Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2005 (19/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de octubre de 2005

Notas Aclaratorias de cada Numeral del Cuadro E1: ESTRUCTURA DE COSTOS Apoyo y/o Reemplazos: Se requiere de personal que presta seguridad al cobrador para evitar que fuese agredido y/o rodado por delincuentes, lavadores de carros informales, u otros, que pudieran hacer peligrar el dinero recaudado, asi mismo, al faltar algun cobrador prestan apoyo de reemplazo. Controladores: Encargados de controlar se respeten los horarios establecidos y verificar que los parqueadores tengan buen trato con los usuarios, asi mismo, al faltar algun cobrador prestan apoyo de remplazo. Se estan considerando letreros en las calles asignadas en cada una de las esquinas y en espacios adicionales para delimitar el parqueo Se han incorporado los gastos en tablillas y silbatos, considerando que los parqueadores, vigilantes y controladores deberan llevar de manera permanente Lapiceros: al incorporar tablillas, estamos destinando lapiceros para control del servicio, con un promedio de 29 lapiceros por 8 veces de recambio, total al ano 232 lapiceros Se pintaran los 400 espacios 06 veces al ano lo que costara S/. 11,662.00 cada vez. S/. 11,662.00 Incluido IGV X 06 veces al ano que se pintaran los 400 espacios S/. 69,972.00 se invierte para habilitacion de espacios de estacionamiento vehicular segun anexos rehabilitacion de berma lateral o`higgin c-8 s/. 46,000.65 rehabilitacion de berma lateral Pq MORDAZA S/. 50,669.50 rehabilitacion de berma lateral MORDAZA NN-1 S/. 66,316.68 rehabilitacion de berma lateral MORDAZA y MORDAZA (Ex Cueva) S/. 37,735.87 rehabilitacion de Jr. MORDAZA Ugarteche C-01 (ex Callao) S/. 36,164.72 total S/. 236,887.42 Se refiere al supervisor que se encuentra en la oficina de la sede central, encargado de supervisar el trabajo de controladores y dar lineamientos de trabajo administrativo en general Se ha considerado el 25% de dedicacion del total al parqueo vehicular en lo que se refiere a los costos fijos como agua, energia electrica, telefonos fijos y movil, equipo de computo y depreciacion de inmuebles, ya que en la sede del parqueo vehicular funcionan otras oficinas como serenazgo, policia municipal y defensa civil La gasolina se asigna a las motocicletas que se utiliza para el control del parqueo, correspondiendo S/. 10.00 por moto diario en gasolina, considerando 3 motos en uso diario S/. 10.00 X 3 motos = S/. 30.00 diario c/moto X 6 dias X 52 Semanas en el ano = S/. 9,360.00 Se ha considerado un promedio de 1,123 millares de ticket de S/.0.50 por cada media hora de parqueo, y que representan los ingresos esperados obtener en los 400 estacionamientos Adquisicion de 3 motos netamente para el servicio de supervision del parqueo vehicular S/. 7,730.70 x 0.25 (Depreciacion anual) = S/. 1,932.68 X 03 motos = S/. 5,798.03 AL ANO Las evaluaciones psicologicas son como se detalla a continuacion: Parqueadores 22 X S/. 15.00 = S/. 330.00 X 4 (cada Trimestre) = S/. 1,320.00 Controladores 03 X S/. 15.00 = S/. 45.00 X 2 (cada Semestre) = S/. 90.00 Personal de Apoyo 04 X S/. 15.00 = S/. 60.00 X 2 (cada Semestre) = S/. 120.00 Total al ano S/. 1,530.00 17730

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MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Establecen disposiciones administrativas para el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 0053-2004PI-TC
ORDENANZA Nº 070-MDPH
Punta MORDAZA, 13 de octubre del 2005 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Punta MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, de conformidad con la Sentencia recaida en el Expediente Nº 0053-2004-PI/TC publicada el 17 de agosto del ano 2005 en el Diario Oficial El Peruano, la cual declara que las reglas vinculantes y de observancia obligatoria contenidas en la sentencia asi como el fallo respecto a la no retroactividad en los efectos de la

sentencia vinculan a todas las municipalidades del MORDAZA, bajo sancion de nulidad de sus Ordenanzas; de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 37º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º numeral 8) y Articulo, 40º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, y estando a los Informes Nº 218-05-OR-MDPH de la Jefatura de Rentas y el Informe Nº 225-2005-JOAJ-MDPH de la Jefatura de Asuntos Juridicos, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion de la presente Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECE DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECAIDA EN EL EXPEDIENTE Nº 0053-2004-PI-TC Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA La presente Ordenanza establece las disposiciones de caracter administrativo para efectos del cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 0053-2004-PI/TC relativa al MORDAZA de inconstitucionalidad de Ordenanzas Municipales presentada por la Defensoria del Pueblo contra la Municipalidad de Miraflores y que, por mandato de la propia sentencia, sus reglas vinculantes y de observancia obligatoria contenidas en la misma, asi como el fallo respecto a la no retroactividad en los efectos de la sentencia vinculan a todas las municipalidades del MORDAZA, bajo sancion de nulidad de sus Ordenanzas.

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