Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2006 (27/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 27 de octubre de 2006

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la obra senalada, conforma a lo previsto en el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 148º de su reglamento. Disponer el inicio de las acciones correspondientes, tendientes a establecer la responsabilidad y la correspondiente sancion cuya conducta origino la presencia o configuracion de la exoneracion, materia de la presente resolucion. Disponer que a traves de Secretaria General, se remitan copias del presente acuerdo, asi como los informes tecnicos y el informe legal que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo de 10 (Diez) dias habiles siguientes a su expedicion. Encargar a la Gerencia de Administracion o quien haga sus veces, la publicacion del respectivo acuerdo del Concejo en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Disponer el reporte y publicacion del presente acuerdo de Concejo en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03597-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de materiales de construccion y servicios no personales para la obra Puesto de Salud - Boca Mantaro - MORDAZA del Ene
ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2006-MDP Pangoa, 13 de octubre del 2006 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo, de fecha trece de octubre del 2006, el Informe Nº 08-2006-RO-HESM, presentado por el Residente de Obra, "Construccion de la Posta de Salud en el Anexo Boca Mantaro" de Requerimiento de Compra de Materiales; el Informe Nº 197-DDURSA/MDP, de Desabastecimiento de Bienes y Servicios en Obras del MORDAZA del Ene; y el Informe Tecnico Legal Nº 082-2006-OAL-MDP, presentado por el Asesor Legal de la Municipalidad, para Declarar en Desabastecimiento Inminente la adquisicion de materiales de construccion y Servicios No Personales para la obra en mencion del MORDAZA del Ene; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM senala que "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible

en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e indirecta e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios y obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, lo expresado en la MORDAZA Legal MORDAZA mencionada compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial como es la prevision de materiales, maquinarias para la ejecucion de obras en los Centros Poblados Potsoteni, MORDAZA d e D i o s , T z i r i a r i , B o c a M a n t a r o, P u e r t o U n i o n A s h a n i n k a , P u e r t o Po r v e n i r, L a s Pa l m e ra s d e Nazangaro, Pachamamilla, etc., segun monto establecido en el Informe Tecnico Nº 160º-2006DDURSA/MDP, por las circunstancias extraordinarias e imprevisibles que precisa el Ar t. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM, puesto que como es de conocimiento general en el MORDAZA local no esta en la condicion de abastecer con materiales paradas, y que frente a las constantes por esta MORDAZA, encontrandose en estado de emergencia el distrito de Pangoa hace necesario que se adopte esta medida; Que, las obras que se encuentran programadas para su ejecucion en el MORDAZA del Ene, corren el riesgo de tener un retraso en el plazo de ejecucion, si no cuentan con los materiales, asi mismo la MORDAZA presencia de acciones terroristas ahuyentan a los proveedores; igualmente las obras corren el riesgo de no ejecutarse por el tiempo limitado y finalizacion de la gestion, existiendo antecedentes en la ejecucion de otras obras en el MORDAZA del Ene como la Construccion de Letrinas en las CC. de Yaviro y Boca Mantaro que han conllevado al incumplimiento y retraso en la entrega de materiales por la distancia considerable, no contandose con personal administrativo ni oficina por parte de la municipalidad y la falta de transporte hacia la MORDAZA, ocasionando un desajuste en el cronograma de obra, por el que sugiere Declarar en Desabastecimiento inminente; Estando a lo expuesto en atencion de pedido, contando con la Opinion Favorable de Asesoria Legal segun INFORME TECNICO LEGAL Nº 082-2006-OALMDP y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por MORDAZA unanime; APRUEBA: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente la "ADQUISICION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION Y SERVICIOS NO PERSONALES PARA LA OBRA PUESTO DE SALUD BOCA MANTARO - MORDAZA DEL ENE DEL DISTRITO DE PANGOA, provincia de Satipo del departamento de MORDAZA, por el monto referencial de S/. 139,926.33 Nuevos Soles, cuyo Analitico se detalla en la presente Resolucion. FUENTE DE FINANCIAMIENTO: FONDO DE COMPENSACION MUNICIPAL Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo al Gerente Municipal y al Comite Especial Per manente de Adquisiciones para llevar a cabo el MORDAZA conforme a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, con la debida comunicacion a la Contraloria General de la Republica, asi como disponer su publicacion en el SEACE y demas conforme a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03538-1

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