Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2012 (29/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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obstaculo, ni menos aun considerada una condicionalidad para el cumplimiento de disposiciones vigentes y claras como en el caso de autos, lo que debe concordarse con el articulo 118° de la Constitucion Politica del Estado, segun el cual, corresponde al Presidente de la Republica cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los organos jurisdiccionales. Undecimo. Que, finalmente, conforme a lo dispuesto por el articulo 82°, inciso 23, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, es funcion y responsabilidad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial asegurar el pago integro de las remuneraciones de los jueces y demas servidores del Poder Judicial, segun lo establecido en la citada ley. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 10522012 de la quincuagesima novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, de conformidad con el informe de la Gerencia General del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.Nivelar, en cumplimiento del mandato judicial dictado por el MORDAZA Juzgado Especializado Constitucional de MORDAZA, las remuneraciones de los Jueces Superiores, Jueces Especializados y Mixtos, y Jueces de Paz Letrados de toda la Republica, aplicando los porcentajes contemplados en el articulo 186°, inciso 5, literal b), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, segun el cuadro siguiente:

General del Poder Judicial, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; y al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

872478-2

ORGANOS AUTONOMOS MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Restablecen vigencia de credencial otorgada a ciudadano como MORDAZA del Concejo Provincial de Chiclayo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 968-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-01247 MORDAZA, veintiseis de octubre de dos mil doce

CARGOS Juez Superior (Titular/ Provisional o Supernumerario) Juez Especializado y Mixto (Titular/Provisional o Supernumerario) Juez de Paz Letrado (Titular/Provisional o Supernumerario)

Porcentaje de ingresos de Jueces Supremos 90%

REMUNERACION MENSUAL Nuevos Soles 14,040.00

80%

12,480.00

VISTO en audiencia publica, de fecha 26 de octubre de 2012, el recurso extraordinario por afectacion al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 858-2012-JNE, de fecha 25 de setiembre, que declaro procedente la inhabilitacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, departamento de MORDAZA, y oidos los informes orales. ANTECEDENTES Referencia sumaria a la Resolucion Nº 0858-2012JNE Mediante la Resolucion Nº 0858-2012-JNE, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones declaro procedente la inhabilitacion del MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, departamento de Lambayeque. La referida resolucion se sustento, esencialmente, en los siguientes argumentos: a) MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue condenado por la MORDAZA Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA como autor del delito de peculado de uso, en agravio de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, imponiendosele una condena de dos anos de pena privativa de MORDAZA suspendida en su ejecucion, por el periodo de prueba de un ano y la pena de inhabilitacion por el plazo de dos anos, MORDAZA que se desarrollo bajo las normas del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Asimismo, debe senalarse que MORDAZA MORDAZA MORDAZA no interpuso medio impugnatorio alguno en la via penal contra la resolucion emitida por la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por lo que la sentencia emitida en MORDAZA instancia quedo firme. b) En ese sentido, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones tuvo como base el Oficio Nº 1488-2011-96-1706JR-PE-6°-KRM, remitido por la jueza MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ludena, que ordena hacer efectiva la pena de inhabilitacion contra MORDAZA MORDAZA Gonzales. c) Asimismo, el Tribunal Electoral baso sus argumentos en el Acuerdo Plenario Nº 10-2009/CJ-116, emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Republica el dia 13 de noviembre de 2009, el cual senala que en los procesos que se llevan a cabo bajo el MORDAZA Codigo Procesal Penal la pena de inhabilitacion se ejecuta una vez que la sentencia condenatoria que la impuso adquirio firmeza, por lo que se acredito que procedia la inhabilitacion.

70%

10,920.00

Articulo Segundo.- Requerir al Ministerio de Economia y Finanzas para que proceda a asignar y transferir los recursos adicionales del Tesoro Publico, para el cumplimiento efectivo de las escalas remunerativas fijadas en la presente resolucion, en aplicacion de la sentencia dictada en el MORDAZA constitucional de cumplimiento seguido ante el MORDAZA Juzgado Especializado Constitucional de MORDAZA, y que tiene autoridad de cosa juzgada. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, proceda a incluir los montos senalados en el articulo primero de la presente resolucion en la formulacion del presupuesto institucional para los siguientes ejercicios presupuestales. Articulo Cuarto.- Poner en conocimiento del senor Juez del MORDAZA Juzgado Especializado Constitucional de MORDAZA lo dispuesto en la presente resolucion, a efectos de determinar el cumplimiento de lo ordenado por el referido organo jurisdiccional. Articulo Quinto.- Remitir fotocopia certificada de la presente resolucion a los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vice Ministro de Hacienda; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Regjo, Vice Ministra de Economia; MORDAZA Acuna Namihas, Director General de Presupuesto Publico; MORDAZA Noziglia MORDAZA, Director General de Gestion de Recursos Publicos; y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Penaloza, Director General de Endeudamiento y Tesoro Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica Ministerio de Economia y Finanzas, Gerencia

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