Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2010 (15/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, se puede apreciar que los contenidos educativos, los textos escolares y la transmision de mensajes de los promotores de la educacion, no estan considerando con suficiente nitidez el lenguaje inclusivo, dificultando el desarrollo de actitudes favorables en el trato, asi como la identificacion de los distintos actores/as y sus aportes propios y recoge su problematica y aporte particular; Que, en el actual MORDAZA de descentralizacion y democratizacion es necesario contribuir con todo aquello que permita su fortalecimiento. El lenguaje es tambien expresion de una actitud democratica de quienes son actores de estos procesos, en este sentido los discursos, los mensajes, directivas, normas, dispositivos legales, con los cuales los y las representantes se dirigen a los ciudadanos y las ciudadanas haciendo uso del Lenguaje Inclusivo, expresan tambien MORDAZA democratico y fomentan la equidad; Que, mediante dictamen Nº 001-2010-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR-CODS, de fecha 12 de Marzo del 2010, evacuado por la Comision Ordinaria de Desarrollo Social, considero viable aprobar el Proyecto de Ordenanza Regional, presentado por el Gerente Regional de Desarrollo Social, para aprobar la utilizacion del Lenguaje Sensible al Genero o Lenguaje Inclusivo, en el MORDAZA de la igualdad de genero; Que, estando a lo acordado y aprobado unanimemente por el pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 06, mediante Acuerdo Nº 048, de fecha 27 de Marzo del 2010; y en uso de las atribuciones conferidas por el Inciso a) del articulo 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, se ha expedido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL; Articulo Primero.- DISPONER se promueva la utilizacion del Lenguaje Sensible al Genero o Lenguaje Inclusivo en la expresion verbal y la redaccion escrita de todo MORDAZA de comunicaciones y documentos, textos oficiales y dispositivos legales que se emitan o utilicen en los distintos niveles de las unidades organicas del Gobierno Regional Amazonas y se promueva su uso en la poblacion de la Region. Articulo Segundo.- DISPONER se incorpore en todo MORDAZA de comunicaciones escritas, documentos de gestion, planes estrategicos, operativos, programas y otros documentos que elaboren todas las Gerencias Regionales, Direcciones Sectoriales y Unidades Organicas del Gobierno Regional de Amazonas, la utilizacion del Lenguaje Sensible al Genero o Lenguaje Inclusivo, lo cual significa mencionar expresamente a hombres y mujeres, a ciudadanos y ciudadanas, a trabajadores y trabajadoras, a funcionarios y funcionarias, a ninos y ninas, los y las jovenes, cuando corresponda. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, implemente un Plan de promocion del Lenguaje Inclusivo, conforme lo senala el Articulo Primero de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su Promulgacion. En Chachapoyas, a los 9 dias del mes de MORDAZA del 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado del Consejo Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 23 dias del mes de MORDAZA del 2010. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 493463-1

Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones reformulado de la Direccion Regional Agraria
ORDENANZA REGIONAL Nº 256GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS: POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias; en Sesion Ordinaria de fecha 21 de MORDAZA del 2010, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece y MORDAZA la Estructura, Organizacion, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; define la organizacion democratica, descentralizada y desconcentrada de los Gobiernos Regionales, conforme a la Constitucion Politica del Estado y a la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad a lo previsto en el Art. 15°, Inc. "a" de la Ley N° 27867 que senala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", concordante con el Art. 38º del mismo cuerpo normativo, que senala: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; en consecuencia es atribucion del Consejo Regional aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) presentado por la Direccion Regional Agraria; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), es un documento tecnico normativo de Gestion Institucional, que formaliza la estructura organica de la entidad, orientado al esfuerzo institucional y el logro de su mision, vision y objetivos. Contiene las funciones generales y compartidas, asi como las funciones especificas de los Organos y Unidades Organicas, estableciendo sus atribuciones y responsabilidades en el MORDAZA de las normas legales respectivas vigentes; Que, el Consejo Regional habiendo analizado con la participacion de los Organos de Asesoramiento del Sector y de la Sede Regional, de conformidad a sus atribuciones, el documento de gestion propuesto por la Direccion Regional Agraria para su aprobacion, se ha determinado que el Reglamento de Organizacion y Funciones sustenta su reformulacion en la Transferencia de Funciones y Competencias, que haga posible la implementacion de funciones contemplados en el Art. 51, Incisos e), n) y q) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en aplicacion de las normas vigentes que regulan el MORDAZA de Descentralizacion y Desconcentracion del Estado, y la Transferencia de Funciones y Competencias a los Gobiernos Regionales; como es el caso de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, modificado por las Leyes Nº 27842, 27852, 27899, Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Decreto Supremo Nº 068-2006 PCM, que establece disposiciones relativas a la culminacion de las transferencias programadas a los Gobiernos Regionales, Decreto Supremo Nº 029-2008 PCM, que amplia el Plazo para culminar las Transferencias dispuestas por el D.S. 036-2007-PCM., Decreto Supremo Nº 083-2008 PCM, establece que las transferencias de competencias y funciones al ano 2007, deben concluir el 31 de Diciembre del 2009, Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, que aprueba la Transferencia de facultades de INRENA a los Gobiernos Regionales, asi como teniendo en cuenta los lineamientos

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