Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2009 (10/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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la reducida participacion de MORDAZA que podrian alcanzar las importaciones dominicanas en el ano 2009, e inclusive, en anos posteriores, considerando los hechos previsibles e inminentes expuestos en el Informe Nº 021-2009/CFD-INDECOPI. En consecuencia, sobre la base de la informacion que ha sido aportada por las partes y recogida por la Comision en el curso de la investigacion, se concluye que no resulta previsible ni inminente que se materialice el supuesto de dano alegado por la RPN y, por tanto, no existe amenaza de dano ni relacion causal posible. Por tanto, corresponde declarar infundada la solicitud formulada por Cementos MORDAZA para la aplicacion de derechos antidumping sobre las importaciones de cemento Portland gris originarias de la Republica Dominicana y producido por Cemex. Finalmente, no puede dejar de indicarse que la decision adoptada a traves de este pronunciamiento se MORDAZA en el analisis de los distintos indicadores economicos y financieros de la industria nacional, asi como en un estudio prospectivo de hechos previsibles e inminentes que podrian producirse en el MORDAZA nacional de cemento gris. En tal sentido, nada obsta para que, de producirse cambios significativos en los hechos que sirven de base al presente pronunciamiento, la industria nacional pueda invocar en su oportunidad la aplicacion de medidas de defensa comercial que correspondan conforme al MORDAZA normativo que rige la OMC. La evaluacion detallada de los puntos senalados anteriormente esta contenida en el Informe Nº 021-2009/ CFD-INDECOPI, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion, de acuerdo con lo establecido en el articulo 6.2 de la Ley Nº 27444, y es de acceso publico en el MORDAZA web del INDECOPI http://www.indecopi.gob.pe/. De conformidad con el Acuerdo Antidumping de la OMC, el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1033 y; Estando a lo acordado unanimemente en su sesion del 07 de MORDAZA de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundada la solicitud formulada por Cementos MORDAZA S.A. para la aplicacion de derechos antidumping sobre las importaciones de cementos Portland gris originarias de la Republica Dominicana, producido por Cemex Dominicana S.A. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a todas las partes apersonadas al procedimiento. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" por una (1) vez, de conformidad con lo establecido en el articulo 33º del Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM. Con la intervencion de los senores miembros de Comision: MORDAZA MORDAZA Piazza, MORDAZA Hooker MORDAZA, MORDAZA Aguayo Luy y MORDAZA MORDAZA Mendez. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA PIAZZA Presidente

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Nuestra Gente, para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial Permanente ubicada en la avenida San MORDAZA Nº 355, distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de la referida Oficina Especial Permanente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "A", mediante el Informe Nº 062-2009-DEM"A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005 del 25 de MORDAZA de 2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Nuestra Gente, la apertura de la Oficina Especial Permanente ubicada en la avenida San MORDAZA Nº 355, distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas

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Autorizan al HSBC Bank Peru la apertura de agencia en la provincia de Chiclayo
RESOLUCION SBS Nº 2076-2009
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el HSBC Bank Peru, para que se le autorice la apertura de una (1) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "A" mediante el Informe Nº 38-2009DEB "A"; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion Nº 775-2008 "Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, uso de cajeros automaticos y cajeros corresponsales"; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al HSBC Bank Peru, para la apertura de una (1) agencia ubicada en Av. Balta Nº 599, Edf. Pis/Ref (Mz. 147 - Lote 10) (Mz 147 Lote 9), distrito del Pueblo Tradicional Cercado de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas

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ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Nuestra Gente la apertura de oficina especial permanente en la provincia de Huaura
RESOLUCION SBS Nº 1974-2009
MORDAZA, 25 de marzo de 2009

334443-1

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