Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2009 (16/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

de Patrimonio Historico Colonial y Republicano, se propone la declaracion de bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al MORDAZA de Huancapata, ubicado sobre el Rio MORDAZA, distrito y provincia de Ambo, en el departamento de MORDAZA, adjuntando para ello la ficha de informacion basica, registro fotografico, esquema de plano de planta de distribucion; Que, de la revision y evaluacion del expediente administrativo, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo, emitio el Acuerdo Nº 07 de fecha 15 de MORDAZA de 2009, considerando que: el MORDAZA de Huancapata, de arquitectura civil publica, cuyo nombre deriva de la conjuncion de dos vocablos quechuas: "Huanca" que significa MORDAZA y "Pata" cuyo equivalente es anden, peldano, margen, o borde. Fue edificado en el ano 1879 por contratistas italianos MORDAZA Benedetti, MORDAZA Lazzaro y Vitorio Albertini por contrato llevado a cabo con el gobierno nacional y promovido por un local, don MORDAZA MORDAZA Rolando; que, esta obra vial se ubica dentro de un conjunto mas amplio de obras del mismo caracter emprendidos por el gobierno de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Huanuco; que, el MORDAZA de Ambo o "Huancapata", es de un solo arco, presenta una portada con tres MORDAZA que jerarquiza el ingreso al MORDAZA y pilastras de concreto, se ubica sobre el rio MORDAZA, entre los cerros Arcopunco y Ayancocha, se construyo siguiendo la tradicion colonial, de materiales cal y piedra. El MORDAZA se inauguro el 23 de enero de 1879. En el ano 1926 una fuerte avenida del rio MORDAZA destruyo uno de los MORDAZA, el que fue reparado inmediatamente por accion del MORDAZA y el parroco de Ambo, el MORDAZA italiano Vitto Cutolo Gambardella (1907-1917); que, el MORDAZA de Ambo reemplazo a otro de MORDAZA colgante, por lo menos de tiempos coloniales, para comunicar MORDAZA con Cerro de Pasco y estuvo asociado con el antiguo tambo, aledano al MORDAZA que servia como lugar de descanso para los arrieros que trasladaban sus mercaderias, este tambo fue el origen de la actual MORDAZA de Ambo, la que existia como un caserio a fines del siglo XVIII dentro de la hacienda Yanahuayra, siendo escenario de la Batalla de Ambo o de Arcopunco (cerro que colinda con el puente), en la cual se batieron las fuerzas de MORDAZA Crespo y MORDAZA, jefe politico y militar de la revolucion de MORDAZA en 1812, dentro del ciclo de las luchas por la independencia; Que, finalmente la Comision indica que, el MORDAZA se encuentra en regular estado de conservacion, presentando desgaste y deterioro de piezas de MORDAZA por accion de agentes biologicos que retienen la humedad propia del rio, presentando caracteristicas estructurales, arquitectonicas e historicas de importancia para el pueblo de Ambo que ameritan su preservacion y conservacion; por lo que acordo: Recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, se apruebe la propuesta de declarar bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al MORDAZA de Huancapata, ubicado sobre el Rio MORDAZA, distrito y provincia de Ambo, en el departamento de MORDAZA, por los considerandos MORDAZA expuestos; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modificado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-ED. SE RESUELVE: Articulo 1°.- DECLARAR como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al MORDAZA de Huancapata, ubicado sobre el Rio MORDAZA, distrito y provincia de Ambo en el departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Hacer de conocimiento a las autoridades locales y regionales la presente Resolucion sobre la condicion patrimonial del inmueble indicado en el articulo 1º, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 3°.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura, la

inscripcion en los Registros Publicos de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del inmueble mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4°.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el inmueble MORDAZA citado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

371955-1

Modifican la Resolucion Directoral Nacional Nº 956/INC y aprueban expediente tecnico de sitios arqueologicos ubicados en el departamento de Tumbes
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 989/INC
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 540/ INC, de fecha 30 de MORDAZA de 2003, se declara patrimonio cultural de la Nacion, entre otros, al sitio arqueologico Una de Gato, ubicado en el distrito de Papayal, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 956/ INC, de fecha 30 de setiembre de 2004, se declara patrimonio cultural de la Nacion, entre otros, a los sitios arqueologicos Plateros (Santa Rosa) y MORDAZA MORDAZA (Plateros II), ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Tumbes; Que, mediante Informe Nº 1578-2008-SDIC-DA-DREPH/ INC, de fecha 8 de setiembre de 2008, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia recomienda que los expedientes tecnicos elaborados en los sistemas de referencia PSAD 56 y WGS 84, de los sitios arqueologicos MORDAZA MORDAZA ­ Sector Central (Santa MORDAZA I), MORDAZA MORDAZA ­ Sector Barrio (Santa MORDAZA II) y Una de Gato, pasen a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia para su aprobacion; Que, mediante Acuerdo Nº 0696, de fecha 25 de setiembre de 2008, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la aprobacion de los expedientes tecnicos (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de los sitios arqueologicos MORDAZA MORDAZA ­ Sector Central (Santa MORDAZA I) y MORDAZA MORDAZA ­ Sector Barrio (Santa MORDAZA II), ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Tumbes; y del sitio arqueologico Una de Gato, ubicado en el distrito de Papayal, provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes; Que, mediante Informe Nº 025-2009/UYB/SDIC/DDPH/ INC, de fecha 22 de enero de 2009, la Sub Direccion de Inventario y Catastro de la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico recomienda verificar si los sitios fueron previamente declarados, y regularizar su situacion en este aspecto; Que, mediante Informe Nº 1143-2009-SDIC-DA/ DREPH/INC, de fecha 3 de junio de 2009, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia concluye que se debera rectificar la Resolucion Directoral Nacional Nº 956/INC, de fecha 30 de setiembre de 2004 en lo que respecta a la denominacion de los sitios arqueologicos Plateros (Santa Rosa) y MORDAZA MORDAZA Plateros II, debiendo corresponderles los nombres de MORDAZA MORDAZA ­ Sector Central (Santa MORDAZA I) y MORDAZA MORDAZA ­ Sector Barrio (Santa MORDAZA II) respectivamente;

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