Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de setiembre de 2016 /

El Peruano

b. De ser así, se evaluará si los hechos imputados a la citada autoridad edil configuran las causales de vacancia prevista en el artículo 22, numerales 4 y 7, de la LOM. CONSIDERANDOS Sobre la observancia al derecho al debido procedimiento en los procedimientos seguidos en contra el alcalde distrital I. Respecto al procedimiento de vacancia impulsado por Rita Irene Sinti Vásquez en contra de Said Torres Guerra en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Manantay 1. Este colegiado verificará, en un primer momento, si el Concejo Distrital de Manantay incorporó los documentos solicitados mediante Resolución Nº 0045-2016-JNE, además de verificar si se cumplieron con los plazos legalmente establecidos y se salvaguardó el derecho de defensa, a fin de que se emita un pronunciamiento válido. En primer término, como se consignó en los antecedentes del presente pronunciamiento, mediante Resolución Nº 0045-2016-JNE, este Supremo Tribunal Electoral declaró nulo el procedimiento de vacancia seguido contra el alcalde distrital. Ahora bien, de la revisión del Expediente Nº J-201500333-A02, se advierte que el Concejo Distrital de Manantay incorporó los siguientes documentos: a. Informes sobre sesiones ordinarias y extraordinarias i. Informe Nº 009-2016-MDM-SG/DEVU, del 9 de marzo de de 2016, emitido por la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Manantay (fojas 465 a 469), a través del cual indica las sesiones ordinarias y extraordinarias realizadas durante el periodo en el que la autoridad cuestionada se encontraba con mandato de detención y suspendido de su cargo. ii. Copia del Auto de Prisión Preventiva, del 16 de julio de 2015 (fojas 473 a 487). iii. Resolución de Alcaldía Nº 220-2015-MDM, del 17 de julio de 2015 (fojas 488 y 489). iv. Resolución de Alcaldía Nº 221-2015-MDM, del 23 de julio de 2015 (fojas 490 y 491). v. Copia del Acuerdo de Concejo Nº 34-2015-SOMDM, del 10 de agosto de 2015 (fojas 492 a 495). vi. Resolución Nº 244-2015-JNE, del 7 de setiembre de 2015 (fojas 496 a 500). vii. Acta de Sesión Ordinaria Nº 14-2015, del 1 de agosto de 2015 (fojas 501 a 530). viii. Acta de Sesión Ordinaria Nº 15-2015, del 8 de agosto de 2015 (fojas 531 a 538). ix. Acta de Sesión Ordinaria Nº 16-2015, del 5 de setiembre de 2015 (fojas 539 a 552). x. Copia del Informe Nº 01-2015-MDM-WPP-SG, del 27 de noviembre de 2015 (fojas 553). xi. Copia del acta de constatación notarial, del 14 de diciembre de 2015 (fojas 554 a 556). xii. Acta de Sesión Extraordinaria Nº 19-2015, del 23 de julio de 2015 (fojas 557 a 580). xiii. Acta de Sesión Extraordinaria Nº 20-2015, del 3 de agosto de 2015 (fojas 581 a 597). xiv. Acta de Sesión Extraordinaria Nº 21-2015, del 25 de agosto de 2015 (fojas 598 a 608). b. Citaciones a sesiones de concejo ordinarias y extraordinarias (fojas 610 a 630). c. Lista de sesiones de concejo ordinarias y extraordinarias realizadas durante el periodo en el que el alcalde se encontraba en ejercicio de sus funciones (fojas 632 y 633). d. Informe Nº 002-2016-MDM-SG-OFH, del 9 de marzo de 2016, emitido por la asistente de apoyo administrativo del área de archivo de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Manantay, relacionados a solicitudes de permisos para ausentarse de la jurisdicción por más de treinta días, presentadas por el alcalde en el ejercicio de sus funciones (foja 635). Este anexa, además de las resoluciones de alcaldía antes citadas, copias autenticadas de los siguientes documentos: i. Hoja de trámite interno Nº 10163-2015 (fojas 638). ii. Memorando Nº 150-2015-MDM-ALC, del 17 de julio de 2015, sobre delegación de atribuciones (fojas 639).

iii. Certificado Médico Nº 0013658, del 17 de julio de 2015 (fojas 640). iv. Receta médica, del 17 de julio de 2015 (fojas 641). v. Hoja de trámite interno Nº 10374-2015 (fojas 644). vi. Memorando Nº 151-2015-MDM-ALC, del 23 de julio de 2015, sobre delegación de atribuciones (fojas 645). vii. Certificado Médico Nº 0010786, del 23 de julio de 2015 (fojas 646). viii. Receta médica, del 23 de julio de 2015 (fojas 647). 2. Dicho ello, se corrobora que el Concejo Distrital de Manantay cumplió con la incorporación de los documentos que este colegiado señaló en la Resolución Nº 00452016-JNE. 3. Además, también se corrobora que el expediente fue devuelto al concejo distrital el 8 de febrero de 2016. Es a partir de ello que se realizan las actuaciones necesarias para recabar la información señalada líneas arriba, se convoca a sesión extraordinaria para el 18 de marzo de 2016, es decir dentro de los treinta días hábiles para emitir pronunciamiento y se realiza la sesión cuya decisión fue optada por mayoría (dentro de los parámetros establecidos por la LOM) y fue formalizada por un acuerdo de concejo y notificada al día siguiente de su formalización. En consecuencia, respecto a este procedimiento, con la documentación ingresada al mismo, es posible emitir pronunciamiento sobre el fondo de la controversia. II. Respecto al procedimiento de vacancia impulsado por Carlos Alberto Sosa Estupiñán y Pepe Vásquez Ávila en contra de Said Torres Guerra en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Manantay 4. El procedimiento iniciado el 4 de noviembre de 2015 por Carlos Alberto Sosa Estupiñán y Pepe Vásquez Ávila en contra del alcalde tuvo como fundamento principal lo también señalado por Rita Irene Sinti Vásquez, esto es, que la autoridad cuestionada no asistió a las sesiones de concejo y se encontraba fuera de la jurisdicción distrital por más de treinta días consecutivos sin autorización durante el periodo en el que se encontraba con mandato de detención. 5. Así, en Sesión Extraordinaria Nº 28-2015, del 23 de noviembre de 2015, el Concejo Distrital de Manantay, con siete votos a favor y tres en contra, habría declarado fundada la solicitud de vacancia. Contra este pronunciamiento, el alcalde presentó un recurso de reconsideración, el mismo que, según lo indica, habría sido rechazado mediante el Acuerdo Nº 002-2016-SOMDM, del 18 de enero de 2016, formulado a partir de lo decidido por el concejo distrital en Sesión Ordinaria Nº 01-2016, del 16 de enero de 2016 (fojas 36 a 69 del Expediente Nº J-2015-00338-A01). A partir de esto, se tiene lo siguiente: a. El Concejo Distrital de Manantay, al tomar conocimiento de una solicitud de vacancia en contra de la misma autoridad, por las mismas causales y bajo los mismos argumentos de aquella que se encontraba en trámite, debió proceder a realizar la acumulación de los procedimientos a fin de emitir un único pronunciamiento. Sin embargo, el concejo distrital, a pesar de tener conocimiento de ello, continuó con los procedimientos de manera paralela. b. En el presente procedimiento, se ha señalado la inexistencia del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 28-2015, del 23 de noviembre de 2015, en la que se habría amparado la solicitud de vacancia, y se agregó que, a causa de la transferencia de cargo, varios actos administrativos no fueron notificados, encontrándose entre ellos el acuerdo mediante el cual determinaron su vacancia. Es así que, dicha notificación recién le fue notificado el 30 de diciembre de 2015. Sobre este punto, de la revisión de los documentos obrantes en el Expediente Nº J-2015-00338-T01, se verifica lo siguiente: i. La secretaría general de la referida comuna, mediante Oficio Nº 005-2016-MDM-SG (fojas 53 a 57), informó que al no encontrarse en sus archivos los cargos de notificación del Acuerdo de Concejo Nº 029-2015MDM, del 23 de noviembre "se ha dispuesto con fecha

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