Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2009 (07/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 7 de MORDAZA de 2009 N° de Orden 23 24 25 26 27 28 29 30 Apellidos y Nombres del Solicitante MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MATURANA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MOALI LOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 41034719 43376915 43144156 42480554 40869232 41458132 ---------43213472

NORMAS LEGALES
LM ------------------------------------------------------------8069107FF1 -----------

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Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, cuyo mandato ha concluido; Que, siendo necesario designar al MORDAZA representante de los pensionistas ante el Consejo Directivo de ESSALUD, el Despacho Ministerial ha recibido las propuestas alcanzadas por las organizaciones representativas en los documentos de vistos; Que, corresponde al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, reconocer a los miembros del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, que representan a los pensionistas de entre las propuestas alcanzadas por las organizaciones representativas; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27056 - Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- RENOVAR el reconocimiento del senor MORDAZA MORDAZA UBILLUS MORDAZA, como representante de los pensionistas ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

369105-4

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Renuevan el reconocimiento de los representantes de pensionistas y de asegurados del regimen laboral de la actividad privada ante el Consejo Directivo de ESSALUD
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 162-2009-TR
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2009. VISTOS: El Oficio Nº 188-P-ARCIJAEL-2009 de la Asociacion Regional de Cesantes y Jubilados y Activos del Sector Educacion de MORDAZA - ARCIJAEL; el Oficio Nº 42ANPATEP de la Asociacion Nacional de Pensionistas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales - D.L. Nº 18846; el Oficio Nº 029-2009/ASOC.JUB.PNS.L.19990/ V.E.S del 8 de junio de 2009, de la Asociacion de Jubilados de la Ley Nº 19990 IPSS de MORDAZA El Salvador; el Oficio Nº 025-AMJUP-IPSS.R.VII.Hyo.2009 de la Asociacion Mutual de Jubilados y Pensionistas del IPSS Region VIII Huancayo; el Oficio Nº 0089-09 de la Asociacion de Jubilados el Huerto Chimbote - MORDAZA - Ancash; el Oficio Nº 010-2009/ADJPPIURA de la Asociacion de Jubilados y Pensionistas de Piura; Carta Nº 041-2009/ADEJUPA de la Asociacion de Defensa de Jubilados y Pensionistas de Paramonga y Anexos ADEJUPA; el Oficio Nº 04-A.J.P.D.C-2009 de la Asociacion de Jubilados y Pensionistas I.P.S.S. del Distrito de Carabayllo; Oficio Nº 003-ASEIPSS-1-HZ-2009 de la Asociacion Nacional de Ex Servidores del Instituto Peruano de Seguridad Social ASEIPSS, Base Huaraz; Oficio Nº 09-A.P.J.CN-2009 de la Asociacion de Pensionistas y Jubilados del MORDAZA Norte; CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2. del articulo 5º de la Ley Nº 27056 - Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo esta integrado, entre otros, por tres representantes de los asegurados, uno de los cuales representa a los pensionistas, elegidos por sus organizaciones representativas; Que, asimismo, el numeral 5.3 del articulo 5º de la citada Ley establece que los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) anos, pudiendo ser renovados por una sola vez por un periodo igual; Que, en cumplimiento a la normatividad expuesta, mediante Resolucion Ministerial Nº 179-2007-TR del 3 de MORDAZA de 2007, se reconocio al senor MORDAZA MORDAZA Ubillus MORDAZA, como representante de los pensionistas ante el

369101-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 163-2009-TR
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2009 VISTOS: Los Oficios Nºs. 0122 y 0154-2009-CND-CTP de la Confederacion de Trabajadores del Peru - CTP; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2. del articulo 5º de la Ley Nº 27056 - Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo esta integrado, entre otros, por tres representantes de los asegurados, uno de los cuales representa a los trabajadores del regimen laboral privado, elegidos por sus organizaciones representativas; Que, asimismo, el numeral 5.3 del articulo 5º de la citada Ley establece que los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) anos, pudiendo ser renovados por una sola vez por un periodo igual; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 178-2007-TR del 3 de MORDAZA de 2007, se reconocio al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de los asegurados del regimen laboral de la actividad privada ente el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, cuyo mandato ha concluido; Que, siendo necesario designar al MORDAZA representante de los asegurados de dicho regimen ante el Consejo Directivo de ESSALUD, el Despacho Ministerial ha recibido las propuestas alcanzadas por las organizaciones representativas en los documentos de vistos; Que, corresponde al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, reconocer a los miembros del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, que representan a los trabajadores del regimen laboral de la actividad privada de entre las propuestas alcanzadas por las organizaciones representativas; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27056 - Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8 del articulo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y modificatorias;

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