos provenientes del credito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nacion a favor del INDECI, hasta por un monto de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1' 531, 689.00) para la ejecucion de la Actividad senalada en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La Oficina de Administracion del INDECI, MORDAZA cumplimiento a lo establecido en la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales la coordinacion correspondiente para la suscripcion del respectivo Convenio o Adenda respectiva entre el INDECI y el Ministerio de Defensa para el control, seguimiento y monitoreo de ejecucion y cumplimiento de metas fisicas, conforme a la normatividad vigente. Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General registre la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial El Peruano y remita MORDAZA autenticada por Fedatario al Ministerio de Defensa, las Oficinas de Asesoria Juridica, Planificacion y Presupuesto y Administracion y Direccion Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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