Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2005 (21/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

Requisitos Derechos de Tramite (Nota 2) Sil. Adm. Positivo Sil. Adm. Negativo Automatico Evaluacion Previa

Calificacion

Recurso de Reconsideracion

Formales (Nota 1)

Dependencia donde se inicia el procedimiento

Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion

Recurso de Apelacion y/o Adhesion a la Apelacion

Autoridad que resuelve la Apelacion

7.Registro de obras artisticas y obras de arte aplicado (pinturas, canciones, fotografias, planos, juegos, lemas, grabados, litografias, coreografias, artesanias, esculturas, dibujos, etc.)
5% UIT X (Nota 4) Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

MORDAZA, lunes 21 de noviembre de 2005

1. Llenar el formato F-ODA-04, consignando la siguiente informacion: - El nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera anonima en cuyo caso se consignara en el formato tal circunstancia - El titulo de la obra, si esta es inedita o publicada. - El MORDAZA de obra artistica. - Datos del solicitante, numero de RUC -de ser el caso-, y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido 2. Dibujos y fotografias que permitan apreciar en forma MORDAZA la obra a registrar, salvo que la misma fuera publicada en cuyo caso se presentara en el soporte reproducido para su posterior distribucion 3. De ser el caso: a. Memoria descriptiva que versara sobre las caracteristicas de la obra que no puedan apreciarse de manera MORDAZA en la fotografia o dibujo. b. De registrarse un juego, el reglamento de juego c. De registrarse una obra musical, se acompanara la partitura, indicando la linea melodica y las sucesiones armonicas que la sustente o un cassette en el cual se MORDAZA grabado unicamente la obra a registrar. d. De registrarse una obra musical con letra, el texto de la letra en el soporte deseado e. La cesion de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito o la declaracion jurada de contar con el mencionado documento. f. El contrato de trabajo o contrato de obra, los cuales salvo pacto en contrario se regiran por lo establecido en el articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 822 o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento g. En el caso de ser una obra derivada, se precisara el titulo de la obra originaria y se presentara la autorizacion del autor a fin de modificar la misma o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. h. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante i. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) j. En el caso de documentos elaborados en idioma extranjero, deberan estar traducidos al espanol (nota 11)

NORMAS LEGALES

Base Legal: Decreto Ley 25868, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi Art 37º publicado el 24 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor Art. 5º literales d) f) g) h) i) (publicada el 24 de MORDAZA de 1996) Reglamento de Registro Nacional del Derecho de Autor y Derechos Conexos Res. Nº 0276-2003/ODA-INDECOPI (publicado el 31 de diciembre del 2003)

8. Registro de presentaciones de artistas interpretes y ejecutantes (actores, artistas circenses, cantantes, danzarines, bailarines, declamadores, dobladores, imitadores, toreros, magos, mentalista, mimos, modelos, musicos, parodistas, picadores, recitadores, titiriteros o marionetistas, ventrilocuos, etc.)
5% UIT X (Nota 4) Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

1. Llenar el formato F-ODA-09, consignando la siguiente informacion: - El nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del o de los artistas interpretes o ejecutantes - El titulo del o las interpretaciones o ejecuciones, especificar si es inedita o publicada - El MORDAZA de formato en el cual se presenta - Datos del solicitante, numero de RUC -de ser el caso-, y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido 2. Un Ejemplar conteniendo las fijaciones de las interpretaciones o ejecuciones. 3. De ser el caso: a. La cesion de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito o la declaracion jurada de contar con el mencionado documento. b. La autorizacion por parte de los autores, productor fonografico y otros artistas interpretes y ejecutantes, que intervinieron en la(s) fijacione(s) c. MORDAZA de los Documentos que acrediten la existencia de la persona juridica. d. Los poderes que fueren necesarios (Nota 3) e. En el caso de documentos elaborados en idioma extranjero, deberan estar traducidos al espanol (nota 11)

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