Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2010 (02/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 2 de febrero de 2010

fundamental del acceso a la informacion, como lo senala el numeral 5 del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, aprueba el formato del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece su aplicacion obligatoria. Que, en consecuencia es necesario actualizar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Relaciones Exteriores adecuandolo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 062-2009PCM; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27444, Ley del Procedimientos Administrativo General y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Relaciones Exteriores adecuado al formato aprobado con el Decreto Supremo 062-2009-PCM, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Disponer la publicacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el MORDAZA institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 452816-1

Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 452816-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Decreto Supremo que prioriza la rehabilitacion de las vias de acceso al Complejo Arqueologico de Machu Picchu y su area de influencia
DECRETO SUPREMO Nº 008-2010-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2010PCM, se declaro en Estado de Emergencia entre otros las provincias de Calca, Quispicanchi, MORDAZA, Urubamba, La Convencion, Anta, Canas, Canchis, Paucartambo, Acomayo y Paruro del departamento del MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, asimismo la citada MORDAZA determino entre otros, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el ambito de su competencia, ejecutara las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas y a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; Que, en el MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA citada es necesario priorizar la rehabilitacion de las vias que confluyen al complejo arqueologico de Machu Picchu y su area de influencia, a fin de asegurar la transitabilidad de las mismas y de este modo la reanudacion de los servicios de transporte MORDAZA y ferroviario, a efectos de lograr que a breve plazo se desarrollen normalmente las actividades productivas, comerciales, sociales y turisticas de las zonas afectadas especialmente entre el MORDAZA y Machu Picchu; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Rehabilitacion de la Infraestructura de Transporte El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el ambito de sus competencias, adoptara las acciones necesarias a fin de priorizar la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de la infraestructura de transporte en las siguientes rutas: Ruta I: 1.1 Por carretera: MORDAZA - Chinchero - Urubamba Ollantaytambo - MORDAZA Malaga - Alfamayo - MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA - Estacion Ferroviaria Hidroelectrica; y, 1.2 Por ferrocarril: Estacion Ferroviaria Hidroelectrica - Estacion Ferroviaria Machu Picchu. Ruta II: 2.1 Por carretera: MORDAZA - Chinchero - Urubamba Ollantaytambo - Piscacucho; y 2.2 Por ferrocarril: Piscacucho - Estacion Ferroviaria Machu Picchu.

Oficializan el "Curso Internacional de Endocirugia Pediatrica", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0073/RE-2010 MORDAZA, 29 de enero de 2010 VISTO: El Oficio Nº 064-2010-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud del Ministerio de Salud, solicita la oficializacion del evento "Curso Internacional de Endocirugia Pediatrica", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 05 al 06 de febrero de 2010; CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA es sede del evento "Curso Internacional de Endocirugia Pediatrica", que se llevara a cabo del 05 al 06 de febrero de 2010, el cual viene siendo organizado por la Asociacion Peruana de Endocirugia Pediatrica; Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre otros, divulgar entre el cuerpo medico nacional y las personas interesadas los avances de la endocirugia pediatrica; asi como, tratar los avances en el panorama de la endocirugia mundial, el reflujo gastroesofagico, la toracoscopia en cirugia pediatrica, los defectos diafragmaticos, la anastomosis intestinales, etc.; De conformidad con los articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 04 de enero de 2001 y el inciso 8) del articulo 6° de la Ley N° 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 13 de MORDAZA de 2009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el evento "Curso Internacional de Endocirugia Pediatrica", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 05 al 06 de febrero de 2010.

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