Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2007 (05/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
DECRETA:

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

Articulo 1º.- Dar por concluida la encargatura del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA efectuada mediante Resolucion Ministerial Nº 195-2007-MIMDES, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- El servidor al que se refiere el articulo anterior debera retornar a la plaza de origen de la cual es titular. Articulo 3º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA, en el cargo de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Unidad Administrativa del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF asi como a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 116857-1

Articulo 1º.- Precisar que la Comision Tecnica a la que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0122005-PRODUCE, estara integrada por: - El Director Regional de la Produccion o quien haga sus veces en cada Region, quien la presidira. - Un representante de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales de cada Region, de acuerdo a lo siguiente: Para Arequipa: Sindicato de Pescadores de la provincia de Islay - Mollendo. Para Moquegua: Sindicato Unico de Pescadores Artesanales Buzos Civiles del Puerto de Ilo. Para Tacna: Sindicato de Pescadores Artesanales y Anexos de MORDAZA MORDAZA - Tacna. - Un representante de la Asociacion de Productores de Harina y Aceite de Pescado del Sur del Peru - APROSUR, quien se acreditara ante el Presidente de la Comision. - El Gerente de Desarrollo Economico o quien haga sus veces en cada Region. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de la Produccion.

PRODUCE
Precisan conformacion de la Comision Tecnica a la que se refiere el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 012-2005PRODUCE
DECRETO SUPREMO Nº 019-2007-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2005-PRODUCE se establece que los aportes que forman parte del Fondo de Desarrollo y Modernizacion de la Pesca Artesanal del Litoral Sur FONDEMPASUR deben ser destinados a los distintos Programas de Promocion y Desarrollo de la Actividad Pesquera Artesanal que pudiese ejecutar el Gobierno Regional, o las Direcciones Regionales de Pesqueria o Produccion, en beneficio de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales del litoral de las Regiones de MORDAZA, MORDAZA y Tacna; senalandose en el articulo 2º que su distribucion se debera efectuar en partes iguales a los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA y Tacna; Que, mediante el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 012-2005-PRODUCE se establece que la aprobacion de los referidos Programas de Promocion y Desarrollo de la Actividad Pesquera Artesanal, asi como la supervision del uso y destino de los aportes al fondo, estaran a cargo de una Comision Tecnica integrada por el Director Regional de Produccion de cada Gobierno Regional, un representante de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales de cada Gobierno Regional y un representante de la Asociacion de Productores de Harina y Aceite de Pescado del Sur del Peru - APROSUR; siendo que mediante el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0012006-PRODUCE se incorpora en dicha Comision Tecnica al Gerente de Desarrollo Economico de cada Gobierno Regional; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 010-2007AREQUIPA se modifica la Estructura Organica y del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, por lo que a fin de permitir que los cambios de estructura organica que pudieran darse en las Regiones no afecten el desarrollo de las actividades que la referida Comision Tecnica realiza en beneficio de la comunidad pesquera artesanal, resulta necesario precisar su conformacion; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo;

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de octubre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 117194-5

Aceptan donaciones de equipos y materiales efectuadas a favor del FONDEPES
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 302-2007-PRODUCE MORDAZA, 28 de setiembre de 2007 Vistos: el Informe (Donacion) Nº 00065-2007PRODUCE-OGPP-Octai de la Oficina de Cooperacion Tecnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, el Informe Tecnico Nº 792-2007-FONDEPES/DE del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y el Informe Nº 0302007-PRODUCE/OGAJ-EAF de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de MORDAZA de 2006, los Gobiernos del Japon y del Peru suscribieron las Notas Reversales Nºs. O-1A/057/2006 y APCI (DE) 6-18/011, a efectos de ejecutar el "Proyecto de Ampliacion y Modernizacion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara", el mismo que seria financiado por el Gobierno del Japon mediante una donacion de ¥ 298 000 000.00 (Doscientos Noventa y Ocho Millones y 00/100 de yenes japoneses); Que, adicionalmente a ello, con fecha 1 de agosto de 2006, los Gobiernos del Japon y del Peru suscribieron las Notas Reversales Nºs. O-1A/127/2006 y APCI (DE) 6-18/023, a efectos que el Gobierno del Japon efectue una cooperacion economica adicional para la ejecucion del referido "Proyecto de Ampliacion y Modernizacion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara", hasta por la suma de ¥ 1 022 000 000.00 (Mil Veintidos Millones y 00/100 de yenes japoneses); Que, mediante Notas Reversales Nºs. 0-1A/030/07 y APCI (DE) 6-18/005 del 13 de febrero de 2007 y 01A/031/07 y APCI (DE) 6-18/006 del 15 de febrero de 2007, los Gobiernos del Japon y del Peru acordaron suprimir y reemplazar el numeral 6 (1) (d) del Canje de Notas vigente, a efectos de especificar que la entidad beneficiada con la donacion asumira con cargo a su

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