Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2007 (05/10/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

354854
6. Monitoreo y Evaluacion del MORDAZA

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

Pasos Indicadores MORDAZA de Ordenanzas Numero de Gobiernos Regionales Regionales que aprueba Requisitos que han presentado Ordenanzas Generales. Regionales Numero de Ordenanzas Regionales por Gobierno Regional Elaboracion de las Actas de Entrega Sectores del Gobierno Nacional que han presentado Actas de Entrega Elaboracion de las Actas de Recepcion Numero de Gobiernos Regionales que han presentado Actas de Recepcion Elaboracion de Informes Finales: Sectores del Gobierno Nacional que han presentado Informes Finales Numero de Funciones Sectoriales Efectivizadas Convenios de Gestion: Numero de Convenios de Gestion suscritos por sectores y Gobiernos Regionales.

requisitos fitosanitarios para la importacion de esquejes enraizados de alcachofa (Cynara scolymus) procedentes de Italia; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27322 Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, se establece que la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados capaces de introducir o propagar plagas, deberan sujetarse a las disposiciones que establezca el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, como Autoridad Competente; Que, de conformidad con el Articulo 36º del Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, Reglamento General de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, los requisitos fitosanitarios aplicables a la importacion de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, deberan ser aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea correspondiente; Que, la empresa Trillium Agro del Peru S.A.C., interesado en la importacion de esquejes enraizados de alcachofa (Cynara scolymus) de Italia, remitio con fecha 15 de diciembre de 2005 la informacion tecnica del cultivo para iniciar el respectivo ARP, por lo que, la Unidad de Analisis del Riesgo de Plagas ­ UARP del SENASA inicio el estudio correspondiente, con la finalidad de identificar los requisitos fitosanitarios aplicables a la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio, se ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios de cumplir para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establezcanse los siguientes requisitos fitosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de esquejes enraizados de alcachofa (Cynara scolymus) procedentes de Italia: 1. El envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el que se consigne: 2.1. Declaracion adicional: 2.1.1. Los esquejes proceden de planta madres, las cuales han sido certificadas por la ONPF de Italia, las cuales se han encontrado libre de Artichoke Italian latent virus, Artichoke mottled crinkle virus, Artichoke yellow ringspot virus, Broad bean wilt virus, Pelargonium zonate spot virus, Tobacco rattle virus y Turnip mosaic virus. 2.1.2. Los esquejes proceden de lugares de produccion que han sido inspeccionados por la ONPF de Italia durante el periodo de crecimiento activo del cultivo y encontradas libres de Rhizobium rhizogenes y Xanthomonas cynarae. 2.1.3. El producto libre de: Aceria neocynarae, Agrotis segetum, Brachycaudus cardui, Cleonis pigra, Depressaria erinacella, Gortyna flavago, Gortyna xanthenes, Longidorus apulus, Longidorus attenuatus, Longidorus fasciatus, Rosellinia necatrix y Pratylenchus penetrans, previo diagnostico fitosanitario del laboratorio. 2.2. Tratamiento de inmersion pre embarque con: 2.2.1. Diazinon 0.5 %o + Benomyl 0.1% + un Nematicida a base de Fenamiphos (dosis: 1.6 g de ingrediente activo por litro de agua por 30 minutos), o 2.2.2. Cualesquiera otros productos de accion equivalente. 3. Las plantas deberan venir a raiz desnuda sin hojas. Si las raices vienen con sustrato, este debe encontrarse libre de plagas fitofagas y ser consignado en el Certificado Fitosanitario. 4. Esta prohibido el transporte del producto sobre sustratos de origen vegetal (musgo, viruta, aserrin, turba,

7. Caso Especial de MORDAZA Metropolitana A traves de la Comision Bipartita Especial para el caso de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la presente directiva podra tomarse en su totalidad o parte de la misma, segun dicha instancia lo considere pertinente. 8. Disposiciones Complementarias 8.1 Los documentos asociados a los procedimientos especificos establecidos en el item 5 de la presente Directiva, deberan ser visados unicamente por las Oficinas de Asesoria Legal, las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto y las Oficinas de Descentralizacion o quien haga sus veces, tanto de los Ministerios como de los Gobiernos Regionales; asi mismo, refrendados unicamente por los Presidentes de las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia. Los Titulares del Pliego pueden considerar la suscripcion de los documentos senalados en el item en mencion. 8.2 Todo aquello que no este previsto en la presente Directiva, sera definido por acuerdo mutuo de las partes involucradas en el MORDAZA de transferencia. En caso de presentarse alguna controversia, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros sera el organo dirimente. 8.3 Los documentos modelos, senalados en la presente Directiva estaran disponibles en la pagina web www.pcm.gob.pe/sd . 8.4 Para el caso de la transferencia a los Gobiernos Locales, la presente directiva podra tomarse en su totalidad o parte de la misma, segun sea pertinente. MORDAZA PANGO VILDOSO Secretario de Descentralizacion 116531-1

AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de esquejes enraizados de alcachofa procedentes de Italia
RESOLUCION DIRECTORAL N° 41-2007-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 3 de octubre de 2007 VISTO: El Informe Tecnico Nº 01/2007-AG-SENASA-DSV/ SARVF de fecha 13 de MORDAZA de 2007, el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.