Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2006 (01/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 1 de setiembre de 2006

LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680- Ley de Bases de la Descentralizacion Ley Nº 27783, de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 ­ su modificatoria ­ Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: 1.- Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867 y su modificatoria por Ley Nº 27902, en el articulo 45 literal a) establece que los Gobiernos Regionales definen, MORDAZA, dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales, asimismo en el articulo 49 literal e) define como funcion de estos Gobiernos Regionales en materia de salud promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y prevencion de salud; 2.- En la actualidad Promocion de la Salud se ubica como el primer lineamiento de la Politica Nacional de Salud, lo que expresa la voluntad del gobierno peruano de convertirla en el eje estrategico para disminuir la incidencia de males; 3.- Que, es importante que promocion de la Salud trascienda los ambitos y espacios que la confinan al sector salud y avance hacia una Intersectorialidad que paulatinamente se comprometa con la divulgacion del "Enfoque de Derechos en Salud" y con su aplicacion. 4.- Mediante Oficio Nº 005-2006-CODS-CR/GRM, la Comision Ordinaria de Desarrollo Social eleva el dictamen Nº 001-2006-CODS/GRM, que propone se declare de interes Estrategico Regional Promocion de la Salud en la Region Moquegua; propuesta que en sesion extraordinaria de fecha 18 de agosto del 2006 es aprobada por unanimidad; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR de Interes Estrategico Regional "Promocion de la Salud", en razon que su aplicacion permitira generar una vision compartida en el sector publico para sentar las bases de una cultura de salud solidaria y humanista en la Region Moquegua. Articulo Segundo.- DISPONER que las Direcciones Regionales sectoriales integrantes del Gobierno Regional MORDAZA, deberan implementar planes y programas de Promocion de la Salud, en la generacion de los estilos de MORDAZA saludables en los escenarios individuales y colectivos de MORDAZA MORDAZA, debiendo informar trimestralmente de sus avances al Gobierno Regional. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinacion con la Direccion General de la Direccion Regional de Salud a traves de la Direccion Ejecutiva de Promocion de la Salud, se encargaran inicialmente de capacitar a los funcionarios de las diversas Direcciones Regionales Sectoriales, para que ellos implementen los programas y estrategias conexas a Promocion de la Salud. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Ademas de publicarse en el diario encargado de la publicacion judicial de la Region; asi como en el MORDAZA Electronico del

Gobierno Regional, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA CRISTALA CONSTANTINIDES MORDAZA Presidenta Regional 01637-2

Fijan compensacion mensual de Presidenta y Vicepresidente Regional y del monto de dietas de Consejeros Regionales
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 055-2006-CR/GRM 18 de agosto de 2006 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL VISTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 18 de agosto del 2006, sobre las modificaciones, a la remuneracion de la Presidenta Regional y Vicepresidente Regional, asi como las dietas de los Consejeros Regionales, y; CONSIDERANDO: 1.- Que, mediante el Acuerdo Regional Nº 006-2005CR/GRM, se fijo una Asignacion Especial de S/.15,000 nuevos soles para la Presidenta Regional y que sumado a la remuneracion hace un total de S/.16,200 nuevos soles, asi tambien para el Vicepresidente Regional una Asignacion Especial de S/.8,904 nuevos soles y que adicionado a su remuneracion hace un total de S/.10,000 nuevos soles. De otro lado mediante Acuerdo Regional Nº 017-2006-CR/GRM, se establecio como dietas para los Consejeros Regionales el monto de S/.4,650.00 nuevos soles. 2.- El Decreto de Urgencia Nº 019-2006, establece entre otros aspectos disposiciones sobre la compensacion mensual por el ejercicio de funciones de altos funcionarios del Estado y autoridades elegidas por MORDAZA popular, para los meses de agosto a diciembre del 2006, precisando en el articulo 5º que los Presidentes Regionales percibiran por todo concepto compensacion por el ejercicio de funciones, la misma que no excedera de la suma de S/. 14,300 nuevos soles. De otro lado senala en el Art. 8º que los consejeros regionales perciben dietas, segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales, conforme lo disponen sus respectivas Leyes Organicas y en ningun caso dichas dietas pueden superar en total el 30% de la Compensacion mensual del Presidente del Gobierno Regional. Asimismo mediante Decreto Supremo Nº 1332006-EF, se dictan normas reglamentar ias complementarias y de precision para la mejor aplicacion del MORDAZA acotado Decreto de Urgencia; 3.- Que, a traves del informe Nº 402-2006-A-DRAJ/ GR.MOQ, la Direccion Regional de Asesoria Juridica, eleva opinion sobre la aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 019-2006, asimismo la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante informe Nº 593-2006-GRPPAT/GR.MOQ, eleva la correspondiente opinion tecnica sobre la prevision presupuestaria para el presente ejercicio 2006. 4.- En ese sentido el Consejo Regional acuerda por mayoria fijar como Compensacion mensual la suma de S/.14,300 nuevos soles por todo concepto para el cargo de la Presidenta Regional; por mayoria ratificar la compensacion mensual del Vicepresidente en la suma de S/. 10,000 nuevos soles, de la misma manera por unanimidad se acordo las dietas de los Consejeros

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