Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2008 (26/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de noviembre de 2008

Que, es preciso senalar que el MORDAZA de contratacion a efectuarse se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC de SUNAT, correspondiente al ejercicio fiscal 2008, aprobado mediante Resolucion de Intendencia N° 023-2008/SUNAT y modificada por Resolucion de Intendencia N° 3572008/SUNAT; de igual forma, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con el literal u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar que la SUNAT se encuentra en situacion de desabastecimiento inminente de computadoras personales y portatiles. Articulo 2°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la adquisicion de novecientos cincuenta y seis (956) computadoras personales y doscientos treinta y nueve (239) computadoras portatiles, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3°.- El valor referencial de la adquisicion asciende a la suma total de S/. 6,333,810.00 (Seis millones trescientos treinta y tres mil ochocientos diez y 00/100 nuevos soles) que incluye los impuestos de ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de los bienes. Articulo 4°.- La fuente de financiamiento para dicha contratacion, corresponde a recursos directamente recaudados por la SUNAT, y el organo encargado de llevarla a cabo mediante las acciones inmediatas que correspondan es la Division de Compras de la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administracion. Articulo 5°.- Disponer que la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision; asi como su publicacion en el SEACE. Articulo 6°.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion a la Intendencia Nacional de Recursos Humanos para que inicie las acciones correspondientes a fin de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar, por lo expuesto en la parte considerativa de la misma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ORIGGI Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 282810-1

Inspecciones Tecnicas Vehiculares", y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025 ­ 2008 ­ MTC, publicados el 28 de MORDAZA y 24 de agosto del 2008, respectivamente, son inaplicables y han quedado derogadas las Ordenanzas Nº 506, Nº 694, Nº 1064 y Nº 1020. DEBE DECIR: ORDENANZA Nº 1187-A

Articulo 1º.- Declarar que por mandato de la Ley Nº 29237, "Ley que Crea el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares", y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025 ­ 2008 ­ MTC, publicados el 28 de MORDAZA y 24 de agosto del 2008, respectivamente, son inaplicables y han quedado derogadas las Ordenanzas Nº 506, Nº 694, Nº 1064 y Nº 1120. 281803-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban proyecto de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 260 Ate, 3 de noviembre de 2008 EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 11190 de fecha 18 de MORDAZA del 2001 seguido por la empresa CASAPRO S.R.L.; por el que solicita la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, para Uso Residencial de Densidad Media "R4", del terreno con un area de 8,000.00 m2 constituido por la Parcela Nº 10658, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 194º numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su Articulo Primero del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6.Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones Urbanas;

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 1187 Mediante Oficio Nº 2942-2008-MML-SGC, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 1187, publicada en nuestra edicion del dia 21 de noviembre de 2008. DICE: ORDENANZA Nº 1187 Articulo Primero.- Declarar que por mandato de la Ley Nº 29237, "Ley que Crea el Sistema Nacional de

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