Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2005 (19/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 19 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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Resolucion Ministerial Nº 0608-2005-ED, publicada en nuestra edicion del dia 7 de octubre de 2005. En el Tercer Considerando: DICE: Que en merito de la propuesta formulada por la Comision Organizadora del Colegio de Profesores del Peru, ...; DEBE DECIR: Que en merito a la propuesta formulada por el Comite Electoral Nacional, ...; En el MORDAZA Considerando: DICE: ... en el Decreto Supremo Nº 018-2005-ED, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 8 de octubre del 2004, ...; DEBE DECIR: ... en el Decreto Supremo Nº 018-2005-ED, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de octubre del 2005, ...; 17709

Modifican articulo del Reglamento del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru - FOSPOLI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2212-2005-IN/PNP
MORDAZA, 16 de octubre de 2005 Visto, el Informe Defensorial Nº 036 del 4 de MORDAZA de 2005, el Oficio Nº 1198-2005-DIRSAL-PNP/EM e Informe Nº 47-2005-DIRSAL-PNP/EM del 6 de octubre de 2005, mediante los cuales el Defensor del Policia y el Director de Salud de la Policia Nacional recomiendan modificar el articulo 60º del Reglamento del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru - FOSPOLI aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 431-97-IN/PNP, a fin que se adquieran permanentemente las protesis a favor de las personas con discapacidad a cargo de la Policia Nacional a traves de dicho Fondo; CONSIDERANDO: Que, el articulo 50º de la Ley de la Policia Nacional del Peru, reconoce el tratamiento y la asistencia medica por cuenta del Estado hasta su total recuperacion a la familia policial; Que, el Decreto Supremo Nº 015-B-87-IN que creo el Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru -FOSPOLI, se fundamento en garantizar la atencion integral de los miembros de la familia policial, para que se cubra, entre otros, los riesgos de adquirir invalidez (ahora discapacidad) y accidentes; sin embargo su Reglamento senala que el FOSPOLI no cubre los servicios y prestaciones de protesis externas; Que, el articulo 18º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad dispone que los servicios de medicina y rehabilitacion fisica de la Policia Nacional, proporcionen directamente los requerimientos compensatorios a las personas con discapacidad, signandose para este efecto como requerimientos compensatorios las protesis externas; Que, existiendo un MORDAZA legal autoritativo para el otorgamiento de protesis, es necesario autorizar al FOSPOLI adquirir dichos requerimientos compensatorios de manera permanente a favor de las personas con discapacidad a cargo de la Policia Nacional del Peru; Estando a lo propuesto por el Defensor del Policia y el Director de Salud de la Policia Nacional; La visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con el TUO del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior; aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN y el Decreto Supremo Nº 015-B-87 -IN que creo el Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el articulo 60º del Reglamento del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru FOSPOLI, autorizandose a dicho Fondo a adquirir de manera permanente, protesis externas de extremidades y protesis oculares para las personas con discapacidad a cargo de la Policia Nacional del Peru. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora de la Direccion de Salud PNP, en un plazo no mayor de cinco dias, despues de publicada de la presente Resolucion Ministerial, debera remitir al FOSPOLI los expedientes administrativos de las personas con discapacidad que se encuentran en espera de ser atendidos. Articulo 3º.- Para todos los casos, la persona debera acreditar su discapacidad y requerimiento mediante el Certificado de Discapacidad y la opinion de la Junta Medica correspondiente. Articulo 4º.- La Direccion General de la Policia Nacional dispondra las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Dejese sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 17770

INTERIOR
Aceptan renuncia de Director de la Oficina de Telecomunicaciones e Informatica de la Direccion General de Gobierno Interior
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2209-2005-IN-1501
MORDAZA, 14 de octubre del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0418-2004-IN1501 del 6 de febrero del 2004, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo II, Categoria F-3, Director de la Oficina de Telecomunicaciones e Informatica de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia irrevocable al cargo publico MORDAZA indicado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprueba el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo II, Categoria F-3, Director de la Oficina de Telecomunicaciones e Informatica de la Direccion General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, a partir del 28 de setiembre del 2005 dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 17699

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