Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2010 (15/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2010

e indicadores contenidos en las tablas aprobadas por el CONAFU, en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias calendario. Si la Comision Calificadora determina ciertas observaciones, este Informe se constituye en Preliminar, trasladando estas observaciones a la Presidencia del CONAFU, de lo contrario este Informe sera Final; Que, en el articulo 17º del Reglamento, se establece que: El Informe Final debe contener informaciones como consecuencia del analisis de cada uno de los aspectos del PDEP, acorde al articulo 9º, siendo necesario el cumplimiento del 100% de los indicadores considerados en las tablas; Que, en el articulo 18º del Reglamento, se establece que: El Informe Final debe incluir las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU en relacion con el PDEP presentado con la solicitud para lograr Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Escuela de Postgrado, las que se sujetaran a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado presentado por la Promotora. b) Desaprobar el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado presentado por la Promotora; Que, con Informe Final-2010-CCPDIEPG- CONAFU, recibido con fecha 29 de marzo de 2010, la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School", remite el Informe Final realizado por la Comision al mencionado Proyecto de Escuela de Postgrado en el que manifiesta que con Resolucion Nº 281-2009- CONAFU del 15 de junio del 2009, se admite a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School", presentado por los senores MORDAZA Nunez MORDAZA y MORDAZA Nunez MORDAZA, en nombre de la Promotora "Neumann Business School S.A.C."; con los siguientes programas de Maestrias: 1) Maestria en Ingenieria Informatica, 2) Maestria en Gestion Minera y Ambiental, 3) Maestria en Administracion de Negocios y 4) Maestria en Derecho de la Empresa; que al adecuar el PDEP del Proyecto de Escuela de Postgrado cambio la denominacion del proyecto a la denominacion de Escuela de Post Grado MORDAZA Von Neumann. Al respecto, la Promotora, ha elaborado el Proyecto de Desarrollo Institucional EPG, siguiendo las directivas y normas del CONAFU; presenta importantes fortalezas, entre las cuales destaca la infraestructura y equipamiento institucional; la gran experiencia Academica de sus promotores y la capacitacion especializada de sus futuros directivos que conduciran la Escuela, contando con la disponibilidad de acceso a las tecnologias de informacion y comunicacion, de proyeccion, local, nacional e internacional. Por lo que la Comision Calificadora sugerir la aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional de Escuela de Postgrado MORDAZA Von Neumann presentado por la Promotora, con los siguientes Programas de Pos Grado: 1) Maestria en Gestion de Tecnologias de la Informacion. 2) Maestria en Gestion Minera y Ambiental. 3) Maestria en Administracion de Negocios. 4) Maestria en Derecho de la Empresa; Que, por Oficio N° 325-2010-CONAFU de fecha 29 de marzo de 2010, el Consejero de Asuntos Academicos informa al Pleno del CONAFU que el Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School" presenta el Informe Final del referido proyecto de escuela recomendando al Pleno del CONAFU la aprobacion del PDEP del Proyecto de Escuela de Postgrado Neumann Business School con los siguientes Programas de Postgrado: 1) Maestria en Gestion de Tecnologias de la Informacion. 2) Maestria en Gestion Minera y Ambiental. 3) Maestria en Administracion de Negocios. 4) Maestria en Derecho de la Empresa; Que, en el articulo 19º del Reglamento, se establece que: El Pleno del CONAFU se pronunciara en el termino de quince (15) dias calendario, a partir de la recepcion del Informe Final de la Comision Calificadora, sobre el PDEP presentado, aprobando o desaprobando el Proyecto de la Escuela de Postgrado; Que, en sesion ordinaria de fecha 29 de marzo de 2010, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 156-2010CONAFU acordo por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School" con los siguientes Programas de Postgrado: 1) Maestria en Gestion de Tecnologias de la Informacion. 2) Maestria en

Gestion Minera y Ambiental. 3) Maestria en Administracion de Negocios. 4) Maestria en Derecho de la Empresa, cada una con treinta (30) vacantes por ciclo academico; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School" con los siguientes Programas de Postgrado: 1) Maestria en Gestion de Tecnologias de la Informacion. 2) Maestria en Gestion Minera y Ambiental. 3) Maestria en Administracion de Negocios. 4) Maestria en Derecho de la Empresa, cada una con treinta (30) vacantes por ciclo academico; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882. Articulo Segundo.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Escuela de Postgrado "Neumann Business School", el cumplimiento de los articulos 20º al 22º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 534-2008CONAFU; bajo apercibimiento de aplicarse el articulo 20° de la MORDAZA MORDAZA citada. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 493291-2

Aprueban funcionamiento de carreras profesionales de Administracion de Empresas e Ingenieria Civil de la Universidad Peruana del Centro
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 213-2010-CONAFU "Universidad Peruana del Centro" MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 VISTOS: La Resolucion Nº 167-2007-CONAFU de fecha 18 de junio de 2007, el Oficio Nº 061-2009/PCOUPeCEN recibido con fecha 13 de noviembre de 2009, el Oficio Nº 1113-2009-CONAFU-CDAA de fecha 19 de noviembre de 2009, la Resolucion Nº 617-2009-CONAFU de fecha 25 de noviembre de 2009, la Resolucion Nº 6182009-CONAFU de fecha 25 de noviembre de 2009, Oficio N° 189-2010-CONAFU-SG de fecha 16 de febrero de 2010, el Oficio Nº 019-2010/PCO-UPeCEN recibido con fecha 04 de marzo de 2010, el Escrito s/n recibido con fecha 29 de marzo de 2010, el Oficio N° 326-2010-CONAFU-CDAA de fecha 29 de marzo de 2010 y el Acuerdo N° 161-2010 de la sesion ordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 29 de marzo de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento definitivo; en concordancia con el articulo 3° inciso b) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 1892006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 10º del Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la

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