Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2006 (19/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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330846

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 19 de octubre de 2006

debera ordenar, en el acto aprobatorio de la misma, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º de la Ley. Que, el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que; la situacion de Desabastecimiento Inminente se configura en los casos senalados en el Art. 21º de la Ley, no encontrandose comprendidas entre estas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la Entidad. La necesidad de los bienes debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente, en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion. Que, por su parte, el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; senala que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion requiere obligatoriamente de uno o mas informes, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion. Que, conforme a lo establecido en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, establece que; la Entidad efectuara las adquisiciones y contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos , condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. Que, segun lo dispuesto en el mencionado articulo 20º de la Ley y en articulo 147º del Reglamento, la Resolucion que aprueba la exoneracion al MORDAZA de seleccion debera ser publica en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE. Que, finalmente a lo requerido con Memorando Nº 908-2006-GAF/MDC del 27 de setiembre del 2006, con Memorandum Nº 189-2006-GPP/MDC del 27 de setiembre del 2006, la Gerencia de Presupuesto y Planificacion de la Municipalidad informa que; "teniendo en cuenta el monto referencial senalado, es factible afectar dicho gasto en el presente ejercicio presupuestal, con la misma Partida Presupuestal (parte con ingresos directamente recaudados y parte con fondos del FONCOMUN), que se encontraba financiada el Contrato suscrito con la Empresa INVERSIONES V&K S.A.C." Estando a las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, asi como en el Reglamento Interno del Concejo; SE ACUERDA : Articulo Primero.- DECLARAR el Desabastecimiento Inminente del suministro de los Items Diesel-2, Gasolina 84 y Gasolina 90; y en consecuencia APROBAR la EXONERACION del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion directa del Suministro de Combustible por Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, conforme a Ley; de acuerdo a los fundamentos expuestos. Articulo Segundo.- ESTABLECER que el Valor Referencial del suministro de combustible a adquirir sera el total de S/.92,445.00 nuevos soles; el que se desagrega del siguiente modo : Item I: Diesel-2, un total de 7,860 galones a S/. 68,425.00 nuevos soles.

Item II: Gasolina 84, un total de 150 galones a S/. 1,845.00 nuevos soles. Item III: Gasolina 90 un total de 150 galones a S/. 2,175.00 nuevos soles. Articulo Tercero.- ESTABLECER que la Fuente de Financiamiento para dicha contratacion, es factible afectar en el presente ejercicio presupuestal, con la misma Partida Presupuestal (parte con ingresos directamente recaudados y parte con fondos del FONCOMUN), que se encontraba financiada el Contrato suscrito con la Empresa INVERSIONES V&K S.A.C.", segun MEMORANDUM Nº 189-2006-GPP/MDC; y el organo encargado de llevar a cabo el MORDAZA de contratacion en forma inmediata, es la Sugerencia de Logistica y Control Patrimonial de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- RECOMENDAR que el Titular de la Entidad remita MORDAZA de todo lo actuado al Organo de Control Institucional de la Municipalidad; con la finalidad de dar inicio asi, a las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios publicos involucrados; en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 141º del Dec. Sup. Nº 084-2004-PCM. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General cumpla con remitir copias de las piezas pertinentes a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro del plazo de Ley; asi como de su la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion en el SEACE. Cumplase, notifiquese, publiquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03145-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Sistema Local de Gestion Ambiental
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio N° 2942006-MJM/SG, de fecha 16 de octubre de 2006) ORDENANZA Nº 192-MJM MORDAZA MORDAZA, 23 de enero de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 003-2006MJM-CBSCCPE de la Comision de Bienestar, Servicios Comunales, Comercializacion y Promocion Empresarial; con el MORDAZA UNANIME de sus miembros, y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA MORDAZA QUE APRUEBA EL SISTEMA LOCAL DE GESTION AMBIENTAL Articulo Unico.- APRUEBASE la Ordenanza MORDAZA que aprueba el sistema Local de Gestion Ambiental del distrito de MORDAZA MORDAZA, la misma que en cinco titulos contiene veinticuatro articulos y tres disposiciones transitorias y complementarias, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 03184-1

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