Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2008 (29/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2008

funcion al MORDAZA de Conservacion del Acto sustentado en las consideraciones precedentes; Que, para estos efectos habra de tener en consideracion que, para el caso que nos ocupa, el vicio no resulta trascendente y, por tanto, se aplica el articulo 14 de la Ley Nº 27444, en razon a que aun cuando el Comite Especial hubiera decidido suspender el Otorgamiento de la Buena Pro a fin de pedir autorizacion al Titular de Pliego, no se hubiera impedido o cambiado el sentido de la decision final de otorgar la Buena Pro al Contratista en el referido Concurso Publico, aun cuando su Propuesta Economica superaba el monto del Valor Referencial; Que, con relacion a la eventual responsabilidad que pudiera corresponder y asumir a los miembros del Comite Especial de acuerdo con lo establecido en el numeral 14.3 del articulo 14 de la Ley Nº 27444 concordante con el articulo 24 del TUO de la Ley, resulta pertinente indicar que la misma debera ser evaluada en funcion a lo que establece la excepcion que indica la citada MORDAZA, esto es que la enmienda se produzca sin pedido de parte y MORDAZA de su ejecucion; Que, es preciso mencionar que si bien la conservacion del otorgamiento de la Buena Pro y la aprobacion de la asignacion suficiente de recursos son dos actos diferenciados, en atencion al MORDAZA de Economia previsto en el numeral 6 del articulo 3 del TUO de la Ley, se ha considerado concentrar ambos en un solo acto administrativo, debiendo tenerse en cuenta que la aprobacion de la conservacion del acto debe realizarse mediante Resolucion Ministerial, puesto que dicha facultad que es consecuencia de la Declaracion de Nulidad de Oficio es indelegable, de acuerdo con el articulo 57 del TUO de la Ley; Que, si bien la facultad para aprobar la asignacion suficiente de recursos ha sido delegada en el Secretario General de acuerdo con el literal e) del articulo 5 de la Resolucion Ministerial Nº 008-2008-VIVIENDA, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 058-2008VIVIENDA, el Despacho Ministerial puede reasumir dicha facultad por avocacion y con el debido sustento, en via de aplicacion analogica de los articulos 67, 69 y 70 de la Ley Nº 27444, de acuerdo a lo previsto en el articulo IV del Titulo Preliminar del Codigo Civil; Que, asimismo, estando a lo dispuesto en el numeral 7.4 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE - "Publicacion de Avisos Referidos a Procesos de Seleccion", aprobada por Resolucion Nº 118-2001/ CONSUCODE/PRE, y en razon a que la conservacion del acto deviene de la declaracion de nulidad de oficio, la Resolucion respectiva debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los cinco (5) dias habiles de su expedicion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, asi como en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conservar el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 001-2007-VIVIENDAOGA-UE001 - "Contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia para los Locales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento", a la empresa SECURITY ZAK S.A., efectuado por el Comite Especial en el acto publico llevado a cabo el dia 10 de enero del 2008, en contravencion de lo establecido en el articulo 33 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Aprobar la Asignacion Suficiente de Recursos para la Buena Pro del Concurso Publico Nº 0012007-VIVIENDA-OGA-UE001 - "Contratacion del Servicio

de Seguridad y Vigilancia para los Locales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento", otorgada a la empresa SECURITY ZAK S.A. y hasta por la suma de S/. 58,316.35 (Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Dieciseis con 35/100 Nuevos Soles). Articulo 3º.- Encargar al Viceministro de Construccion y Saneamiento efectuar las acciones necesarias para determinar las responsabilidades a que hubiera lugar. Articulo 4º.- Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 194266-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Designan integrantes de la Sala Penal Nacional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 072-2008-CE-PJ MORDAZA, 26 de marzo 2008 VISTO: El Oficio Nº 006-2008-VC-SPN cursado por el Vocal Coordinador de la Sala Penal Nacional, proponiendo la designacion de las doctoras MORDAZA MORDAZA Castaneda Otsu y Miluska MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular y Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, respectivamente, como Vocales de la Sala Penal Nacional; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 045-2008-CE-PJ de fecha 14 de febrero del ano en curso, este Organo de Gobierno amplio la competencia material de la Sala Penal Nacional y de los Juzgados Penales Supraprovinciales de MORDAZA, para conocer procesos por delitos de terrorismo, trafico ilicito de drogas, MORDAZA de activos, secuestro y extorsion; con las precisiones establecidas en la mencionada resolucion; Segundo: Que, al respecto, el Vocal Coordinador de la Sala Penal Nacional informa que la carga procesal se viene incrementando por la remision de expedientes de las diferentes MORDAZA y Juzgados a nivel nacional; lo que ha determinado la necesidad de constituir un Colegiado adicional para dar atencion oportuna a los expedientes, motivo por el cual propone la designacion de las mencionadas magistradas; En consecuencia, existiendo razones justificadas, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a las doctoras MORDAZA MORDAZA Castaneda Otsu y Miluska MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Titular y Juez Especializado Penal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, respectivamente, como integrantes de la Sala Penal Nacional. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina

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