Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2006 (18/01/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

Pag. 310480

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de enero de 2006

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO
Crean la Comision Ambiental Municipal Provincial de Huancayo
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Huancayo, mediante Oficio Nº 008-2005-MPH-A recibido el 17 de enero de 2006) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 215-MPH/CM EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE HUANCAYO VISTO: El Dictamen Nº 08-2004-MPH-GSMA, relacionado al proyecto de "Creacion de la Comision Ambiental Local Provincial de Huancayo", presentado en la XXIII sesion ordinaria del 10/12/2004; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 25º numeral 25.1 de la Ley MORDAZA que crea el Sistema Nacional de Gestion Ambiental Nº 28245, establece que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestion ambiental, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal, promover el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado y articular sus politicas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM; Que, es necesario crear la Comision Ambiental Municipal Provincial de Huancayo para coordinar y concertar acciones entre los organos de gobierno local, regional y nacional, las instituciones privadas y la sociedad civil de la provincia, elaborar y coordinar el plan de Accion Ambiental (de largo plazo) y la Agenda Ambiental Provincial (de corto plazo). Elaborar propuestas de politica y Sistema de Gestion Ambiental Local, elaborar los instrumentos de gestion ambiental necesarios, entre otras funciones; Que, la creacion de la Comision Ambiental Municipal Provincial de Huancayo esta amparado en los articulos 9º inciso 7) articulo 20º inciso 13), articulo 40º, 46º y 73º inciso d), 80º inciso 1.2) de la nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; De conformidad al articulo 25º, numeral 25.2 de la Ley Nº 28245 que establece los requisitos de creacion de la Comision Ambiental Municipal y de lo establecido en el articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el pleno de concejo municipal, con el MORDAZA de todos los registros presentes, aprobo la siguiente: ORDENANZA DISPOSICIONES GENERALES Que los Gobiernos Locales requieren de un organo MORDAZA y multisectorial que le permite proponer, coordinar y concertar politicas, lineamientos y estrategias de gestion ambiental por la provincia de Huancayo, el mismo que coadyuvara al desarrollo transversal: economico, turistico, MORDAZA y socio cultural de la provincia. Articulo 1º.- CREAR la Comision Ambiental Municipal Provincial de Huancayo, como organo de coordinacion y concertacion de la politica y gestion ambiental en el ambito de la Provincial de Huancayo, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los actores locales de la Provincia. Articulo 2º.- La Comision Ambiental Municipal provincia de Huancayo tiene las siguientes funciones: a. Ser la instancia de concertacion de la politica ambiental local en coordinacion con los gobiernos locales para la implementacion del Sistema Provincial de Gestion Ambiental.

b. Construir participativamente el Plan de Accion Ambiental (de largo plazo) y la Agenda Ambiental Local (de corto plazo) que seran aprobados por el gobierno local competente. c. Lograr compromisos concretos (economicos, humanos, de gestion) de las instituciones y sectores integrantes y en base a una vision compartida. d. Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de las politicas ambientales. e. Intermediar y hasta resolver conflictos ambientales dentro del ambito de la provincia. f. Participar y representar a los actores de la provincia en la gestion ambiental provincial y regional. g. Promover diversos mecanismos de participacion de la sociedad civil en la gestion ambiental. Articulo 3º.- Las Instituciones que integran la Comision Ambiental Municipal deberan ser instituciones con personeria juridica inscrita en los registros publicos o que cuenten con los formalismos propios de una institucion o empresa. Articulo 4º.- La Comision Ambiental Municipal Provincial de Huancayo se encuentra constituida por los representantes titulares de cada institucion o sector, o en quienes deleguen con iguales facultades de decision otorgandole su respectiva acreditacion. La Municipalidad Provincial de Huancayo presidira esta Comision a traves de un representante. 1 representante de la Municipalidad Distrital de El Tambo. 1 representante de la Municipalidad Distrital de Chilca. 1 representante de las Municipalidades Distritales de cada una de las siguientes zonas: Norte, Sur, Canipaco, Bajo Mantaro. 1 representante de la Universidad Nacional del Centro del Peru. 1 representante de las universidades privadas. 1 representante del CIPUL. 1 representante del Colegio de Periodistas de Junin. 1 representante de las Organizaciones No Gubernamentales. 1 representante de la Camara de Comercio de Huancayo. 1 representante de la Sociedad Nacional de Industrias de Junin. 1 representante de la Coordinadora Rural. 1 representante del Arzobispado de Huancayo. 1 representante de la Direccion Regional de Agricultura; se comunicara a las entidades segun los requerimientos; (PRONAMACHS, INRENA, SENASA, PETT). 1 representante de la Direccion Regional de Salud. 1 representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones. 1 representante de la Direccion Regional de Educacion. 1 representante de la Direccion Regional de Energia y Minas. 1 representante de la Direccion Regional de Turismo. 1 representante de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento. 1 representante del Ministerio Publico. 1 representante de la Defensoria del Pueblo. 1 representante de la Policia Nacional (Policia Ecologica). 1 representante del Colegio de Ingenieros. 3 representantes de los Alcaldes de Juntas Vecinales, uno de cada uno de los distritos de Huancayo, El Tambo y Chilca. 1 representante de las Comunidades Campesinas solo en distritos. 1 representante de la Junta de Usuarios del distrito de Riego Mantaro. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Una vez publicada la ordenanza que apruebe la creacion de la Comision Ambiental

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.