Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2010 (02/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, martes 2 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 03-2010-GAJ-MDC de fecha 12 de enero del 2010 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 006-2010-GDHPV-MDC de fecha 08 de enero del 2010 en el que remite el Proyecto de Ordenanza que establece el beneficio de reduccion del costo para la obtencion de la MORDAZA de Posesion (para fines de obtencion de servicios basicos). CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado precisa que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. La estructura organica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les senala la ley. Que, en ese mismo sentido el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal mediante Informe Nº 006-2010-GDHPV-MDC, senala que es necesario reducir el costo para la obtencion del certificado de posesion, por lo cual es necesario que la Municipalidad otorgue el Beneficio de Reduccion del Costo para la Obtencion de la MORDAZA de Posesion con fines de Servicios Basicos, atendiendo los pedidos de los vecinos de la jurisdiccion; disponiendo que debera establecerse como pago unico la cantidad de veinte y 00/100 nuevos soles (S/. 20.00); Que, de conformidad con el articulo 9º inciso 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales administran sus bienes y rentas, correspondiendo al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, esto es mediante ordenanza conforme a lo dispuesto en el articulo 40º de la Ley Nº 27972. Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 03-2010-GAJ-MDC, ha emitido opinion favorable sobre el beneficio de reduccion del costo para la obtencion de la MORDAZA de posesion. Por lo que estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 9º inciso 8 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE EXONERACION PARCIAL TEMPORAL DEL COSTO PARA LA OBTENCION DE LA MORDAZA DE POSESION Articulo 1º.- OBJETIVO DEL BENEFICIO DE REDUCCION DEL COSTO Establezcase en el Distrito de Cieneguilla, el beneficio de reduccion del costo de la tasa asignada para la obtencion de MORDAZA de Posesion y de esta manera promover el MORDAZA de formalizacion de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interes social orientado a los sectores de menores recursos economicos y dotarse posteriormente de los servicios basicos de agua, desague y electricidad. Articulo 2º.- REGIMEN DEL BENEFICIO Exonerese parcialmente el 65.03% (S/.37.19 Nuevos Soles) del costo de la tasa (S/. 57.19 Nuevos Soles) establecida en el MORDAZA vigente por la expedicion de MORDAZA de Posesion. En consecuencia, establezcase temporalmente como pago unico la cantidad de S/. 20.00 (Veinte con 00/100 Nuevos Soles). Articulo 3º.- DE LA VIGENCIA El beneficio establecido entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza hasta el 31 de Diciembre del 2010; a cuyo termino la administracion procedera a cobrar el Integro del costo de la tasa fijada en el MORDAZA de la Municipalidad.

Articulo 4º.- DE LAS FACULTADES Facultar al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o prorroga de la presente Ordenanza. Articulo 5º.- DE LA PUBLICACION La presente Ordenanza se publicara en el diario oficial "El Peruano", en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe); en estos ultimos el integro del TUPA. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 452563-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 332-MJM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2010-MDJM MORDAZA MORDAZA, 29 de enero del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTO, el Memorando Nº 099-2010-MDJM-GR, remitido por la Gerencia de Rentas del 29 de enero del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 332-MJM, publicada el dia 19 de enero del 2010 en el Diario Oficial El Peruano, se establecieron beneficios para la regularizacion de deudas tributarias y administrativas hasta el dia de hoy, de conformidad con el plazo establecido en el Articulo Decimo del referido dispositivo municipal; Que, la Ordenanza citada en su articulo Noveno faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la Ordenanza asi como para disponer la prorroga correspondiente; tal como prescribe el articulo 42 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; Que, la Gerencia de Rentas ha advertido la existencia de un considerable numero de contribuyentes y administrados que han optado en la referida amnistia por regularizar el estado de sus obligaciones administrativas y tributarias, y siendo que en dicho plazo no lograron gozar de los beneficios otorgados la totalidad de deudores; resulta necesario disponer una nueva prorroga del termino vigencia de los beneficios establecidos, por lo que estando a las facultades previstas en el numeral 6 del articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42 y el numeral 6 del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGASE hasta el 26 de febrero del 2010, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 332-MJM, que aprueba amnistia para el pago de deudas tributarias y administrativas. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Sub Gerencia de Control y Fiscalizacion, la Sub Gerencia de Recaudacion y Ejecutoria Coactiva y a la Sub Gerencia de Informatica el cumplimiento del presente decreto en lo que fuere de su competencia.

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