Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2007 (18/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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de las etapas del MORDAZA de transferencia del presente Ciclo de Acreditacion 2007. A continuacion se presentan los principales indicadores, segun componentes del proceso:
Componentes Indicadores Compromiso de Cumplimiento de Requisitos Numero de Gobiernos Regionales que han Generales presentado Compromiso de Cumplimiento de Requisitos Generales % de Gobiernos Regionales que han presentado Compromiso de Cumplimiento de Requisitos Generales Definicion de Requisitos Especificos Numero de Sectores con Requisitos Minimos, Especificos % de Sectores que han establecido Requisitos Especificos. Numero de Requisitos Especificos por Sector Convenio MORDAZA Intergubernamental (CMI) Numero de CMI por Sectores del Gobierno Nacional Numero de CMI por Gobiernos Regionales Numero de CMI ejecutados segun Sectores Certificacion Numero de Informes Situacionales segun Sector Numero de Informes Situacionales segun Gobiernos Regionales Numero de Gobiernos Regionales APTOS en el ejercicio de la funcion Numero de Gobiernos Regionales con funciones POR POTENCIAR Acreditacion Numero de Gobiernos Regionales Acreditados por Sector Numero de funciones sectoriales acreditadas Efectivizacion Numero de Actas de Entrega y Recepcion por Gobierno Regional Numero de Informes Finales por Gobierno Regional Numero de Convenios de Gestion suscritos por sectores y Gobiernos Regionales. Numero de Funciones Efectivizadas

7.2 Seguimiento posterior de las transferencias Los Sectores del Gobierno Nacional, en coordinacion con la Secretaria de Descentralizacion, propondran los indicadores de gestion del MORDAZA de transferencia, los cuales formaran parte de los Convenios de Gestion. La transferencia de responsabilidades es un mecanismo para que el Estado, trasladando poder y responsabilidades desde el Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, pueda desempenarse mejor y brindar mejores servicios; esto incluye: · Acompanar con asistencia tecnica a los Gobiernos Regionales para el ejercicio de las funciones transferidas. · Brindar orientaciones y asesoria a los Gobiernos Regionales respecto del ejercicio de las funciones transferidas. · Monitorear los resultados de los Gobiernos Regionales en el ejercicio de las funciones transferidas, en base a indicadores de gestion. 8. Caso especial de MORDAZA Metropolitana La transferencia de Funciones Sectoriales y recursos al Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana, se realizara a traves de una Comision Bipartita de Transferencia, integrada por representantes de la Secretaria de Descentralizacion de la PCM y de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, segun lo dispuesto en el articulo 69º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, por el cual se establece el Regimen Especial de MORDAZA Metropolitana y, en el MORDAZA del Articulo 33º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, el cual senala que en el ambito de la provincia de MORDAZA, las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional, son transferidas a la mencionada Municipalidad. Dicha Comision Bipartita, conformada por Resolucion Ministerial Nº 138-2007-PCM y Resolucion de Alcaldia Nº 760 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, debera proponer la modalidad, procedimientos y plazos de la transferencia de Funciones Sectoriales. 9. Responsabilidad de los actores implicados 9.1 Las personas incluidas en los alcances de la presente directiva son responsables, funcional y administrativamente, segun las atribuciones y funciones que les han sido asignadas, conforme a las disposiciones legales pertinentes, en los casos de incumplimiento de la presente Directiva y otros documentos

relacionados con el MORDAZA, en la elaboracion total o parcial de los Expedientes en que se sustenta la transferencia de las Funciones Sectoriales, asi como en la negativa a la entrega o recepcion de los mismos. 9.2 De conformidad con el articulo 119º de la Constitucion Politica del Peru y los articulos 19º y 37º del Decreto Legislativo Nº 560, los Titulares de Pliego de los Ministerios tienen a su cargo la supervision y control de las Entidades indicadas en el numeral 5.4 de la presente Directiva; en cuya virtud, son responsables del cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales relativas al MORDAZA de transferencia de Funciones Sectoriales. 9.3 Los Titulares de las Entidades del Gobierno Nacional que transfieran Funciones Sectoriales, conforme a Ley, estan obligados a efectuar el redimensionamiento organizacional y administrativo de sus respectivas instituciones, el cual comprende entre otros, la adecuacion de los instrumentos institucionales y de gestion y la correspondiente reduccion de los presupuestos de operacion y funcionamiento, a efecto de ser transferidos a los Gobiernos Regionales receptores, en observancia al MORDAZA de neutralidad fiscal. Estos ajustes deberan ser comunicados a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. 9.4 Corresponde a la Entidad del Gobierno Nacional que transfiere Funciones Sectoriales, en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas - MEF y previa opinion de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencial del Consejo de Ministros, tramitar, de ser el caso, el Decreto Supremo a que se refiere la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, de manera tal, que se formalice el MORDAZA de transferencia de los recursos presupuestales a los Gobiernos Regionales receptores. 9.5 Corresponde a la Contraloria General de la Republica ejercer el control gubernamental respecto de la veracidad de la informacion sustentatoria de las transferencias que realicen las Entidades del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales; para lo cual, pondra en conocimiento de estos los resultados de la labor de control que realice con arreglo a sus competencias, correspondiendo a las Entidades del Gobierno Nacional la responsabilidad de brindar la informacion sustentatoria de las citadas transferencias. 9.6 Los Ministerios, segun lo establecido en el Decreto Supremo Nº 010-2007-PCM, seran los responsables de la ejecucion de las Transferencias. 9.7 La Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Secretaria de Descentralizacion, es la responsable de la Supervision de las transferencias, conforme lo establecido en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM. 10. Disposiciones Complementarias 10.1 Todo aquello que no este previsto en la presente Directiva, sera definido por acuerdo mutuo de las partes involucradas en el MORDAZA de transferencia. En caso de presentarse alguna controversia, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros sera el organo dirimente. 10.2 Para el cumplimiento del requisito general del inciso f) del Articulo 7º.- Requisitos para la acreditacion de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion, en cuanto al cumplimiento de las normas de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, se tendra en cuenta lo dispuesto en el Articulo 1º de la Resolucion Presidencial Nº 065-CNDP-2005, por el cual "Aprueban requisitos especificos e indicadores de cumplimiento y procedimientos de verificacion de los requisitos generales y especificos relativos al MORDAZA de acreditacion del ano 2005".

61745-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes del Sector Comercio Exterior y Turismo para participar en el Festival Gastronomico Peruano que se realizara en MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 071-2007-MINCETUR
MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2007

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