Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2008 (08/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

366208

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2008

- MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - Pflucker MORDAZA, MORDAZA de los MORDAZA - Pinglo Tripi, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA de Baluarte, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - Sanez MORDAZA, MORDAZA Freddy - MORDAZA Bedregal, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Tribeno MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - Urteaga Goldstein, MORDAZA Rossana - MORDAZA Malaga, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Williams MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, Cenes - MORDAZA Orrillo, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - Zuazo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del MORDAZA Articulo 2º.- Las personas designadas en el articulo anterior podran, actuando individual o colectivamente: 2.1 Apersonarse en los procedimientos que correspondan, con las facultades y atribuciones siguientes: a) En materia administrativa: Presentar y ampliar, modificar y contestar escritos, participar en diligencias de toma de dicho y en general, presentar todo MORDAZA de peticiones, recursos y similares. b) En materia conciliatoria y arbitral: asistir a conciliaciones, formular pretensiones, y en general, presentar u contestar todo MORDAZA de peticiones, quejas, recursos y similares. c) En materia penal: Comunicar al Ministerio Publico cuando, en el curso de sus actuaciones administrativas, la Administracion Tributaria considere que existen indicios de la comision de delitos tributarios y/o delitos aduaneros. d) En embargos en forma de retencion ordenados por organos jurisdiccionales o administrativos donde la SUNAT sea organo de MORDAZA judicial o tercero retenedor: Presentar y retirar consignaciones, encontrandose legitimados para participar en diligencias de MORDAZA de dicho y en general presentar todo MORDAZA de peticiones, recursos y similares. 2.2 Defender los trabajadores que MORDAZA emplazados por el ejercicio de sus funciones, ante el Ministerio Publico y/o cualquier autoridad policial, politica, administrativa o judicial. Tratandose de denuncias por la presunta comision de delitos en agravio del Estado, la defensa se ejerce unicamente durante la etapa de investigacion pre-jurisdiccional, en tanto no se apersone en la misma el Procurador Publico Ad Hoc de la SUNAT. A tales efectos, los representantes a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion podran intervenir en todas las diligencias dispuestas por el Ministerio Publico. Asimismo, cuando corresponda, podran presentar todo MORDAZA de peticiones, recursos impugnativos, promover incidentes, deducir cuestiones previas, cuestiones prejudiciales, excepciones y, en general, ejercer todas las acciones que las normas procesales y similares permitan, en nombre de sus defendidos. Articulo 3º.- El Intendente y el Gerente de Reclamos de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, el Intendente Regional MORDAZA e Intendentes Regionales, los Intendentes de Aduanas, los Jefes de Oficinas Zonales, los Jefes de Division de Reclamos de la Intendencia Regional MORDAZA y de las Intendencias Regionales, los Jefes de Seccion de Reclamos de las Oficinas Zonales y los Jefes de Division y Departamento de Asesoria Legal de las Intendencias de Aduanas, o quienes MORDAZA sus veces, tienen la condicion de representantes y estan premunidos de las facultades mencionadas en el articulo precedente, siempre que estas MORDAZA ejercidas en defensa de los intereses de la SUNAT y de sus trabajadores que MORDAZA emplazados en el ejercicio regular de sus funciones. Articulo 4º.- Para proceder al desistimiento y conciliar cuando corresponda, los representantes indicados en los

articulos 1º y 3º de esta Resolucion requeriran, previa opinion favorable del Intendente Nacional Juridico, autorizacion escrita del Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos o del Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, segun corresponda, quien debera informar de este hecho al Superintendente Nacional. Articulo 5º.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 217-2004/SUNAT, 021-2005/ SUNAT, 168-2005/SUNAT, 232-2005/SUNAT y 0312007/SUNAT y demas disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Superintendente Nacional 162189-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban Ordenanza que reglamenta la construccion, el acondicionamiento y funcionamiento de la infraestructura universitaria para la provincia de MORDAZA
ORDENANZA Nº 1119 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero del ano 2008, los Dictamenes Nos. 273-2007-MMLCMDUVN, de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura y 19-2008-MML-CMAL de la comision Metropolitana de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA CONSTRUCCION, EL ACONDICIONAMIENTO, Y FUNCIONAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA UNIVERSITARIA PARA LA PROVINCIA DE MORDAZA CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- OBJETIVO: La presente Ordenanza tiene por objeto establecer normatividad sobre la materia, referente a la construccion y el funcionamiento de nuevas edificaciones para Universidades; asi como el acondicionamiento de la infraestructura que utilizaran o que vienen utilizando, a traves de disposiciones urbanisticas de ubicacion y diseno. Articulo 2º.- FINALIDAD: Tiene como finalidad garantizar que la infraestructura que alberga a una Universidad sea adecuada, consiguiendo que sirvan a su proposito, brindando no solo calidad de ensenanza, sino tambien seguridad a los estudiantes, docentes y publico en general. Articulo 3º.- AMBITO DE APLICACION: La presente Ordenanza es de observancia general y obligatoria en el ambito de la Provincia de Lima.

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