Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2009 (05/04/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

393880
PROVINCIAS

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 5 de MORDAZA de 2009

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHIGUA Acuerdo Nº 008-2009-MDP-E-C.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la ejecucion de la obra Construccion, Mejoramiento y Equipamiento de la Posta de Salud de Pichigua 393900 MUNICIPALIDAD DISTRITAL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANGALLO Acuerdo Nº 020-2009-MPC/CM.Fijan montos de remuneracion mensual del MORDAZA y de dietas de Regidores 393898 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO Acuerdo Nº 001-2009-MDC/CM.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de repuestos, accesorios, lubricantes y servicios de mano de obra para la reparacion y mantenimiento de volquete 393899

DE SAN MORDAZA MORDAZA R.A. Nº 038-2009-A-MDSJB.- Delegan a la Gerencia Municipal la facultad de aprobar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programatico 393902

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
MORDAZA plazo de conclusion del MORDAZA de fusion de INRENA e INADE e incorporan a las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna MORDAZA en el Ministerio de Agricultura
DECRETO SUPREMO Nº 010-2009-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 997, el Ministerio de Agricultura cumple con un rol rector-normativo del Sector Agrario y tiene entre sus funciones, establecer la Politica Nacional Agraria, dictar las politicas nacionales para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos forestales, la MORDAZA y la fauna, en concordancia con la Politica Nacional del Ambiente, regular y gestionar la infraestructura publica de uso agrario de caracter y alcance nacional y promover la ampliacion de las tierras dedicadas a la agricultura, fomentando el desarrollo de proyectos de irrigacion y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria, en coordinacion con los sectores e instituciones que corresponda, entre otros; Que, con el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio se ha creado la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA y la Direccion de Infraestructura Hidraulica, entre otros; Que, atendiendo a lo expuesto se aprobo mediante Decreto Supremo N° 030-2008-AG el MORDAZA de fusion del INRENA e INADE en el Ministerio de Agricultura; en ese MORDAZA, se hace necesario transferir el presupuesto, acervo documentario, bienes muebles, inmuebles, personal, etc., al Ministerio de Agricultura. Concluido dicho MORDAZA, las entidades fusionadas se extinguen; Que, para proceder a dichas transferencias, es necesario realizar acciones previas como, identificacion del presupuesto, la documentacion, de los bienes, etc., asi como la elaboracion del inventario de los mismos, la conciliacion de los balances de los estados financieros, y los cortes respectivos, a nivel nacional; Que, durante el MORDAZA de fusion las Comisiones de Transferencia encontraron dificultades para identificar la documentacion, bienes, etc., al elaborar los inventarios correspondientes, la conciliacion de los balances de los estados financieros, entre otros, del INRENA e INADE, lo que ha impedido ejecutar en su totalidad los procesos de fusion en el plazo establecido; Que, se ha constatado que al 31 de diciembre de 2008 no finalizo la transferencia de documentos, bienes,

presupuesto, etc., por lo que los procesos de fusion no podrian haber concluido, haciendose necesario establecer un MORDAZA plazo, toda vez que se debe asegurar el cumplimiento de las funciones, entre ellos la continuidad de la prestacion de servicios, asi como la ejecucion del plan de inversiones, especialmente aquellas que se encontraban en ejecucion al cierre del ejercicio 2008; Que, en el caso del INRENA quedan varias acciones para finalizar la transferencia de documentos, bienes, entre otros, por lo que el MORDAZA de fusion aun no ha concluido, a pesar de que el plazo ha vencido; Que, en el caso del INADE, el 19 de febrero de 2009 se publica la Ley N° 29323 con el que se aprueba la transferencia de partidas del INADE al Ministerio de Agricultura, con lo cual se concreta el tramo final del MORDAZA de fusion, el mismo que se da por concluido el 28 de febrero de 2009, fecha adoptada para el corte presupuestal respectivo, conforme lo senalado en el Informe Final de la comision Fusion INADE-MINAG y fecha en la que debe entenderse concluid el MORDAZA de fusion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007-AG se aprobo conforme a su articulo 2°, que el ejercicio por los Gobiernos Regionales, de las funciones especificas de los literales "e" y "q" del articulo 51º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, se efectuara siempre y cuando los Gobiernos Regionales que suscriban el Acta de Entrega y Recepcion, adecuen sus instrumentos institucionales y de gestion para ejercer dichas funciones, asi como que entre tanto INRENA continuara prestando los servicios relacionados a las mismas, y que el Gobierno Regional comunicara al Ministerio de Agricultura sobre la finalizacion de la adecuacion de sus instrumentos institucionales y de gestion, el que dictara la Resolucion Ministerial dando por concluida el MORDAZA de transferencia de las referidas funciones especificas; Que, bajo el MORDAZA de la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley N° 27783, que senala que la formalizacion definitiva de las transferencias se efectua mediante la suscripcion de Actas de Entrega y Recepcion, se tiene que respecto a la transferencia de las funciones especificas de los literales "e" y "q" del articulo 51º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, a la fecha, los Gobiernos Regionales han suscrito las respectivas actas de entrega y recepcion con el Ministerio de Agricultura, estando pendiente el Gobierno Regional del departamento de MORDAZA, de la Provincia Constitucional del Callao y de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la estructura organica del INRENA contemplaba en materia forestal y de fauna MORDAZA sedes desconcentradas, a cargo de un Administrador Tecnico Forestal y de Fauna MORDAZA, bajo dependencia del Intendente Forestal y de Fauna MORDAZA, quien proponia su designacion mediante Resolucion Jefatural; Que, en tanto los Gobiernos Regionales culminen de adecuar sus instrumentos institucionales y de gestion a fin de ejercer las funciones especificas transferidas de los literales "e" y "q" del articulo 51º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, resulta necesario mantener en ejercicio a las Administraciones Tecnicas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.