Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2012 (18/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NTP 209.239:1985 NTP 011.112:1975

NORMAS LEGALES
AJI PANCA (ENTERO O MOLIDO). Requisitos HORTALIZAS. Aji escabeche

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de noviembre de 2012

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Novak Talavera y MORDAZA Mello Romero. Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias 867948-1

del ITINTEC, conservasen su vigencia con el texto resultante de la revision efectuada en el presente ano; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucion 048-2008/CNBINDECOPI, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros. RESUELVE: Primero.- APROBAR las siguientes Normas Tecnicas Peruanas en su version 2012:
NTP 339.029:1983 (revisada el 2012) PLANCHAS ONDULADAS DE FIBRO CEMENTO CELULOSA. Requisitos. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 339.029:1983 NTP 311.032:1976 (revisada el 2012) P L A S T I F I C A N T E S . Determinacion del punto de inflamacion. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 311.032:1976 NTP 209.003:1968 (revisada el 2012) ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Metodo de determinacion de impurezas insolubles. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 209.003:1968 NTP 319.101:1974 (revisada el 2012) JABONES. Determinacion de la materia insoluble en alcohol e insoluble en agua. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 319.101:1974 NTP 319.103:1974 (revisada el 2012) JABONES. Determinacion de la materia no saponificada total. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 319.103:1974

Aprueban y dejan sin efecto Normas Tecnicas Peruanas sobre planchas onduladas de fibro cemento celulosa, plastificantes, aceites y grasas comestibles y jabones
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 101-2012/CNB-INDECOPI MORDAZA, 7 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 0812008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 0482008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas vigente, establece en su articulo 15 que las Normas Tecnicas Peruanas seran revisadas periodicamente para lograr su actualizacion; Que, de conformidad con la reglamentacion anterior, acorde con la vigente, desde febrero de 2007 la Comision ha venido ejecutando el Plan de Revision y Actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas, aprobadas durante la gestion del ITINTEC (periodo 1966-1992), con el objeto de poner a disposicion de los usuarios normas tecnicas confiables que satisfagan sus expectativas; Que, continuando con el Plan de Actualizacion y durante la etapa de discusion publica, la Comision no recibio opinion respecto a dejar sin efecto las Normas Tecnicas Peruanas publicadas, por parte de las instituciones representantes de los sectores Materiales de construccion y edificacion, Caucho e industrias plasticas, Aceites y grasas comestibles y Jabones y detergentes, al no existir Comite Tecnico de Normalizacion activo de los temas MORDAZA mencionados. Las 05 Normas Tecnicas Peruanas fueron consultadas el 28 de octubre de 2011 por un periodo de 60 dias calendario; Que, en consecuencia la Comision acordo que las referidas Normas Tecnicas Peruanas de la gestion

Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas:
NTP 339.029:1983 PLANCHAS ONDULADAS DE FIBRO CEMENTO CELULOSA. Requisitos PLASTIFICANTES. Determinacion del punto de inflamacion ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Metodo de determinacion de impurezas insolubles JABONES. Determinacion de la materia insoluble en alcohol e insoluble en agua JABONES. Determinacion de la materia no saponificada total

NTP 311.032:1976

NTP 209.003:1968

NTP 319.101:1974

NTP 319.103:1974

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Novak Talavera y MORDAZA Mello Romero. Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias 867948-2

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