Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2010 (15/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2010

- Organizar eventos informativos a las poblaciones sobre los avances en la construccion del Sistema de Transporte. - Servir de facilitador entre el Ministerio de Energia y Minas y las autoridades regionales para el tramite oportuno de los procedimientos administrativos requeridos en la ejecucion del proyecto. - Otros que establezca el Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 494306-1

INTERIOR
Autorizan viaje de suboficial de la PNP en situacion de retiro a MORDAZA para recibir tratamiento medico quirurgico especializado
RESOLUCION SUPREMA Nº 050-2010-IN MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2010 VISTO, el Oficio Nº 667-2009-DGPNP/FOSPOLI-GGDIVAREG-DTE del 7 de diciembre de 2009, relacionado a la autorizacion de viaje al extranjero del Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA PECHE MORDAZA, para recibir tratamiento medico especializado en el Centro de Retinosis Pigmentaria "Camilo Cienfuegos" de La Habana-Cuba, por un periodo de VEINTIUN (21) dias. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral N° 2979-82-GC/ DP del 22 de setiembre de 1982, el Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA PECHE MORDAZA, paso de la Situacion de Actividad a la Situacion de Retiro por enfermedad incurable, en condicion de invalido en "ACTO DEL SERVICIO", con fecha 30 de setiembre de 1982; Que, mediante Resoluciones Supremas Nrs. 0669-76IN/GC del 2 de agosto de 1976, 0204-81-IN/GC del 8 de junio de 1981 y 0213-87-IN/GC del 25 de junio de 1987, se autorizo al suboficial en retiro los viajes al extranjero para recibir tratamiento Medico Especializado de Oftalmologia, en la Clinica Barraquer de Bogota-Colombia y en el Johns Hopkins en Baltimore ­ Maryland de los Estados Unidos de MORDAZA respectivamente; Que, con Resolucion Ministerial Nº 0804-2006-IN/ PNP del 7 de marzo de 2006, se autorizo al recurrente el viaje al extranjero para recibir tratamiento Medico Especializado de Oftalmologia, en la Clinica Barraquer de Bogota-Colombia, por un periodo de TREINTA (30) dias; Que, con Resolucion Suprema Nº 074-2007-IN/PNP del 29 de octubre de 2007, se autorizo al recurrente la ampliacion de permanencia en el extranjero para continuar con su tratamiento Medico Especializado de Oftalmologia, en la Clinica Barraquer de Bogota-Colombia, por un periodo de TREINTA (30) dias; Que, de acuerdo a lo informado por la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru, mediante las Actas de Junta Medica del 24 de MORDAZA de 2009 y de la Junta Medica Intersanidades Nº 004-2009-DIRSAL.PN/ DIREJOSS/HN.LNS. PNP/DIVCIR-DEPOF del 28 de MORDAZA de 2009, se acordo que el Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA PECHE MORDAZA, que padece de "descompensacion corneal ojo MORDAZA (H18.2)", requiere un tratamiento medico - quirurgico de "transplante corneal ojo izquierdo", en el Centro Internacional de Retinosis Pigmentaria "Camilo Cienfuegos", debiendo ser acompanado de un familiar directo; Que, el citado Centro Internacional de Retinosis Pigmentaria "Camilo Cienfuegos", senala que el Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA MORDAZA PECHE MORDAZA, debe permanecer

VEINTIUN (21) dias en la MORDAZA de La Habana-Cuba, cuyo costo de su permanencia asciende a la cantidad de Seis Mil Doscientos Catorce con 00/100 Dolares Americanos (US$ 6,214.00), equivalente a Cinco Mil Ciento Setenta y Ocho con 00/100 (5,178.00) cuc, mas Mil Doscientos con 00/100 Dolares Americanos (US$ 1,200.00), equivalente a Un Mil con 00/100 (1,000.00) cuc; Que, mediante Devolucion Nº 1092-2009-DGPNP/ FOSPOLI-SD del 20 de noviembre de 2009, el Directorio del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, informa que en la Sesion Extraordinaria Nº 32 del 20 de noviembre de 2009; acordo autorizar a la Gerencia General del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru para que realice la transferencia economica por el importe de Seis Mil Doscientos Catorce con 00/100 Dolares Americanos (US$ 6,214.00), equivalente a Cinco Mil Ciento Setenta y Ocho con 00/100 (5,178.00) cuc, mas Un Mil Doscientos con 00/100 Dolares Americanos (US$ 1,200.00), equivalente a Un Mil con 00/100 (1,000.00) cuc., para los medicamentos, fluidos sangre y sus derivados, asimismo financiara el gasto por concepto de los pasajes de ida y vuelta LimaLa Habana-Lima, del MORDAZA y su acompanante, la cantidad de Mil Seiscientos Cuarenta 00/100 Dolares Americanos (US$ 1,640.00) y Sesenta y Uno con 00/100 Dolares Americanos (US$ 61.00), por concepto de Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto, para el Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA PECHE MORDAZA, por padecer de "descompensacion corneal ojo MORDAZA (H18.2)", solicitando el Gerente General del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el viaje al extranjero del mencionado suboficial y su acompanante, para recibir tratamiento medico - quirurgico especializado de "transplante corneal ojo izquierdo", por un periodo de VEINTIUN (21) dias, en el Centro Internacional de Retinosis Pigmentaria "Camilo Cienfuegos" de La Habana-Cuba; asimismo mediante Devolucion Nº 078-10DGPNP/FOSPOLI-GG-DIVECO-DEP del 24 de marzo de 2010 se actualiza la disponibilidad presupuestaria para el viaje al exterior del mencionado suboficial; Que, mediante Oficio Nº 257-2010-DIRECFIN-PNP/ EM-UNIPRE del 26 de enero de 2010, se establece que la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, abonara el concepto de remuneracion por tratamiento medico especializado en el extranjero, ascendente a la suma de Mil Ochocientos Veinte con 07/100 Dolares Americanos (US$ 1,820.07), equivalente a Cinco Mil Doscientos Cinco con 40/100 (S/. 5,205.40), monto que se encuentra presupuestado de conformidad a la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 023-2010DIRECFIN-PNP/EM/ UNIPRE del 26 de enero de 2010; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN del 11 de marzo de 2009, hace extensivo al personal policial y civil de la Policia Nacional del Peru, los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004, el Decreto Supremo Nº 028-2006DE-SG del 13 de diciembre de 2006 y el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 3 de febrero de 2009, que aprueba el "Reglamento de viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa", en el cual se establece que el Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas, tiene derecho a recibir tratamiento medico especializado en el extranjero cuando no MORDAZA logrado su total recuperacion en el pais; Que, de acuerdo a los dispositivos legales MORDAZA mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje del Suboficial de Tercera de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Retiro MORDAZA PECHE MORDAZA, para recibir tratamiento medico especializado en el Centro Internacional de Retinosis Pigmentaria "Camilo Cienfuegos" de La Habana-Cuba; la cual se encuentra presupuestada, resulta viable la autorizacion correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, Ley Nº 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru, Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29334, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2007-IN y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009.

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