Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2018 (15/08/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 15 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

29

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa "Trabaja Perú"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 019-2018-MTPE/3 Lima, 14 de agosto de 2018 VISTOS: El Informe N° 294-2018-TP/DE/UGAL de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal y el Oficio N° 877-2018-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 del Manual de Operaciones del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", aprobado por Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modificatorias establece, entre otros, que la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del referido Programa está a cargo de un Gerente, quien es designado por Resolución Viceministerial del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral a propuesta del Director Ejecutivo; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0262017-MTPE/3, se designa a la señora YNÉS AURORA QUISPE CHÁVEZ DE LÓPEZ, en el cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; Que, mediante Carta S/N de fecha 01 de agosto de 2018, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que corresponde aceptar la misma, y designar a la profesional propuesta por la Dirección Ejecutiva del referido Programa; Con las visaciones de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del artículo 26 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora YNÉS AURORA QUISPE CHÁVEZ DE LÓPEZ al cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora ANA VICTORIA VERÁSTEGUI PALOMINO, como Gerente de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CUADROS LUQUE Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral 1680913-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Disponen publicar Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para el Reordenamiento de una Banda de Frecuencias en el Portal Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 634-2018 MTC/01.03 Lima, 14 de agosto de 2018 VISTO: El Informe Nº 348-2018-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 57 y 58 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establecen que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación, cuya administración, asignación de frecuencias y control corresponden al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que le corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; asimismo el artículo 200 dispone que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual es aprobado por resolución viceministerial; Que, el artículo 222 del referido Reglamento, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones debe velar por el correcto funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones que utilizan el espectro radioeléctrico y por la utilización racional de dicho recurso; Que, en el marco de las competencias conferidas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y tomando en cuenta las recomendaciones y tendencias internacionales, se considera necesario aprobar un Reglamento para el Reordenamiento de una Banda de Frecuencias, con el objetivo de procurar un mejor uso del espectro radioeléctrico, permitir el despliegue de nuevas tecnologías de mayor eficiencia espectral, las que proveen diversidad de servicios convergentes y promover la participación de más operadores compitiendo en el mercado de las telecomunicaciones, en beneficio de los usuarios; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, mediante Informe conjunto Nº 348-2018-MTC/26, recomiendan la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para el Reordenamiento de una Banda de Frecuencias, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial "El Peruano", en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en ese mismo sentido, la Directiva Nº 001-2011MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011MTC/01, regula la publicación de los proyectos de normas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.