Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2006 (27/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano viernes 27 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

331573

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 373-2006-JUS/DNJ-DCMA MORDAZA, 12 de setiembre de 2006 VISTA, la solicitud con registro Nº 021570, de fecha 10 de MORDAZA de 2006, sobre Autorizacion de Funcionamiento de Centro de Conciliacion, presentada por la asociacion civil, ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION JUSTICIA Y PAZ (A.C.C. JUS Y PAZ); CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil, ha solicitado autorizacion para funcionar como Centro de Conciliacion, con la denominacion, CENTRO DE CONCILIACION VIRGEN MORDAZA, con abreviatura A.C.C. VIR. MAR.; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 14952006-JUS/DNJ-DCMA, de fecha 12 de setiembre de 2006, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley de Conciliacion y los articulos 51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Conciliacion; por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliacion solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 0192001-JUS - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS - Reglamento de la Ley de Conciliacion y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizase, a la asociacion civil, ASOCIACION CENTRO DE CONCILIACION JUSTICIA Y PAZ (A.C.C. JUS Y PAZ), para funcionar como Centro de Conciliacion, con la denominacion, CENTRO DE CONCILIACION VIRGEN MORDAZA, con abreviatura A.C.C. VIR. MAR., con sede en el departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENDIETA MORDAZA Directora de Conciliacion Extrajudicial y Medios Alternativos de Solucion de Conflictos 03547-4 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 442-2006-JUS/DNJ-DCMA MORDAZA, 22 de setiembre de 2006 VISTA, la solicitud con registro Nº 020513, de fecha 3 de MORDAZA de 2006, sobre Autorizacion de Funcionamiento de Centro de Conciliacion, presentada por la asociacion civil, ASOCIACION MORDAZA PAQARINA; CONSIDERANDO: Que, la mencionada Asociacion Civil, ha solicitado autorizacion para funcionar como Centro de Conciliacion, con la denominacion, CENTRO DE CONCILIACION "ARMONIA & LEGALIDAD"; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 16012006-JUS/DNJ-DCMA, de fecha 22 de setiembre de 2006, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley de Conciliacion y los articulos 51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Conciliacion; por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliacion solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 0192001-JUS - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de

Conciliacion, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS - Reglamento de la Ley de Conciliacion y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizase, a la asociacion civil, ASOCIACION MORDAZA PAQARINA, para funcionar como Centro de Conciliacion, con la denominacion, CENTRO DE CONCILIACION "ARMONIA & LEGALIDAD", con sede en el departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENDIETA MORDAZA Directora de Conciliacion Extrajudicial y Medios Alternativos de Solucion de Conflictos 03547-5 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 471-2006-JUS/DNJ-DCMA MORDAZA, 4 de octubre de 2006 VISTA, la solicitud con registro Nº 014910, de fecha 12 de MORDAZA de 2006, sobre Autorizacion de Funcionamiento de Centro de Conciliacion, presentada por la asociacion civil, ASOCIACION INSTITUTO PERUANO DE CONCILIACION, ARBITRAJE Y MEDIACION - FORO SOCIAL; CONSIDERANDO: Que, la mencionada Asociacion Civil, ha solicitado autorizacion para funcionar como Centro de Conciliacion, con la denominacion, CENTRO DE CONCILIACION FORO SOCIAL; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 16732006-JUS/DNJ-DCMA, de fecha 4 de octubre de 2006, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley de Conciliacion y los articulos 51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Conciliacion; por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliacion solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS Reglamento de la Ley de Conciliacion y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizase, a la asociacion civil, ASOCIACION INSTITUTO PERUANO DE CONCILIACION, ARBITRAJE Y MEDIACION - FORO SOCIAL, para funcionar como Centro de Conciliacion, con la denominacion, CENTRO DE CONCILIACION FORO SOCIAL, con sede en el departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENDIETA MORDAZA Directora de Conciliacion Extrajudicial y Medios Alternativos de Solucion de Conflictos 03547-6 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 472-2006-JUS/DNJ-DCMA MORDAZA, 4 de octubre de 2006 VISTA, la solicitud con registro Nº 015715, de fecha 20 de MORDAZA de 2006, sobre Autorizacion de

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