Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2006 (19/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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330832

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 19 de octubre de 2006

de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico el terreno de 103 378,80 m², ubicado en la parte alta del cerro El Perro, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, que se encuentra libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 7 de setiembre de 2006, se constato que el citado terreno es de naturaleza eriaza de topografia accidentada y suelo con afloramiento rocoso; Que, conforme al Certificado Catastral, de fecha 20 de MORDAZA de 2006, emitido por la MORDAZA Registral Nº IX -Sede Lima- Oficina Registral del Callao, el terreno sub materia se encuentra comprendido en ambito donde graficamente no se observa inscripcion registral; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 103 378,80 m², de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 0012002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo Nº 154-2001-EF modificado por los Decretos Supremos Nºs. 107-2003EF y 042-2006-EF y; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0148-2006/SBN-GO-JAR, de fecha 13 de setiembre de 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 103 378,80 m², ubicado en la parte alta del cerro El Perro, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, segun los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX -Sede LimaOficina Registral del Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese.LILIANA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adquisiciones y Recuperaciones 03196-2

JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 129-2006/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 29 de setiembre de 2006 Visto el Expediente Nº 091-2006/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 54 285,74 m², ubicado sobre ladera de cerro, al sur de la urbanizacion Los MORDAZA, a la altura de la cuadra 33 de la avenida MORDAZA MORDAZA, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se ha identificado el terreno de naturaleza eriaza de 54 285,74 m², ubicado sobre ladera de cerro, al sur de la urbanizacion Los MORDAZA, a la altura de la cuadra 33 de la avenida MORDAZA MORDAZA, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, que se encuentra libre de inscripcion registral; Que, mediante el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 3 de agosto de 2006, la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA informa que el predio MORDAZA indicado se visualiza graficamente en un ambito donde a la fecha no se han identificado anotaciones registrales; Que, en la inspeccion tecnica realizada con fecha 31 de agosto de 2006, se constato que es un terreno de naturaleza eriaza, de topografia accidentada, parcialmente cubierto de vegetacion, que se encuentra libre de ocupacion; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado con Decreto Supremo Nº 131-2001-EF senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" aprobado con Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por su similar Nº 042-2006-EF y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado por Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por los Decretos Supremos Nros 107-2003EF y 042-2006-EF; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal No 155-2006/SBN-GO-JAR, de fecha 29 de setiembre de 2006;

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