Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2006 (17/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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LICA DEL P E

RU

321710

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 17 de junio de 2006

COLOMBIA, a partir del 19 de junio al 2 de MORDAZA de 2006, por un periodo de QUINCE (15) dias, a fin que reciba tratamiento quirurgico en la Clinica Barraquer de dicha MORDAZA, a cargo de su medico tratante el doctor MORDAZA MORDAZA A.; Que, el citado Oficial MORDAZA presenta el diagnostico de POST OPERADO DE DESPRENDIMIENTO DE RETINA: VITRECTOMIA POSTERIOR + ACEITE DE SILICON Y AGUJERO, de acuerdo a lo informado por el Director de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara", con Oficio S.200-2797 de fecha 12 de MORDAZA de 2006, siendo necesario autorizar su Tratamiento Medico Altamente Especializado en la referida Clinica; Que, de acuerdo con las conclusiones contenidas en el Informe de la Junta Medica Intersanidades Nº 049 de fecha 21 de noviembre de 2005, el referido Oficial MORDAZA debe ser sometido a una intervencion quirurgica en la Clinica Barraquer de Bogota - COLOMBIA; Que, el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004, establece que los Oficiales Generales y Almirantes en Situacion de Retiro, cuyo estado de salud requiera necesariamente ser tratado en el extranjero, podran ser evacuados para Tratamiento Medico Altamente Especializado; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 006-2006 de fecha 3 de MORDAZA de 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del Contralmirante (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 03541939 y DNI. 10221890, a fin que reciba Tratamiento Medico Altamente Especializado en la Clinica Barraquer de la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota COLOMBIA, a partir del 19 de junio al 2 de MORDAZA de 2006. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - MORDAZA Fe de Bogota (COLOMBIA) - MORDAZA US$ 436.26 x 1 persona Viaticos: US$ 200.00 x 15 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Articulo 3º.- Los gastos de tratamiento medico, medicinas y hospitalizacion seran sufragados por la Direccion de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara". Articulo 4º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 5º.- El mencionado Oficial MORDAZA debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 10804

Autorizan viaje de Oficial de la MORDAZA de MORDAZA para participar en reunion del Consejo Ejecutivo de la COI que se realizara en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 231-2006-DE/MGP MORDAZA, 5 de junio de 2006 Visto el Oficio P.200-0837 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 9 de MORDAZA de 2006; CONSIDERANDO: Que, resulta indispensable para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA HASEMBANK Rotta, para que participe en la 39ava. Reunion del Consejo Ejecutivo de la Comision Oceanografica Intergubernamental (COI), a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, del 20 al 29 de junio de 2006; por cuanto la experiencia a adquirirse redundara en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, Decreto de Urgencia Nº 006-2006 de fecha 3 de MORDAZA de 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA HASEMBANK Rotta, CIP. 00773839, DNI. 43323925, para que participe en la 39ava. Reunion del Consejo Ejecutivo de la Comision Oceanografica Intergubernamental (COI), a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, a partir del 20 al 29 de junio de 2006. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - MORDAZA (FRANCIA) - MORDAZA US$ 1,200.00 x 1 persona Viaticos: US$ 260.00 x 10 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Articulo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 4º.- El mencionado Oficial Superior debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 10805

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