Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2009 (17/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, en la Conferencia de Examen de Durban se abordaran materias tales como racismo, discriminacion racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, entre otras de significativa importancia; Que, conforme al articulo 1º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la autorizacion de viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos de la Defensoria del Pueblo corresponde materializarse mediante Resolucion de la mas alta autoridad de la Entidad; Que, los articulos 2º y 3º de la Ley Nº 27619 disponen que las resoluciones de autorizacion de viajes al exterior deberan sustentarse en el interes nacional o institucional, bajo responsabilidad, y deberan publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que estan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen para realizar acciones de promocion de importancia para el Peru; Que, es pertinente senalar que la Defensoria del Pueblo publico en el ano 2007 un documento de trabajo titulado "La discriminacion en el Peru: problematica, normatividad y tareas pendientes", producto de una rigurosa investigacion sobre el particular que realizo la Adjuntia para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad; Que, la Adjuntia MORDAZA mencionada presentara en el transcurso del presente ano un informe referido a la actuacion del Estado frente a la discriminacion, en funcion de los casos conocidos por la Defensoria del Pueblo; Que, la participacion de la abogada MORDAZA MORDAZA Vignolo MORDAZA permitira exponer a la comunidad internacional los importantes aportes que la Defensoria del Pueblo ha efectuado sobre los temas a tratarse en la referida actividad; Que, resulta relevante que la Defensoria del Pueblo este representada en la Conferencia de Examen de Durban, pues en MORDAZA se trataran temas prioritarios que constituyen lineas de trabajo institucional, de conformidad a las funciones que la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo le han encomendado; Que, asimismo, conforme al documento de visto, se comunica que los gastos de viaticos correspondientes al viaje de la abogada MORDAZA MORDAZA Vignolo MORDAZA durante el periodo comprendido del 18 al 26 de MORDAZA del 2009 ascienden al monto total de US$2,080.00 (DOS MIL OCHENTA Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y los gastos por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto, TUUA-CORPAC ascienden a US$ 61.00 (SESENTA Y UN Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), los mismos que seran financiados por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de la Defensoria del Pueblo y se informa adicionalmente que los gastos del traslado aereo respectivo seran financiados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); Que, el literal d) del articulo 59º y el articulo 61º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 004-2007/DP y su modificatoria, aprobada por la Resolucion Administrativa Nº 025-2007/DP, establecen que la comision de servicio es el desplazamiento temporal del trabajador fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar labores que esten directamente vinculadas con los objetivos institucionales; Que, habiendose cumplido con el procedimiento exigido por la normatividad y siendo de interes para la Defensoria del Pueblo que la abogada MORDAZA MORDAZA Vignolo MORDAZA realice el viaje a Suiza, a fin de que asista a la Conferencia de Examen de Durban como representante de la Defensoria del Pueblo con el objetivo de promocionar las actividades que la institucion viene llevando a cabo en materia de derechos humanos en el evento organizado por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas es procedente formalizar la autorizacion del viaje de la indicada funcionaria por el periodo comprendido del 18 al 26 de MORDAZA del 2009; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; en concordancia con el literal d) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 029-2008/DP, con los articulos

1º, 2º y 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, con el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 y con el literal d) del articulo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 004-2007/DP y su modificatoria aprobada por la Resolucion Administrativa Nº 025-2007/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comision de servicios a la abogada MORDAZA MORDAZA VIGNOLO MORDAZA, Adjunta (e) para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoria del Pueblo, con Nivel y Categoria D8, a Suiza, por el periodo comprendido del 18 al 26 de MORDAZA del 2009, a fin de que asista a la Conferencia de Examen de Durban en representacion de la Defensoria del Pueblo. Articulo Segundo.- Los gastos que implique el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto institucional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa CORPAC TOTAL US$ US$ 2 080.00 61.00 -----------2 141.00

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la abogada MORDAZA MORDAZA Vignolo MORDAZA debera presentar a la Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo Cuarto.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Modifican item del Articulo Primero de la R.J. Nº 917-2005-JEF/RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 194-2009-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2009 VISTO: El Oficio Nº 001271-2009-GOR/RENIEC (01ABR2009), de la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe Nº 000425-2009-GAJ/RENIEC (06ABR2009), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; asi como de registrar los nacimientos, matrimonios, defunciones y los actos referidos a la capacidad y al estado civil; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Jefatural N°001-99-JEF/RENIEC (04ENE1999), las certificaciones de actas de nacimiento, matrimonio o defuncion que expide el RENIEC, a traves de las Oficinas de Registro de Estado Civil, requieren para su uso en el exterior, de la MORDAZA de verificacion de la firma del funcionario que las expidio;

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