Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2005 (20/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 20 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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funciones que corresponde a un agente de ventas generales. Articulo Segundo.- POLAR AIR CARGO, INC. podra emitir documentos de transporte en el territorio peruano, tales como cartas de porte aereo, asegurando al usuario el beneficio de la aplicacion de la ley y la jurisdiccion peruana en caso de reclamacion en el transporte aereo internacional. Articulo Tercero.- En relacion al Peru, en los casos que POLAR AIR CARGO, INC. realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, codigo compartido, o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este articulo sera evaluado en la forma que establece el articulo 197º del Reglamento de la Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 17451

Resolucion a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano hasta el 20 de diciembre del 2005, fecha de vencimiento del Per miso de Vuelo Internacional Nº 1104/2005 otorgado a COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM. Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la explotacion por parte de COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire entre AMSTERDAM - BONAIRE - MORDAZA y vv. y, por parte de la ALITALIA, LINEE AEREE ITALIANE S.P.A la comercializacion de la ruta AMSTERDAM - BONAIRE - MORDAZA y vv. 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores deberan hacer mencion expresa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM como de ALITALIA, LINEE AEREE ITALIANE S.P.A, asi como a las demas disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Articulo Quinto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda o se revoque el respectivo Permiso de vuelo. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GALLOSO Director General de Aeronautica Civil (e) 18963

Autorizan el Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre la Compania Real Holandesa de Aviacion - KLM y ALITALIA, Linee Aeree Italiane S.P .A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 193-2005-MTC/12
MORDAZA, 27 de octubre del 2005 Vista, la solicitud de COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM sobre la aprobacion del Acuerdo de Codigo Compartido para el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo suscrito con ALITALIA, LINEE AEREE ITALIANE S.P.A.; CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro N° 2004-016874 del 1 de octubre de 2004, COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM solicito la aprobacion de las operaciones bajo la modalidad de Codigo Compartido para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta AMSTERDAM BONAIRE - MORDAZA y vv. segun Acuerdo suscrito con ALITALIA, LINEE AEREE ITALIANE S.P.A ; Que, COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION KLM esta autorizada mediante Per miso de Vuelo Internacional Nº 1104/2005 para realizar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo en la ruta AMSTERDAM- BONAIRE Y/O ARUBA MORDAZA Y VV, hasta el 20 de diciembre del 2005; Que, la Autoridad Aeronautica de los Paises Bajos ha autorizado mediante Carta del 14 de septiembre del 2004 el Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM y ALITALIA, LINEE AEREE ITALIANE S.P.A; Que, ALITALIA, LINEE AEREE ITALIANE S.P.A ha sido autorizada por la Autoridad Aeronautica de Italia mediante Carta del 8 de octubre del 2004, para efectuar operaciones bajo la modalidad de Codigo Compartido con COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; y, con la opinion favorable de las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre la COMPANIA REAL HOLANDESA DE AVIACION - KLM y ALITALIA, LINEE AEREE ITALIANE S.P.A para prestar el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta AMSTERDAM - BONAIRE - MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales, entrando en vigencia la presente

Otorgan a Empresa de Transportes MORDAZA S.R.Ltda. concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta Cerro de Pasco Tarma
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4643-2005-MTC/15
MORDAZA, 27 de setiembre de 2005 VISTOS: los expedientes de registros Nºs. 2005011178, 2005-011178-A, 2005-011178-B, 2005-011178C y 2005-011178-D, organizados por la EMPRESA DE TRANSPORTES MORDAZA S.R.LTDA., sobre otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Cerro de Pasco - Tarma y viceversa, el Informe Nº 4953-2005-MTC/ 15.02.2 y el Memorandum Nº 2907-2005-MTC/15.02, elaborados por la Subdireccion de Autorizaciones y por la Direccion de Registros y Autorizaciones.

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