Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2010 (03/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de diciembre de 2010

fines de vivienda de cuatro areas calificadas con el uso de parques y jardines, como MORDAZA 1 (Lote PQ1), MORDAZA 2 (Lote PQ2), Jardin 1 (Lote JA1), y Jardin 2 (Lote JA2), donde el Lote PQ1 cuenta con un area de 2,211.10 m2 cuya area a desafectar es de 1,471.60 m2, el Lote PQ2 cuenta con un area de 2,134.85 m2 cuya area a desafectar es total, el Lote JA1 cuenta con un area de 591.30 m2 cuya area a desafectar es total, y el Lote JA2 que cuenta con un area de 395.90 m2 cuya area a desafectar es de 286.72 m2, que sumados cuentan con un area inscrita total de 5,333.15 m2, siendo el total del area a desafectar de 4,484.47 m2; los mencionados lotes se ubican en el lado norte de la UCV 200-B, MORDAZA "Q", 4° Etapa del AA.HH. Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al articulo 194° de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, segun el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, mediante Oficio Nº 1588-2010-MML-GDU-SPHU, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita dentro del MORDAZA de la Ordenanza Nº 296-MML, modificada mediante Ordenanza Nº 786-MML, opinion de esta Municipalidad respecto a la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda de cuatro areas calificadas con el uso de parques y jardines, ubicados en el lado norte de la UCV 200-B, MORDAZA "Q", 4° Etapa del AA.HH. Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Que, la UCV 200-B, MORDAZA "Q", Huaycan, Distrito de Ate, cuenta con el Saneamiento Fisico Legal otorgado por COFOPRI e inscrito en el Registro Predial de MORDAZA, con codigo de predio PO2035410, y con Plano de Trazado de Lotizacion N° CFP-297 de la misma forma, las areas materia de solicitud como el Lote PQ1 con partida N° P02117471 y un area de 2,211.10 m2, Lote PQ2 con partida N° P02117472 y un area de 2,134.85 m2, Lote JA1 con partida N° P02117469 y un area de 591.30 m2 y el Lote JA2 con partida N° P02117470 y un area de 395.90 m2. Asimismo, COFOPRI afecta en uso los presentes predios a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, por un plazo indefinido con el objeto de que lo destine al desarrollo especifico de sus funciones con uso de MORDAZA y jardin. Que, la MORDAZA "Q" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, 4° Etapa, cuenta con Planeamiento Integral con Plano N° 012-2008-PI-SGPUC-GDU/MDA aprobado con Ordenanza N° 193-MDA de fecha 22 de agosto de 2008, donde se ha verificado que dichas areas forman parte del mencionado Planeamiento. Asimismo, la UCV 200-B, de la MORDAZA "Q", Huaycan cuenta con una ampliacion de lotes de vivienda ubicados en areas calificadas para uso de Parques y Jardines formalizadas (Lotes PQ1, PQ2, JA1 y JA2), dicha ampliacion cuenta con Visacion de Planos para fines de Servicios Basicos N° 147-2010-SGPUC-GDU/MDA, aprobado con Resolucion de Sub Gerencia N° 425 de fecha 26/08/2010 segun Ordenanza N° 032-2003/MDA. Que, mediante Informe Nº 083-2010-PLZM la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, opina que es procedente la desafectacion solicitada, por cuanto dichas areas son bienes de uso publico, que puede ser desafectado por la perdida de la naturaleza que justifico su inclusion en esa categoria de bienes; es decir pierde la condicion a la categoria de MORDAZA y Jardin que fue asignada por la COFOPRI. Que, mediante Informe Nº 653-2010-MDA/OGAJ la Oficina General de Asesoria Juridica, es de la opinion que se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de desafectacion presentada por la organizacion recurrente, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, en observancia de las consideraciones tecnicas senaladas por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y el citado Informe Legal, respecto a la consideracion juridica de

dicho bien y la realidad fisica existente, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 296/MML, modificada por Ordenanza Nº 786/MML. Que, mediante Ordenanza Nº 786-MML, Ordenanza que modifica el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296-MML; establece que las desafectaciones en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana con Dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Legales del Concejo Metropolitano y previa opinion de la Municipalidad Distrital. Que, el inciso 6) del articulo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas. De igual modo los articulos 59° y 65° del referido precepto legal establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotacion bienes de su propiedad, a favor de personas juridicas del sector privado, a condicion de que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes, o necesidad social, y fijando un plazo, que segun lo establece el Codigo Civil en su articulo 1001°, en el caso de uso, disfrute, explotacion del bien ajeno, su plazo no podra exceder de treinta (30) anos. Que, mediante Dictamen Nº 029-2010-MDA/CDUyOP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, recomienda Aprobar la Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda de cuatro areas calificadas con el uso de parques y jardines, descrito en vistos, que se encuentra ubicado en el lado norte de la UCV 200-B, MORDAZA "Q", 4° Etapa del AA.HH. Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, solicitando se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobacion correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 029-2010-MDA/ CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, sobre la aprobacion de Desafectacion de Uso de Suelo para fines de vivienda de cuatro areas calificadas con el uso de parques y jardines; donde el Lote PQ1 cuenta con un area de 2,211.10 m2 cuya area a desafectar es de 1,471.60 m2, el Lote PQ2 cuenta con un area de 2,134.85 m2 cuya area a desafectar es total, el Lote JA1 cuenta con un area de 591.30 m2 cuya area a desafectar es total, y el Lote JA2 que cuenta con un area de 395.90 m2 cuya area a desafectar es 286.72 m2, que sumados cuentan con un area inscrita total de 5,333.15 m2, siendo el total del area a desafectar de 4,484.47 m2 los mencionados lotes se ubican en el lado norte de la UCV 200-B, MORDAZA "Q", 4° Etapa del AA.HH. Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; y en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo 2º.- DISPONGASE la Trascripcion y publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano" y poner en conocimiento del presente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal para los fines convenientes. Articulo 3º.- DISPONGASE a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 573695-1

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