Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley Nº 27806. Oficina Desconcentrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huancayo Ica Iquitos MORDAZA MORDAZA Funcionario Responsable MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vielka Chariarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Presidencia Nºs. 016-2004-SUNASS-PCD y 008-2005SUNASS-PCD. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 129950-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Declaran de interes regional la adopcion de acciones orientadas a la modernizacion de la gestion publica del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 102-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 17 de octubre del 2007 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERES REGIONAL LA ADOPCION DE ACCIONES ORIENTADAS A LA MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Que, mediante Oficio N° 618-2007/GOB.REG.HVCA/PR, de fecha 14 de octubre del ano 2007, el Presidente Regional de Huancavelica remite el Proyecto de Ordenanza Regional, solicitando se autorice la adopcion de las acciones necesarias orientadas a la modernizacion de la gestion publica el Gobierno Regional de Huancavelica; asimismo mediante Oficio N° 150-2007/GOB.REG.-HVCA/ CR-BNM, el Consejero Regional de la provincia de Acobamba, remite el Proyecto de Ordenanza Regional que declara en reorganizacion y reestructuracion administrativa y presupuestal al Gobierno Regional de Huancavelica, que por tratarse del mismo fin perseguido se acumula en un solo incidente, el mismo que tiene por objeto la reestructuracion administrativa y de recursos humanos a nivel de Pliego del Gobierno Regional de Huancavelica, reestructuracion del Sistema de Planificacion y Modernizacion informatica; Que, conforme dispone el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con los Articulos 2° y 3° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas

juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica, administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal y que tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley; Que, el numeral 9.2 del Articulo 9° de la Ley N° 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion, establece que la autonomia administrativa es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, el Articulo 1° de la ley N° 27658 ­ Ley MORDAZA de la Modernizacion del Estado, establece que el Estado Peruano ha sido declarado en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestion publica y obtener mejores niveles de eficiencia y construir un Estado democratico y al servicio de la ciudadania; Que, la Vigesima Primera Disposicion Complementaria de la Ley N° 29035 ­ Ley que Autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, autoriza a los Gobiernos Regionales hasta el 31 de diciembre del ano 2007, a realizar previo acuerdo de su MORDAZA organo normativo y fiscalizador, las acciones de modernizacion de la gestion publica orientada a incrementar sus niveles de eficiencia, mejorar la atencion a la ciudadania y optimizar el uso de los recursos publicos; Que, para tal efecto la precitada MORDAZA, precisa que los Gobiernos Subnacionales podran disponer la reorganizacion, reestructuracion, fusion y disolucion de sus entidades, empresas y organismos publicos en tanto se dupliquen funciones o se provean similares servicios a los brindados, integrandose competencias y funciones afines; Que, dentro del citado contexto normativo resulta necesaria la modernizacion de los organos regionales, asi como de los procesos, instrumentos de gestion, asi como la modificacion de la estructura organica, que permita lograr la implantacion de una gestion publica moderna y eficiente con capacidad para responder a las demandas de desarrollo regional; Que, el Articulo 38° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la Organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR de interes regional la adopcion de acciones necesarias orientadas a la modernizacion de la gestion publica del Pliego Gobierno Regional de Huancavelica, que comprenda la ejecucion de los siguientes procesos: reestructuracion organica, reorganizacion administrativa y de recursos humanos, reestructuracion del sistema de planificacion y modernizacion informatica. Articulo Segudo.- AUTORICESE al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica a ejecutar las acciones pertinentes para implementar en atencion al Articulo Primero de la presente Ordenanza Regional, el Proyecto Integral de Desarrollo Institucional que comprenden los componentes a que se refiere el precitado articulo, a cuyo efecto debera conformarse la Comision Tecnica encargada de formular el citado Proyecto. Articulo Tercero.- OTORGAR un plazo de treinta (30) dias calendario contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza Regional, para la MORDAZA ante el Consejo Regional del perfil del Proyecto Integral de Desarrollo Institucional, que comprenda el MORDAZA de modernizacion de la gestion publica del Gobierno Regional de Huancavelica. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion.

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