Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2006 (27/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano viernes 27 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

331599

que su nacimiento se registro el 06 de MORDAZA de 1970 conforme se desprende de la Partida Nº 93 remitida por la Oficina del Registro Civil de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por lo que habiendose acreditado que la Inscripcion se ha efectuado en base a declaracion de datos falsos, se dispuso mediante Resolucion Nº 3502005-GP/SGDAC-RENIEC de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales de la Inscripcion Nº 43182724; Que, se ha determinado que MORDAZA MORDAZA SEVINCHA ARREDONDO, obtuvo la Inscripcion Nº 29407611 acreditando su identidad con Libreta Militar Nº 3083666671; posteriormente, rectifico su nombre a MORDAZA MORDAZA ARREDONDO ARREDONDO, sustentando su pretension con la MORDAZA de la Partida de Nacimiento Nº 442 expedida por la Municipalidad Distrital de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa; y finalmente, el 20 de MORDAZA del 2005 la misma ciudadana solicito nuevamente la rectificacion de sus datos adjuntando como sustento la Partida de Nacimiento Nº 128 y Partida Complementaria Nº 442 expedida por el Jefe del Registro Civil de la Municipalidad de Miraflores, Arequipa; sin embargo, se ha acreditado que la citada ciudadana, presento para su primera rectificacion de datos una partida de nacimiento que contiene datos falsos, consignando como prenombre MORDAZA siendo lo correcto MORDAZA, por lo que la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central mediante Resolucion Nº 3502005-GP/SGDAC-RENIEC, dispuso la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales de la Inscripcion Nº 29407611 por declaracion de datos falsos; Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obtuvo la Inscripcion Nº 27147083, acredito su identidad con Partida de Nacimiento, registrando como fecha y lugar de nacimiento, el 28 de MORDAZA de 1965 en el distrito de Cascas-Contumaza-Cajamarca; que no obstante contar con una inscripcion valida, solicito ante el ex Registro Electoral del distrito de Cascas y obtuvo la Inscripcion Nº 27151824, senalando como fecha y lugar de nacimiento, el 28 de MORDAZA de 1973 en el distrito de Cascas, con lo cual se encuentra acreditado que el citado ciudadano promovio otra inscripcion, con diferente fecha de nacimiento, por lo que la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, dispuso la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales de la Inscripcion Nº 27151824, mediante Resolucion Nº 350-2005-GP/SGDAC-RENIEC, por declaracion de datos falsos; Que, de la revision de los actuados se ha establecido, que el ciudadano NAVIDAD TAYNA MORDAZA, obtuvo el Documento Nacional de Identidad Nº 40532351, sustentando su propuesta registral con la MORDAZA de la transcripcion de la Partida de Nacimiento donde se consigna como fecha de nacimiento el 25 de diciembre de 1977; sin embargo, conforme al Oficio Nº 45-RR-CCMDP-A-2005 emitido por el Jefe del Registro Civil del distrito de Pomacanchi, remite la Partida de Nacimiento Nº 11, en la que se consigna como fecha de nacimiento el 25 de diciembre de 1975, no existiendo otra partida de nacimiento respecto a dicho ciudadano; por lo que se concluye que, el mismo, presento documento que contiene datos falsos para lograr su inscripcion con datos que no corresponden a su identidad, por lo que mediante Resolucion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nº 350-2005-GP/SGDAC-RENIEC se dispuso la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales de la Inscripcion Nº 40532351; Que, del analisis de los actuados, se ha llegado a determinar que la ciudadana MORDAZA MORDAZA VIA MORDAZA, ha recurrido al Registro en forma sucesiva para lograr diferentes inscripciones con diferentes estados civiles, afectando asi el procedimiento registral, toda vez que ha consignado dos identidades diferentes, obtuvo la Inscripcion Nº 06061379 como MORDAZA Via MORDAZA de Hencke, estado civil casada, luego bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA VIA MORDAZA obtuvo la Inscripcion (siete digitos) Nº 7878272 , con fecha 09 de MORDAZA de 1983 sustentando su identidad con la Partida de Nacimiento Nº 115 expedida por el Concejo Distrital de

Bellavista, Callao y declarando ser soltera; posteriormente en base a esta inscripcion, el 03 de setiembre de 1984 obtuvo la Partida de Inscripcion Nº 25454508, con el nombre de MORDAZA MORDAZA VIA DE SAMANAMUD, acreditando su estado civil de casada con la partida de Matrimonio Nº 120; por lo que se dispuso mediante Resolucion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nº 350-2005-GP/SGDAC-RENIEC la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de Personas Naturales de la Inscripcion Nº 25454508, a nombre de MORDAZA MORDAZA VIA DE SAMANAMUD por declaracion de datos falsos, en base al MORDAZA de prelacion y por haberse originado vicios en el procedimiento registral; Que, de los actuados se ha acreditado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA CHIMPE, titular de la Inscripcion Nº 09042844, obtuvo indebidamente la Inscripcion Nº 08166811, bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHIPE, sustentando su propuesta registral con Libreta Militar Nº 2318926522, habiendose verificado asimismo que al MORDAZA de la Ley Nº 25025, dicho ciudadano en forma indebida logro inscribir otro nacimiento en la Oficina de Registro Civil que funciona en la Municipalidad del MORDAZA, bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHIPE, habiendose acreditado que su verdadera identidad se encuentra corroborado con la Partida Nº 14161 inscrita en forma ordinaria en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en la que se consigna como nombre MORDAZA MORDAZA CHIMPE, por lo que la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, mediante Resolucion Nº 350-2005-GP/SGDAC-RENIEC, dispuso la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas de la Inscripcion Nº 08166811, asimismo mediante Resolucion Nº 4422004-GO/JR10LIM/RENIEC se dispuso la cancelacion del Acta Nº 162 del Libro de Nacimientos del ano 1993 por doble inscripcion de nacimiento; Que, los hechos descritos constituyen indicios razonables de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, BRIGADA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA NAJAMTE KUNCHIKUI, MORDAZA MORDAZA ARREDONDO ARREDONDO o MORDAZA MORDAZA ARREDONDO ARREDONDO o MORDAZA MORDAZA SEVINCHA ARREDONDO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NAVIDAD TAYNA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA VIA MORDAZA o MORDAZA VIA MORDAZA DE HENCKE o MORDAZA MORDAZA VIA DE SAMANAMUD y MORDAZA MORDAZA CHIMPE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, BRIGADA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA NAJAMTE KUNCHIKUI, MORDAZA MORDAZA ARREDONDO ARREDONDO o MORDAZA MORDAZA ARREDONDO ARREDONDO o MORDAZA MORDAZA SEVINCHA ARREDONDO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NAVIDAD TAYNA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA VIA MORDAZA o MORDAZA VIA MORDAZA DE HENCKE o MORDAZA MORDAZA VIA DE SAMANAMUD, y MORDAZA MORDAZA CHIMPE, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil.

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