Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2012 (29/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2012

La gradualidad de la aplicacion de las multas sera del 25% el tercer ano de implementacion, 50% el MORDAZA ano, 75% al MORDAZA ano y el 100% a partir del MORDAZA ano. 13.2. Los aspectos relacionados con la supervision de los sistemas electricos aislados no considerados dentro de los alcances del presente procedimiento seran resueltos por OSINERGMIN en cada caso particular.

872475-1

Autorizan publicacion del proyecto de Procedimiento para la supervision de los planes de contingencias operativos en el sector electrico
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 252-2012-OS/CD
MORDAZA, 20 de noviembre de 2012 VISTO: El Memorando Nº GFE-2012-1315 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion de la publicacion del proyecto de "Procedimiento para la supervision de los planes de contingencias operativos en el sector electrico"; CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3° de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y las normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el articulo 3° de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, el inciso a) del articulo 5° de la Ley Nº 26734, Ley de Creacion de OSINERGMIN, establece como funcion velar por el cumplimiento de la normativa que regule la calidad y eficiencia del servicio brindado al usuario. Asimismo, el articulo 64° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM establece que los concesionarios y los titulares de autorizaciones estan obligados a garantizar la calidad, continuidad y oportunidad del servicio electrico, cumpliendo con los niveles de calidad establecidos en la MORDAZA tecnica correspondiente; Que, en ese sentido, a fin de garantizar esa calidad, continuidad y oportunidad del servicio electrico, es necesario contar con un procedimiento de supervision que permita verificar que las empresas cuenten con un Plan de Contingencias Operativo que pueda ser implementado ante contingencias que atenten contra el servicio electrico; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 8° y el articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobacion del Procedimiento MORDAZA mencionado se requiere su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22° y 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la publicacion del proyecto del "Procedimiento para la supervision de los planes de

contingencias operativos en el sector electrico"; cuyo texto forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o via correo electronico a la siguiente direccion: eramirezs@ osinerg.gob.pe, dentro de los quince (15) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3°.- El Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA sera la persona encargada de recibir los comentarios a la presente publicacion. Articulo 4°.- Disponer que la presente Resolucion, el texto integro del proyecto de "Procedimiento para la supervision de los planes de contingencias operativos en el sector electrico" y su correspondiente exposicion de motivos se publique en el Diario Oficial El Peruano, y que en la pagina web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe, se publique los anexos correspondientes. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION DE LOS PLANES DE CONTINGENCIAS OPERATIVOS EN EL SECTOR ELECTRICO EXPOSICION DE MOTIVOS
OSINERGMIN ha detectado que tanto las empresas electricas como los Usuarios Libres con sistemas de transmision interconectados al Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN) no estan preparados ante contingencias que afecten la continuidad y seguridad del sistema electrico, dado que en muchos casos no cuentan con un Plan de Contingencias adecuado para estas situaciones. Esta situacion le resta confiabilidad al MORDAZA, atentando contra la calidad de servicio electrico que reciben los usuarios electricos. En este contexto, es necesario contar con un procedimiento que permita supervisar y fiscalizar que los concesionarios, los titulares de autorizaciones y los Usuarios Libres con sistemas de transmision interconectados al Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN) cuenten con un Plan de Contingencia Operativo que garantice la calidad, continuidad y oportunidad del servicio electrico. Este procedimiento es concordante con lo establecido por el articulo 64° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, el cual senala que los concesionarios y los titulares de autorizaciones estan obligados a garantizar la calidad, continuidad y oportunidad del servicio electrico, cumpliendo con los niveles de calidad establecidos en la MORDAZA tecnica correspondiente. Asimismo, la Ley Nº 26734, Ley del Organismo Supervisor de Inversion en Energia y Mineria, en su articulo 101°, Inciso b), senala que es materia de fiscalizacion los aspectos que se relacionen con la prestacion del Servicio Publico de Electricidad. En ese sentido, este organismo ha considerado necesario aprobar un procedimiento de supervision que permita verificar la implementacion de los Planes de Contingencias Operativos por parte de los integrantes del MORDAZA, en uso de su Facultad Normativa establecida en el inciso c) del articulo 3° de la Ley N° 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, como el articulo 3° de la Ley N° 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN.

PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION DE LOS PLANES DE CONTINGENCIAS OPERATIVOS EN EL SECTOR ELECTRICO
1. OBJETIVO Establecer el Procedimiento para la Supervision de los Planes de Contingencias Operativos (PCO´s) de las Concesionarias y de los Titulares de Autorizacion del Sector Electrico, incluidos los Usuarios Libres con sistemas de transmision interconectados al Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN). A traves del presente procedimiento se establece: a. Los Lineamientos para la elaboracion y MORDAZA de los PCO´s; en los que se establecen los requerimientos, plazos, formas y medios de entrega de la informacion a OSINERGMIN.

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