Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

No cumplir con registrar el ganado porcino. Realizar la crianza de cerdos en botaderos, rellenos sanitarios, zonas intangibles, zonas arqueologicas, reservas naturales y zonas no autorizadas para este fin. Alimentar con residuos solidos provenientes de domicilios, industrias o establecimientos de salud, alimentos contaminados, descompuestos y peligrosos. No contar con el equipo para el tratamiento termico de los restos de comida (pailas y quemadores). No contar con la acreditacion sanitaria otorgada por el Ministerio de Salud y SENASA. DE LA SANIDAD ANIMAL, SANEAMIENTO Y COMERCIALIZACION: No aplicar el calendario de vacunacion y desparasitacion. No reportar la enfermedades infecciosas, parasitarias y las zoonosis a las autoridades competentes. Sacrificar y comercializar cerdos y subproductos de procedencia clandestina o animales muertos por enfermedad o por accidente. Realizar la comercializacion de carne de cerdos, sin contar con las guias correspondientes emitidas por camales autorizados. Transportar cerdos sin la autorizacion y cuarentena correspondiente. DEL SANEAMIENTO AMBIENTAL, ACOPIO Y TRANSPORTE DE RESTOS DE COMIDA: Utilizar plasticos, llantas y basura como combustible. Realizar la quema, a MORDAZA abierto, de los productos resultantes de la actividad de crianza. Incumplir con las disposiciones relativas al saneamiento de los MORDAZA y la disposicion. No utilizar agua potable o tratadas para las actividades de crianza y saneamiento. Disposicion inadecuada de residuos solidos y excretas. Acopiar o transportar restos de comida procedente de botaderos, hospitales, establecimientos de salud e industrias no alimenticias. No contar con la autorizacion correspondiente, para el acopio y transporte de restos de comida. OTRAS INFRACCIONES DE CARACTER ADMINISTRATIVO: Impedir la realizacion de las inspecciones sanitarias o agredir fisica o verbalmente a la autoridad, funcionario o trabajador municipal, independientemente de la responsabilidad civil y/o penal respectiva. No proporcionar informacion o entregar informacion falsa a la autoridad competente. GERENCIA DE SERVICIOS A LA MORDAZA Y MEDIO AMBIENTE: 1.- RESIDUOS SOLIDOS DEL AMBITO DE LA GESTION MUNICIPAL Y ORNATO. · Por arrojar residuos solidos de cualquier origen en espacios publicos y en zonas no autorizadas. · Por ensuciar las vias publicas como resultado de las actividades del comercio ambulatorio, transporte y otras actividades urbanas. · Por dedicarse a la cria y comercializacion de animales en zonas residenciales R4, causando riesgos a la salud y generando residuos organicos. · Por criar animales para el comercio, sin la autorizacion sanitaria y licencias correspondientes. · Por sacar la basura en horarios no establecidos por la Municipalidad. · Por segregar, almacenar y comercializar residuos solidos de cualquier origen, en lugares incompatibles con la zonificacion municipal. · Por generar residuos solidos, producto de actividades publicas. · Por deteriorar el mobiliario MORDAZA de la MORDAZA, pegar cartelones, letreros, afiches, pintas y realizar inscripciones al mobiliario. · Por obstaculizar las vias publicas producto de actividades comerciales. · Por realizar pintas y pegar carteles en los postes, fachadas de espacios publicos. · Por abandonar en la via publica objetos y autos inservibles.

· Por no usar toldos u otro material de proteccion para evitar la dispersion de material de construccion y de cualquier MORDAZA de material particulado al ambiente. · Por incinerar residuos solidos en la via publica. · Por incinerar residuos generados dentro de las viviendas, comercio o industria, sin condiciones tecnicas. · Por ensuciar con residuos de centros de comercializacion de lubricantes las calles, veredas, zonas de aislamiento y retiro municipal. 2.- RESIDUOS SOLIDOS DEL AMBITO DE GESTION NO MUNICIPAL (NO PELIGROSOS). · Por comercializar y realizar cualquier operacion con residuos solidos, sin el registro de DIGESA. · Por transportar residuos solidos sin ser una EPS- RS o EC-RS, registrada en DIGESA. · o contratar a una EPS­RS o una EC-RC, para evacuar sus residuos solidos no peligrosos. · Por producir algun derrame al realizar sus operaciones y transporte de residuos liquidos y solidos no peligrosos. · Por no remitir a la autoridad de salud de la jurisdiccion, el informe mensual de operador (EPS-RS, EC-RS). · Por no realizar la declaracion de manejo de residuos a la autoridad competente de su sector (generador). · Por transportar residuos solidos sin un plan de contingencia. · Por no realizar la disposicion final de los residuos en un relleno sanitario. · Por incinerar residuos industriales en la via publica. 3.- RESIDUOS SOLIDOS DEL AMBITO DE GESTION NO MUNICIPAL PELIGROSOS. · Por arrojar residuos solidos peligrosos en espacios publicos y en lugares no autorizados. · Por abandonar residuos solidos peligrosos en espacios publicos y en lugares no autorizados. · Por no acondicionar debidamente, como generador los residuos solidos peligrosos, de acuerdo a su naturaleza fisica, quimica y biologica. · Por no contar con un plan de contingencia como generador para el manejo de sus residuos solidos y liquidos. · Por transportar residuos solidos peligrosos, sin la autorizacion del Ministerio de Transporte. · Por transportar residuos y materiales peligrosos, sin un plan de contingencia. · Por transportar residuos solidos peligrosos, sin ser EPS- RS registrada en DIGESA. · Por no contratar a una EPS­RS o una EC-RC, para evacuar sus residuos solidos peligrosos. · Por producir algun derrame o accidente, al realizar sus operaciones y transporte de residuos liquidos y solidos peligrosos. · Por no contar con el manifiesto de manejo de residuos solidos peligrosos. · Por no realizar la disposicion final de los residuos peligrosos en un relleno de seguridad. · Queda prohibido la incineracion de residuos peligrosos, sin condiciones tecnicas. 4.- MANEJO (MATPEL) DE MATERIALES PELIGROSOS

· Por arrojar materiales peligrosos en espacios publicos y en lugares no autorizados. · Por dedicarse a la produccion, almacenaje y comercializacion de MATPEL en zonas residenciales R4, causando riesgos a la salud y riesgos de incendios. · Por abandonar materiales peligrosos en espacios publicos y en lugares no autorizados. · Por no acondicionar debidamente como generador, productor y comercializador los materiales peligrosos, de acuerdo a su naturaleza fisica, quimica y biologica. · ¨Por no contar con un plan de contingencia, como generador y comercializador para el manejo de sus materiales peligrosos. · Por operar sin acondicionamiento del lugar de almacenamiento para MATPEL y sin plan de contingencia, ni con las normas de seguridad establecidas por ley. · Por operar y comercializar con materiales peligrosos sin los permisos municipales y del sector correspondiente. · Por no contar con un plan de contingencia, como

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