Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2008 (11/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos: US$ 200,00 x 09 dias Pasajes: US$ 110,67 (por modificacion de fecha de retorno)

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atencion al Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC, para que interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra los que resulten responsables por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.Remitase lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 198122-5

Articulo Tercero.- Los citados profesionales presentaran a la Alta Direccion un informe sobre las actividades realizada dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes de concluida la comision de servicios, sin perjuicio de los documentos que se emitan como producto de la realizacion de la Auditoria Conjunta. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 198933-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la Fe Publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 254-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2008 VISTOS: El Oficio Nº 786-2008/GP/RENIEC, y el Informe N° 000267-2008-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la informacion recabada por la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que las personas que se identificaron indebidamente como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FREDY MORDAZA HUAYTO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad, se presentaron y tramitaron inscripciones irregulares en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; Que, se ha establecido que los ciudadanos en mencion no identificados plenamente, promovieron procedimientos destinados a obtener su inscripcion ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, presentando para ello copias certificadas de Partidas de Nacimiento supuestamente asentada ante diversas Oficinas de Registro del Estado Civil; las mismas que segun informacion proporcionada por las propias entidades no se encuentran inscritas; Que, realizada la verificacion documental correspondiente y de los hechos MORDAZA descritos, se desprende que el comportamiento realizado por los ciudadanos detallados en el Informe del Visto, se encuentra tipificado como delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos, previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente;

Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Tsiriari
RESOLUCION JEFATURAL N° 257-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2008 VISTOS: El Informe N° 000273-2008/SGGTRC/ GRC/RENIEC, de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe N° 000102-2008-GRC/ RENIEC, de la Gerencia de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, segun el cual, el Sistema Registral esta conformado por los organos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos de inscripcion, encontrandose encargadas, las Oficinas Registrales, del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, siendo facultad de la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refieren los Informes del Visto, ha formalizado expediente para delegacion de funciones registrales, el cual ha sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico normativo en materia registral, correspondiendo aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional respectiva; Que, el Articulo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada Comunidad MORDAZA debe existir una Oficina de Registro de Estado Civil, disponiendo el Art. 262° del Codigo Civil que el matrimonio en las Comunidades Nativas, se tramita y celebra ante un Comite Especial, respecto a lo cual, la Comunidad MORDAZA Tsiriari, no ha presentado Acta de Conformacion de dicho Comite, por lo que la remision de libros para ese efecto, se efectuara una vez que se acredite la conformacion acotada; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en

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