Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2009 (16/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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personal docente y recursos academicos, se desprende que su organizacion se encuentra acorde con las exigencias academicas y formales, cuya ejecucion esta orientada a lograr la formacion profesional con criterio de calidad; Que, mediante Memorando de Vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboracion de una resolucion, en la que se apruebe la creacion de las carreras profesionales de Ingenieria de Software dentro de la "Facultad de Ingenieria" de la Universidad Privada MORDAZA Orrego, de acuerdo a los considerandos precedentes; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; y, En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la creacion de las carreras profesionales de: Ingenieria de Software; e Ingenieria de Telecomunicaciones y Redes, adscritas a la Escuela Profesional de Ingenieria de Computacion y Sistemas de la Facultad Ingenieria de la Universidad Privada MORDAZA Orrego, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, cumplen con lo previsto por el articulo 92º inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733, cuyos planes de estudios quedan aprobados para su funcionamiento. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

Comunicaciones; e Ingenieria de Seguridad y Auditoria Informatica, adscritas a la Facultad de Ingenieria de Telecomunicaciones y Telematica, aprobados por Resolucion Rectoral Nº 082-2008-R/UTP; Que, habiendose examinado la documentacion citada en el considerando anterior sobre el contenido del plan de estudios de cada una de las carreras, infraestructura, personal docente y recursos academicos, se desprende que su organizacion se encuentra acorde con las exigencias academicas y formales, cuya ejecucion esta orientada a lograr la formacion profesional con criterio de calidad; Que, asimismo con oficio Nº 031-2009-SG-UTP, la citada Universidad comunica el cambio de denominacion original de la "Facultad de Profesionalizacion de Adultos" por la de "Facultad de Profesionalizacion de Adultos y de Educacion Tecnologica", en merito a lo dispuesto por la Resolucion Nº 057-2008-R/UTP; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboracion de una resolucion, en la que se apruebe la creacion de las carreras profesionales de Ingenieria de Redes y Comunicaciones; e Ingenieria de Seguridad y Auditoria Informatica, de la "Facultad de Ingenieria" de Telecomunicaciones y Telematica de la Universidad Tecnologica del Peru; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comision de la Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la creacion de las carreras profesionales de: Ingenieria de Redes y Comunicaciones; e Ingenieria de Seguridad y Auditoria Informatica, adscritas a la Facultad de Ingenieria de Telecomunicaciones y Telematica en la Universidad Tecnologica del Peru, cumple con lo previsto por el articulo 92º inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733, cuyos planes de estudios quedan aprobados para su funcionamiento. Articulo 2º.- Precisar que la denominacion original de la "Facultad de Profesionalizacion de Adultos" comunicada por la Universidad Tecnologica del Peru, es de "Facultad de Profesionalizacion de Adultos y de Educacion Tecnologica". Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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Declaran que la creacion de carreras profesionales de Ingenieria de Redes y Comunicaciones e Ingenieria de Seguridad y Auditoria Informatica en la Universidad Tecnologica del Peru, cumple con lo previsto por el articulo 92) inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 733-2009-ANR
MORDAZA, 25 de junio de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Oficio Nº 030-R-UTP-2009 de fecha 05 de junio de 2009 del Rector de la Universidad Tecnologica del Peru, el Oficio Nº 031-2009-SG-UTP de fecha 12 de marzo de 2009 del Secretario General de la Universidad Tecnologica del Peru, el Memorando Nº 518-2009-SE de fecha 16 de junio de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de los fines que cumple la Asamblea Nacional de Rectores, previsto por el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, precisa que la creacion de nuevos programas academicos, titulos profesionales y de MORDAZA especialidad acordados por una Universidad, requieren de la coordinacion previa e indispensable con los organos tecnicos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, teniendo en cuenta los alcances del considerando anterior, el Rector de la Universidad Tecnologica del Peru, mediante oficio de visto, hace llegar la documentacion correspondiente a la creacion y organizacion de las carreras profesionales de: Ingenieria de Redes y

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Designan representantes del RENIEC ante el Comite de Coordinacion Electoral para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales en diversas circunscripciones de la Republica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 420-2009/JNAC/RENIEC
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2009 VISTOS: la Resolucion Nº 440-2009-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de junio de 2009 y el Informe Nº 815-2009/GAJ/RENIEC (10JUL2009) de la Gerencia de Asesoria Juridica;

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