Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2008 (17/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

385330

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2008

competencias, asi como la transferencia del presupuesto a las municipalidades participantes en la Municipalizacion de la Gestion Educativa. - Priorizara la estrategia de Municipalizacion de la Gestion Educativa en los distritos del ambito de la DRE, en un accionar concertado con las municipalidades y los Consejos Educativos Municipales. - Constituira un Comite de Evaluacion de acuerdo con lo establecido para el comite de evaluacion de la Unidad de Gestion Educativa Local, en cuanto sea aplicable, segun lo senalado por la Novena Disposicion Complementaria del Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 0032008-ED, de la Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial, Ley N° 29062. 7.2.6 Responsabilidad Funcional Los funcionarios y servidores publicos que incumplan las normas y directivas establecidas en el MORDAZA de municipalizacion incurren en las faltas senaladas en el Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005-PCM, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que pudieran incurrir. VIII. NORMAS TRACION ESPECIFICAS DE ADMINIS-

para los Profesores comprendidos en la MORDAZA del Profesorado y de la MORDAZA Publica Magisterial. - Se debe precisar que solo proceden destaques de personal titular (nombrado), previa opinion favorable de las entidades de origen y de destino, accion autorizada mediante resolucion emitida por la entidad de origen, percibiendo sus remuneraciones correspondientes en su plaza de origen. - Corresponde al titular de la instancia de gestion educativa descentralizada donde presta servicios el trabajador, conforme a las normas de austeridad de la Ley de Presupuesto, a la necesidad institucional, el cumplimiento del servicio educativo y al interes de la comunidad educativa, evaluar y autorizar las solicitudes de destaque, bajo responsabilidad funcional, considerando la improcedencia de generar un contrato por remplazo del titular. 8.4 Control de asistencia y permanencia

8.1 Gestion en materia de personal - En materia de personal, la gestion del personal administrativo se encuentra regulado por el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, como Regimen General del Sector Publico, y las normas complementarias que emite el Sector, en el MORDAZA de sus competencias establecidas. - Las carreras de Regimen Especifico, en este caso la MORDAZA del Profesorado y la MORDAZA Publica magisterial, se encuentran regulados por la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, y la Ley Nº 29062, que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial y sus respectivos reglamentos, asi como las normas complementarias que emita el Sector para cada fin. 8.2 Ingreso de personal

- Cada IE implementa el Control de Asistencia y Permanencia a traves del Reglamento Interno en coordinacion con la comunidad educativa para que los docentes, con el apoyo y control mutuo, trabajen las horas establecidas. - Los Directores y Subdirectores supervisan la asistencia y puntualidad a la IE y a las clases. Asimismo, son responsables, en la IE publica, de garantizar el cumplimiento de las normas y procedimientos para el control de la asistencia, permanencia, comportamiento laboral y cumplimiento de la labor efectiva de su personal, sin excluir la responsabilidad que corresponde a cada trabajador, y de informar la asistencia e inasistencia a la instancia de gestion educativa descentralizada del ambito local ­ UGEL correspondiente el ultimo dia habil del mes, con la finalidad de procesar los descuentos oportunamente. - El Director de la IE publica informara al Area/ Equipo de Personal de la DRE/UGEL cada fin de mes sobre la asistencia del personal, asi como las tardanzas, inasistencias y permisos de los trabajadores a su cargo, a efectos de la aplicacion de los descuentos correspondientes. Excepcionalmente, las DRE/UGEL estableceran los plazos para las IE que por su ubicacion geografica se encuentren imposibilitadas de remitir oportunamente dicha informacion. La no MORDAZA de la informacion conlleva una sancion, previo MORDAZA administrativo disciplinario. 8.5 Racionalizacion del Personal

- El ingreso al sector puede ser por nombramiento (servidor de carrera) o contratacion de personal, siendo este ultimo un vinculo laboral temporal para lo cual se emitiran Directivas especificas. - Considerando las normas de austeridad en las acciones de personal, establecidas en la Ley de Presupuesto, se encuentra prohibido efectuar nombramientos de servidores en el Sector Publico, salvo autorizacion expresa con rango de Ley, cuyo reglamento establecera los procedimientos y requisitos para participar en dicho concurso publico. - Solo procede la contratacion por servicios personales, en las plazas vacantes presupuestadas y por reemplazo temporal de personal titular. Los contratados en plaza vacante solo mantienen vinculo laboral MORDAZA hasta el 31 de diciembre de cada ano, y los contratos por reemplazo de titular ausente quedan resueltos automaticamente una vez finalizado el plazo de la labor para la cual fue contratado el servidor. - Los procesos de contratacion de servidores administrativos y personal docente se efectuan, dentro del procedimiento de evaluacion establecido anualmente por el MED mediante Directiva especifica, como parte de su politica sectorial, el cual es de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado involucradas, en todos los niveles de gobierno. 8.3 Desplazamiento de personal Son las acciones de desplazamiento siguientes: - Las acciones administrativas de desplazamiento de los servidores (designacion, rotacion, reasignacion, destaque, permuta y encargo), se deben ejecutar necesariamente dentro del procedimiento, alcances y plazos establecidos en las normas legales y administrativas vigentes, tanto para los servidores de la MORDAZA Administrativa como

- La DRE/UGEL segun corresponda en coordinacion con el Gobierno Regional adopta las acciones de racionalizacion que garanticen la existencia de plazas y personal estrictamente necesario para atender la demanda del servicio educativo, en funcion de la necesidad institucional y a la carga docente o administrativa, determinando la excedencia o deficit de plazas, por reduccion de la carga docente o administrativa o incremento de la demanda educativa en las IE publicas, en conformidad con las disposiciones vigentes sobre racionalizacion de personal, MORDAZA que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 29035, concluyo el 11 de octubre de 2007. - La DRE/UGEL, segun corresponda, debera reubicar y reasignar al personal docente y administrativo excedentes por causal de racionalizacion, a fin de que el citado personal cuente con la resolucion que lo ubica en su nueva entidad de destino MORDAZA de iniciado el ano escolar, en virtud a lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley Nº 29035. Para tal efecto dicha accion debe estar acorde con la opinion y evaluacion dada por el Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto. 8.6 Infraestructura educativa

- La DRE y/o UGEL en coordinacion con la IE publica verifica y desarrolla acciones para la construccion, mantenimiento, reparacion y conservacion de la infraestructura educativa. - La DRE realiza todas las acciones destinadas a la recuperacion de los inmuebles de propiedad del MED, asi como ejecuta y supervisa, cuando sea el caso, las acciones de saneamiento registral de los bienes de propiedad del Sector.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.