Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2006 (19/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

330850
CUADRO C PARQUES Y JARDINES 2007 (Montos Trimestrales)

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 19 de octubre de 2006

USO ACTIVIDAD O GIRO MORDAZA HABITACION. GENERAL, GOBIERNO CENTRAL, INSTITUCIONES PUBLICAS DESCENTRALIZADAS Y/O PERSONERIA JURIDICA PROPIA, EMBAJADAS, MISIONES DIPLOMATICAS Y CONSULARES ENTIDADES RELIGIOSAS, FUNDACIONES, ASOCIACIONES Y OTROS.

UBICACION RESPECTO A AREAS VERDES A 83.00 B 76.06 C D 57.54 50.92

95.91

89.3

82.68 76.06

CUADRO D SERENAZGO 2007 (Montos Trimestrales)
CATEGORIA A B C D TERRENOS SIN CONSTRUIR. PREDIOS CON USO MORDAZA HABITACION. PREDIOS CON USO INDUSTRIA, COMERCIO EN GENERAL. GOBIERNO CENTRAL, LOCAL, EMBAJADAS, INST. PUB. DESCENTRALIZADAS, UNIVERSIDADES, INST. SUPERIORES Y CULTURALES HOSPITALES Y CLINICAS. SUPERMERCADOS Y MORDAZA ALMACENES. DESCRIPCION 0 27.78 34.26 55.06 458.57 1 34.48 41.93 71.03 AREAS 2 43.58 49.75 76.38 3 31.43 37.10 58.89 461.56

Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, conforme con lo expuesto resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2007; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad con la dispensa del tramite de aprobacion de acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA FIJAN MONTOS POR EMISION, DETERMINACION Y DISTRIBUCION DE TRIBUTOS PARA EL EJERCICIO 2007 Articulo 1º.- Establezcase en S/. 8.00 (ocho y 00/100 nuevos soles) el monto anual que deberan pagar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto predial, distribucion de la declaracion jurada y hojas de liquidacion para el ejercicio 2007, hasta por dos (2) predios. Por cada predio adicional se abonara S/. 2.00 (dos y 00/100 nuevos soles) por el derecho mencionado. Articulo 2º.- Fijese en S/. 4.00 (cuatro y 00/100 nuevos soles) el monto anual que deberan pagar los contribuyentes cuyo Impuesto Predial sea igual al 6% del valor de la UIT, por concepto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto predial, distribucion de la declaracion jurada y hojas de liquidacion para el ejercicio 2007. Articulo 3º.- Fijese en S/. 1.00 (un y 00/100 MORDAZA sol) el monto por recibo trimestral que deberan abonar los contribuyentes por concepto de emision mecanizada, determinacion, distribucion y liquidacion para el ejercicio 2007 de cada uno de los arbitrios municipales. POR TANTO:

513.56 578.46

E F

0.00

782.56 849.99

778.90

TRAGAMONEDAS, BINGOS, 1,031.84 1,192.49 1,279.57 1,038.52 DISCOTECAS, CINES, CASINOS, HOTELES 4 Y 5 ESTRELLAS.

03227-1

.ijan montos por emision, determinacion y distribucion de tributos para el Ejercicio 2007
ORDENANZA Nº 246 Miraflores, 17 de octubre de 2006 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el articulo 74º del mismo cuerpo legal, otorga Potestad Tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; senalando que las Ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03227-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 167-MSI Mediante Oficio Nº 545-2006-08-SG/MSI, la Municipalidad de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 167-MSI, publicada en la edicion del 6 de octubre de 2006. DICE: Articulo 2º.- ORGANOS COMPETENTES m. Otorgar, a traves de la Gerencia de Tesoreria

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