Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2009 (05/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390271

2003-PRODUCE, modificado por Resolucion Ministerial Nº 359-2007-PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa PROTEFISH S.A.C., licencia para la operacion de una planta de harina de pescado residual ­ sistema de tratamiento y recuperacion de residuos solidos y grasas provenientes de residuos y descartes de productos hidrobiologicas que generan las actividades pesqueras de consumo humano directo de la MORDAZA, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. B1, Lote 5, MORDAZA Industrial de Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; con una capacidad instalada de 05 t/h. Articulo 2°.- La empresa PROTEFISH S.A.C., debera operar su planta de harina de pescado residual con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final; asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun se senala en las MORDAZA de Verificacion Nº 0272008-PRODUCE/DIGAAP del 31 de octubre de 2008. Articulo 3°.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 4°.- La vigencia de la licencia de operacion a otorgarse estara sujeta a la inscripcion de la administrada en el registro de empresas prestadoras de servicios de residuos solidos y de empresas comercializadoras de la Direccion General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud ­ DIGESA. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa PROTEFISH S.A.C. en la Resolucion Ministerial Nº 041-2002PRODUCE, como titular de la licencia de operacion de la planta de harina de pescado residual descrita en el Articulo 1º de la presente resolucion directoral. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion ­ MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 309258-8

del Empleo de Ciertas MORDAZA Convencionales que puedan considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados", fue adoptado el 28 de noviembre de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, y fue aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 29301 del 15 de diciembre de 2008; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 118º inciso 11, de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo Unico.- Ratificase el "Protocolo sobre Restos Explosivos de MORDAZA de la Convencion sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas MORDAZA Convencionales que puedan considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados", adoptado el 28 de noviembre de 2003, en la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, y aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 29301 del 15 de diciembre de 2008. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de febrero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 309830-9

Ratifican el "Convenio Internacional para la Represion de Actos de Terrorismo Nuclear"
DECRETO SUPREMO Nº 010-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio Internacional para la Represion de Actos de Terrorismo Nuclear", fue suscrito el 14 de septiembre de 2005, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, y fue aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 29302 del 15 de diciembre de 2008; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 118º, inciso 11, de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo Unico.Ratificase el "Convenio Internacional para la Represion de Actos de Terrorismo Nuclear", suscrito el 14 de septiembre de 2005, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, y aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 29302 del 15 de diciembre de 2008. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de febrero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 309830-10

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Protocolo sobre Restos Explosivos de MORDAZA de la Convencion sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas MORDAZA Convencionales que puedan considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados"
DECRETO SUPREMO Nº 009-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Protocolo sobre Restos Explosivos de MORDAZA de la Convencion sobre Prohibiciones o Restricciones

Ratifican el "Protocolo de 1988 relativo al Convenio Internacional sobre Lineas de Carga, 1966"
DECRETO SUPREMO Nº 011-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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