Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2010 (04/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 4 de MORDAZA de 2010

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 488994-1

San MORDAZA N° 152, de la MORDAZA de Iquitos, Departamento de Loreto; hacia la MORDAZA MORDAZA N° 579, de la misma MORDAZA y departamento. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Definitivo N° RI020, que fuera emitido al MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion SBS N° 1052-2008. Articulo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo N° RI023, con la nueva direccion referida en el Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Prima AFP, a efecto del cambio de direccion que se autoriza por la presente Resolucion, debera dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 15° del Titulo III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondo de Pensiones, referido a Gestion Empresarial, aprobado por Resolucion N° 053-98-EF/SAFP. Articulo Quinto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUIROGA Superintendente Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 488744-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Prima AFP el cambio de direccion de agencia ubicada en la MORDAZA de Iquitos
RESOLUCION SBS N° 3355-2010 MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2010 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: La carta N° GG-00051/2010, ingresada con registro N° 2010-19697 de fecha 14.04.2010, presentada por la Administradora Privada de Fondos de Pensiones Prima AFP, representada por su Gerente General senor MORDAZA MORDAZA Negreiros; y el Informe N° 008-2010-DSI, del Departamento de Supervision de Instituciones. CONSIDERANDO: Que, mediante solicitud recibida con fecha 14 de MORDAZA de 2010, el senor MORDAZA MORDAZA Negreiros, en representacion de Prima AFP, solicita a esta Superintendencia se autorice a la citada Administradora Privada de Fondos de Pensiones, el cambio de direccion de su agencia ubicada en MORDAZA San MORDAZA N° 152, en la MORDAZA de Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el cambio de direccion de su agencia solicitado; Que, mediante Resolucion SBS N° 1052-2008, se autorizo a Prima AFP el funcionamiento definitivo de su agencia ubicada en la MORDAZA de Iquitos, en la direccion MORDAZA referida; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision de Instituciones, mediante Informe N° 0082010-DSI, de fecha 15 de MORDAZA de 2010; Contando con el visto MORDAZA del Departamento de Supervision de Instituciones y del Departamento Legal, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolucion N° 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias y la Resolucion SBS N° 949-2000; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a Prima AFP, el cambio de direccion de su agencia ubicada en la MORDAZA Libertador

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Fijan Tasa de Interes Moratorio aplicable a tributos administrados por la Municipalidad
ORDENANZA Nº 073-2010-MDP/C MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA, visto en Sesion Extraordinaria del 27 de MORDAZA del 2010, el Informe Nº 048-2010-MDP/OR e Informe Nº 092-2010-MDP/OAJ, sobre el Proyecto de "Ordenanza que fija la tasa de interes moratorio-TIM aplicable a los tributos administrados por la Municipalidad Distrital de Pachacamac." y; CONSIDERANDO Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru senala que las Municipalidades cuentan con autonomia economica, administrativa y politica en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades. Que, los gobiernos locales ejercen su funcion normativa mediante la aprobacion de Ordenanzas, dispositivos con rango de Ley segun lo dispuesto por el Articulo 200° numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Articulo 40° de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal (...)" Que, el Articulo 33° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias establece que " (...) en los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la Tasa de Interes Moratorio-TIM sera fijada por Ordenanza Municipal, la misma que no podra ser mayor a la que establezca la SUNAT (...)" Que, con fecha 17 de Febrero del 2010 la Superintendencia Nacional de Tributaria ­ SUNAT, emitio

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