Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2009 (20/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de MORDAZA de 2009

Que, asimismo, el articulo 38 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados ""Bonos MORDAZA Energy Peru ­ Primera Emision", se encuentra dentro de la causal de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra contemplada por el articulo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores; y por el articulo 36, inciso c), del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONASEV, que faculta a la Direccion de Emisores a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores denominados "Bonos MORDAZA Energy Peru ­ Primera Emision" correspondiente al "Primer Programa de Bonos Corporativos MORDAZA Energy Peru" de MORDAZA Energy EGENOR S. en C. por A., del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en el articulo anterior del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 4°.- Transcribir la presente resolucion a MORDAZA Energy EGENOR S. en C. por A., en su calidad de emisor; a Centura Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de representante de los obligacionistas; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KANASHIRO SHINZATO Director de Emisores (e) Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 373200-1

ORGANOS AUTONOMOS UNIVERSIDADES
Autorizan a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA la expedicion de duplicado de diploma de titulo de Medico Cirujano
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION R. N° 8953-2009-UNFV San MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 Visto, el Oficio Nº 685-2009-OCAJ-UNFV de fecha 25.03.2009, de la Jefa de la Oficina Central de Asesoria Juridica de esta MORDAZA Superior de Estudios, mediante el cual remite el Informe Legal Nº 0234-2009-OCAJ-UNFV, relacionado a la solicitud de Duplicado de Diploma de Titulo de Medico Cirujano, expedido por esta Universidad, a nombre de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA CRUZ; y,

Que, el Congreso de la Republica dio la Ley Nº 28626 de fecha 28-10-2005, el mismo que fuera publicado con fecha 18-11-2005, mediante el cual se autoriza a las Universidades Publicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de MORDAZA y Titulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de perdida, deterioro o mutilacion, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, Con fechas 21-01-2006 y 14-06-2006 respectivamente, se publicaron en el Diario Oficial El Peruano, la Resolucion Nº 1525-06-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de MORDAZA y Titulos profesionales expedidos por universidades del pais; asi como la Resolucion Nº 1895-2006ANR, que modifica dicho Reglamento; Que, mediante Resolucion R. Nº 2291-2006-UNFV de fecha 11-05-2006, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, establecio la tasa que abonaran los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Academico, Titulo Profesional, asi como de MORDAZA Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), y los incluyo en el MORDAZA "Registro de Tasas Academicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado mediante Resolucion R. Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11-03-2003; Que, mediante documento recepcionado con fecha 13.03.2009, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, solicita el duplicado de su diploma de Titulo de Medico Cirujano, el cual fue otorgado por esta Universidad el 02.04.2002; y que como ha quedado acreditado con la denuncia policial de fecha 14.02.2009, se extravio en distrito de la MORDAZA, departamento de Lima; asimismo, adjunta entre otros documentos, la publicacion de la perdida del referido diploma, asi como el recibo de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante MORDAZA de Inscripcion en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos, expedido por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 02.03.2009, se acredita que la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, con fecha 02.04.2002, expidio el diploma de Titulo de Medico Cirujano, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 58, Folio Nº 197 y Registro Nº 43759, que obra en la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General de esta MORDAZA Superior de Estudios; Que, el Jefe de la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, mediante Oficio Nº 0298-2009-ORGTSG-UNFV de fecha 17.03.2009, senala que el requerimiento de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado de su diploma de Titulo de Medico Cirujano; en consecuencia, es procedente acceder a lo solicitado; En merito a la opinion de la Oficina Central de Asesoria Juridica, contenida en Informe Legal Nº 234-2009-OCAJUNFV, de fecha 25.03.2009; estando a lo dispuesto por el senor Rector segun Proveido Nº 01440-2009-R-UNFV de fecha 30.03.2009; El Consejo Universitario en Sesion Ordinaria Nº 183 de fecha 05.05.2009, acordo Autorizar a la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, la expedicion del Duplicado de Diploma de Titulo de Medico Cirujano, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, de conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia con las Resoluciones Nºs. 1525 y 1895-2006-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores; y De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, Ley Nº 28626, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, Resolucion R. Nº 2443-2006-UNFV del 30-05-2006, Resolucion R. Nº 64642008-UNFV, de fecha 18-04-2008 y el inciso d) del Articulo 40º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la UNFV; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Oficina de Registro de MORDAZA y Titulos de la Secretaria General, la expedicion del Duplicado de Diploma de Titulo de Medico Cirujano a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, el mismo que fuera asentado en el Libro Nº 58, Folio Nº 197 y Registro Nº 43759 y fecha de expedicion 02.04.2002, que obra en la referida Oficina, de conformidad con la Ley Nº 28626 y en concordancia con las Resoluciones Nºs. 1525 y 1895-2006-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores.

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