Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2010 (03/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 2010

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 573850-6

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la PNP a Uruguay, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 099-2010-IN MORDAZA, 2 de diciembre de 2010 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinion Nº 41-2010DGPNP/INTERPOL-EM, del 18 de noviembre de 2010, formulada por el Jefe de Estado Mayor de la Oficina Central Nacional INTERPOL - MORDAZA, mediante la cual se recomendo la autorizacion de viaje al extranjero en comision del servicio del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la Suboficial de Primera de la Policia Nacional del Peru, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Montevideo - Uruguay, del 6 al 10 de diciembre de 2010. CONSIDERANDO Que, mediante Resolucion Suprema Nº 158-2007JUS del 26 de setiembre de 2007, se resolvio acceder al pedido de Extradicion Activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA FRAGA, formulado por el Noveno Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito Contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos y Contra el Orden Migratorio - Trafico Ilicito de Personas, en agravio del Estado; y disponer su tramitacion por via diplomatica ante el Gobierno de la Republica Oriental del Uruguay, de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje IP 2217/10 MONTEVIDEO del 9 de noviembre de 2010, Mensaje IP 2270/10 MONTEVIDEO del 17 de noviembre del 2010 y Mensaje IP 2344 MONTEVIDEO del 18 de noviembre de 2010, la Oficina Central Nacional INTERPOL - Montevideo - Uruguay, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional - INTERPOL - MORDAZA - Peru, que las autoridades uruguayas han concedido la entrega en Extradicion del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA FRAGA; en ese sentido solicitaron conocer la nomina de los funcionarios policiales designados para dicha mision; Que, con Memorandum Multiple Nº 337-2010DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 23 de noviembre de 2010, el General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru, dispuso la formulacion del proyecto de Resolucion Suprema de viaje al extranjero en comision del servicio del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la Suboficial de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Montevideo - Uruguay, del 6 al 10 de diciembre

de 2010, a fin de que ejecuten la Extradicion Activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA FRAGA, formulado por el Noveno Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito Contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos y Contra el Orden Migratorio - Trafico Ilicito de Personas, en agravio del Estado; Que, los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Oficio Nº 2187-2010-DIRECFINPNP/DIVIPRE del 22 de noviembre de 2010, la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, remitio a la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, el Informe Nº 324-2010-DIRECFIN-PNP-DIVDyB-DEPADM. del 20 de noviembre de 2010, sobre Proyecto de Liquidacion por Comision del Servicio en el Extranjero del 6 al 10 de diciembre de 2010; asi como la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 724-2010-DIRECFIN-PNP/DIVIPRE. del 22 de noviembre de 2010, estableciendo que efectuado los calculos, se atendera lo solicitado con la Especifica del Gasto 2.3.2.1.1.2 Viaticos y Asignaciones por comision del servicio, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Dolares Americanos), por comision del servicio a la MORDAZA de Montevideo - Uruguay, del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la Suboficial de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial MORDAZA mencionada; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la Resolucion de Autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autonomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modificatoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial

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