Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2008 (11/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2008

EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA POLITICA REGIONAL DE SALUD PRIORIZANDO LA MORDAZA DE VACUNACION CONTRA LA HEPATITIS B EN LA REGION HUANCAVELICA Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico con autonomia politica, economica y administrativa teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, la Carta Magna prescribe que todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. El Estado determina la Politica Nacional de Salud. El Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion. Es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el equitativo a los servicios de Salud; de la misma manera establece que toda persona tiene derecho a su integridad moral, psiquica y fisica; y a su libre desarrollo y bienestar. Que, estando a lo senalado en la Ley Nº 26842 Ley General de Salud; Ley Nº 27657 - del Ministerio de Salud; Ley Nº 28010 ­ Ley General de Inmunizaciones del Ministerio de Salud de fecha treinta de MORDAZA del dos mil tres; Resolucion Ministerial Nº 183-2008/ MINSA que aprueba la Oficializacion de la MORDAZA de Vacunacion para el Control Acelerado de la Hepatitis B. Que, los Lineamientos de Politicas de Salud, establecen que es necesario incrementar sostenida y progresivamente las coberturas de inmunizaciones, impidiendo por consiguiente la circulacion del virus y bacterias quienes causan enfermedades inmunoprevenibles, tales como: poliomielitis, difteria, tos ferina, tetanos, sarampion, paperas, rubeola, Hepatitis B y fiebre amarilla, fortaleciendo asimismo el control de las mismas. Que, siendo la Hepatitis B una enfermedad prevalente en nuestro MORDAZA, la misma que genera entre otras enfermedades cancer al higado o cirrosis, se ha previsto desarrollar la MORDAZA de Vacunacion para el Control Acelerado de la Hepatitis B disponiendose a nivel nacional la aplicacion de tres (03) dosis de la vacuna contra esta enfermedad, la poblacion comprendida entre 2 y 19 anos y poblacion del grupo de riesgo. Que, en virtud de lo expuesto, y en concordancia con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional, la Ley de Bases de la Descentralizacion numero veintisiete mil setecientos ochenta y tres, Ley Organica de Gobiernos Regionales numero veinte siete mil ochocientos sesenta y siete en su articulo cuarenta y nueve, y sus respectivas modificatorias, amparadas en la Constitucion Politica del Estado; es necesario emitir una Ordenanza Regional que priorice la MORDAZA de vacunacion para el control acelerado de la Hepatitis B a nivel de la Region Huancavelica. Que, en virtud de lo expuesto, y en concordancia con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional, la Ley de Bases de la Descentralizacion numero veintisiete mil setecientos ochenta y tres, Ley Organica de Gobiernos Regionales numero veinte siete mil ochocientos sesenta y siete en su articulo cuarenta y nueve, y sus respectivas modificatorias, amparadas en la Constitucion Politica del Estado; es necesario emitir una Ordenanza Regional que priorice la MORDAZA de vacunacion para el control acelerado de la Hepatitis B a nivel de la Region Huancavelica.

Que, para la materializacion de los objetivos de la MORDAZA de vacunacion contra la Hepatitis B, con la dacion de la presente Ordenanza Regional, se pretende impulsar, priorizar y garantizar el exito de esta MORDAZA con involucramiento y participacion de los Gobiernos Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menores, Organizaciones Civiles, Fuerzas del Orden y otras Instituciones; que son parte del contexto regional. Que, el Articulo 38° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. En uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; ORDENA:

Articulo Primero.- ESTABLECER como parte de las Politicas de Salud en el ambito de la Region Huancavelica la PRIORIZACION DE LA MORDAZA DE VACUNACION PARA EL CONTROL ACELERADO DE LA HEPATITIS B, en sus tres fases, con el lema "1..2...3 VACUNATE Y GANALE A LA HEPATITIS B, con 3 dosis gratuitas" dirigido a la poblacion de 2 a 19 anos y poblacion en riesgo (Trabajadores de salud, personas politransfundidos, trabajadores (as) sexuales, HSH, personas en centros de rehabilitacion drogodependientes, hombre y mujeres privados de su MORDAZA, poblacion de las fuerzas policiales, militares y estudiantes de areas de salud); con la aplicacion de 03 dosis segun el siguiente cronograma: 1ª Dosis: 1 al 30 de MORDAZA 2008 2ª Dosis: 1 al 30 de Junio 2008 3ª Dosis: 1 al 31 de Octubre 2008 Por lo que se establece lo siguiente: a) La vacunacion sera gratuita. b) Exhortar a las Gobiernos Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menores, Organizaciones Civiles, Fuerzas del Orden y otras Instituciones a efectos de participar activamente en los procesos inherentes a mantener inmunizadas a sus poblaciones, adoptando para ello estrategias en coordinacion con los Establecimientos de Salud de su jurisdiccion. c) Exhortar a los medios de comunicacion, radio, television y otros alternativos a que contribuyan en la difusion masiva sobre la importancia de la MORDAZA de vacunacion. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion Regional de Educacion INCORPORE informacion sobre la Hepatitis B en la curricula educativa de los diferentes niveles, a fin de que todos los docentes sensibilicen a la comunidad educativa de nuestra Region, estableciendo lo siguiente: a) Emitir y difundir una directiva para que todos los estudiantes de su jurisdiccion se vacunen y protejan contra la Hepatitis B. b) Brindar facilidades a las brigadas de vacunacion para el ingreso a las instituciones educativas. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica a los dos dias del mes de MORDAZA del dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada

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