Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2008 (11/05/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

372124

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2008

los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44° de la Ley N° 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Tsiriari, distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junin. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA referida, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento y Defuncion, a la Oficina Registral acotada; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4°.- La Sub Gerencia acotada, proveera los Libros de Matrimonio, a la Oficina de Registros del Estado Civil senalada, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se conforme el Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262° del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase.EDUARDO MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 198122-6

de Recursos Humanos y a la Gerencia de Registro de Fiscales y al Despacho de la Fiscalia Suprema Transitoria en lo Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 198539-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan a La Positiva MORDAZA Seguros y Reaseguros el cierre de oficina especial ubicada en la provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1244-2008 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por LA POSITIVA MORDAZA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autorice el cierre de una oficina especial ubicada en Av. Revolucion , Sector 2, Grupo 10, C.C. Sesquicentenario, Tienda 11, 1º Piso, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del numeral 5.1.1 de la Resolucion SBS Nº 775-2008 de fecha 26 de marzo de 2008, la empresa ha cumplido con solicitar autorizacion previa a esta Superintendencia para el cierre de su oficina especial; Estando a lo informado por el Departamento de Analisis y Supervision del Sistema de Seguros "A", mediante Informe Nº 042-2008-ASSSA; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Resolucion SBS Nº 775-2008; y, en virtud de las facultades delegadas en la Resolucion SBS Nº 1096-2005 de fecha 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorian a LA POSITIVA MORDAZA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de una oficina especial ubicada en Av. Revolucion , Sector 2, Grupo 10, C.C. Sesquicentenario, Tienda 11, 1º Piso, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 198458-1

MINISTERIO PUBLICO
Prorrogan vigencia de la Fiscalia Suprema Transitoria en lo Civil
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 047-2008-MP-FN-JFS MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Junta de Fiscales Supremos Nº031-2008-MP-FN-JFS, de fecha 7 de febrero del ano 2008, se creo la Fiscalia Suprema Transitoria en lo Civil, por el plazo de tres meses contados a partir de la fecha de la publicacion de la citada resolucion. Que, en la actualidad conforme se advierte de la informacion recopilada, resulta necesario prorrogar el funcionamiento de la Fiscalia Suprema Transitoria en lo Civil por un periodo adicional de tres meses. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico y en cumplimiento del Acuerdo Nº 1107 adoptado en sesion ordinaria de Junta de Fiscales Supremos del 5 de MORDAZA del 2008. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Fiscalia Suprema Transitoria en lo Civil, por el plazo de tres meses, debiendose contar a partir del 13 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- DISPONER que la Gerencia General del Ministerio Publico adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a la Gerencia General, a la Gerencia Central

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.