Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2008 (26/11/2008)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de noviembre de 2008

N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por GENERALIMA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 00009911 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, GENERALIMA S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1816543, de fecha 29 de agosto de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Yacila, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en el distrito de Paita, provincia de Paita, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion, fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano" los dias 14 y 15 de octubre de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 2242008-DGE-DCE de fecha 29 de octubre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de GENERALIMA S.A.C., que se identificara con el codigo N° 27166508, para realizar estudios relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Yacila, para una capacidad instalada estimada de 100 MW, los cuales se realizaran en el distrito de Paita, provincia de Paita, departamento de MORDAZA, por un plazo de dos (2) anos contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE A B C D E ESTE 484 258,266 481 258,278 479 258,286 479 258,286 484 258,266 NORTE 9 427 362,055 9 427 362,055 9 425 362,064 9 424 362,068 9 420 362,083

vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 281898-1

Otorgan Concesion temporal a favor de GENERALIMA S.A.C., para realizar estudios relacionados a la actividad de generacion electrica en la futura Central Eolica Piura-Paita-Lote 2
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 542-2008-MEM/DM MORDAZA, 18 de noviembre de 2008 VISTO: El Expediente Nº 27166308, sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la Central Eolica Piura-Paita-Lote 02, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por GENERALIMA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 00009911 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, GENERALIMA S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 1816549, de fecha 29 de agosto de 2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Piura-Paita-Lote 02, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de La MORDAZA, MORDAZA Checa, MORDAZA, Catacaos y La MORDAZA, provincias de Paita, Sullana y MORDAZA, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, el aviso de peticion de concesion temporal que se indica en el primer considerando de la presente Resolucion, fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano" los dias 14 y 15 de octubre de 2008, en cumplimiento del articulo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe Nº 2222008-DGE-DCE de fecha 27 de octubre de 2008; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar concesion temporal a favor de GENERALIMA S.A.C., que se identificara con el codigo Nº 27166308, para realizar estudios relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Eolica Piura-Paita-Lote 02, para una capacidad instalada estimada de 300 MW, los cuales se realizaran en los distritos de La MORDAZA, MORDAZA Checa, MORDAZA, Catacaos y La MORDAZA, provincias de Paita, Sullana y MORDAZA, departamento de MORDAZA, por un plazo de dos (2) anos contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA

Articulo 3°.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1° de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto de la ejecucion de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano" por una sola

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